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Pese a los fake de la derecha, nueva condena a un etarra

la Audiencia Nacional ha condenado a 52 años de cárcel al miembro de ETA José Ignacio Guridi Lasa por la colocación de un artefacto que no llegó a explosionar

María José Pintor
María José Pintor
Periodista en cuerpo y alma, licenciada en Ciencias de la Información por la Universidad del País Vasco.
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análisis

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A pesar de los bulos lanzados desde la derecha en la que prácticamente confirman la colaboración del Gobierno de coalición con ex miembros de ETA, la realidad es que la Justicia sigue su curso. Así, esta misma semana desde la Audiencia Nacional se ha condenado a 52 años de cárcel al miembro de ETA José Ignacio Guridi Lasa por la colocación de un artefacto que no llegó a explosionar situado en la jardinera del alféizar de una vivienda de Citruénigo (Navarra) en la que pensaba que vivía un guardia civil pero que en esa época, noviembre del año 2000, estaba habitada por una mujer y un niño de corta edad.

El anuncio de Bildu de su intención de aprobar los Presupuestos ha generado un tsunami político basado en mentiras y contradicciones. Así, esta semana, en una sentencia, los magistrados de la Sección Primera de la Sala Penal imponen a Guridi Lasa dos penas de 19 años cada una por sendos delitos de asesinato terrorista en grado de tentativa con la concurrencia de la agravante de reincidencia y otros 14 años por estragos terroristas en grado de tentativa, tal y como solicitaba la Fiscalía de la Audiencia Nacional.

La Sala también acuerda la prohibición de que Jose Ignacio Guridi Lasa vuelva a la localidad navarra de Citruénigo durante los 8 años siguientes al cumplimiento de la pena privativa de libertad.

Hechos probados

Los hechos probados de la sentencia relatan que el mes de noviembre de 2000, el acusado formaba parte del comando «TOTTO» de la organización terrorista ETA . Junto con los otros dos sujetos componentes del comando y siguiendo las instrucciones del responsable del mismo, en fecha no precisada, pero próxima y anterior al día 9 de noviembre de 2000, colocaron un artefacto explosivo en una jardinera ubicada en el alféizar de una de las ventanas del salón-comedor de la primera planta de una vivienda situada de la localidad de Cintruénigo (Navarra).

El objetivo de dicha acción era causar la muerte de un miembro de la Guardia Civil que residió en la vivienda en régimen de alquiler hasta el mes de marzo de 1996, desconociendo el comando que se había trasladado a otra localidad, siendo habitada la vivienda en la fecha de los hechos por una persona adulta, no perteneciente a los fuerzas de seguridad, y su hijo menor de edad.

El artefacto no llegó a explosionar, indica la resolución, debido a la interrupción del fluido eléctrico del circuito, ocasionada por la rotura de los hilos conductores del cableado en alguna de las conexiones del dispositivo. Posteriormente, el 28 de enero de 2001, el artefacto fue hallado, procediéndose a su retirada y desactivación por especialistas del GEDEX de la Guardia Civil de Navarra.

La explosión

Los magistrados afirman que “la explosión del artefacto, dada su potencia, de haberse producido, hubiese causado la muerte de cuantas personas se encontraban en la vivienda, que en la fecha de los hechos, como ya se ha manifestado, estaba habitada por una persona adulta y su hijo menor, de cuatro años de edad”.

También, añaden, hubiese ocasionado en dicha vivienda graves daños en el suelo y en el techo de la habitación, que se correspondía con el suelo de la primera planta. Las fachadas lateral y posterior de la vivienda hubiesen resultado prácticamente destruidas debido a su proximidad al foco de explosión y la fachada delantera situada en la pared opuesta al lugar donde se encontraba colocado el artefacto hubiera sufrido graves desperfectos, al igual que todos los objetos y enseres que se encontraban en la referida habitación

Asimismo, habría afectado a las casas cercanas, “generado daños enormes y graves no sólo en ese frente, sino también en esas viviendas aledañas, producto de la presión y la onda expansiva que igualmente habría alcanzado a coches, viviendas e incluso lesionado a personas que estuviesen o pasasen por allí al momento de la explosión, que les habría motivado lesiones muy probables”.

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1 COMENTARIO

  1. Lo que confirma esta sentencia es que en España la separación de poderes funciona y los jueces siguen haciendo su trabajo, sin que el gobierno pueda evitarlo.

    Las cesiones del gobierno a los herederos del terrorismo nacionalista se están produciendo en aquellos campos donde el gobierno tiene competencias para hacerlo.

    En Cataluña han comprado el voto nacionalista con la promesa de reformar la ley para aminorar las condenas a los golpistas, y blindando la discriminación lingüística que se practica en Cataluña, que prohíbe al 55% de los ciudadanos de Cataluña escolarizar a sus hijos en su lengua propia y común de todos los españoles. Consagrado la perpetuación del régimen de la aristocracia étnica del 35%.

    Hace falta ser muy ingenuo para creer que el apoyo de los nacional-etnicistas le sale gratis al gobierno.

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