Y llega el nuevo canon digital, después de que el Consejo de Ministros haya aprobado el decreto ley que modifica la compensación a los autores por las copias privadas que hacen los ciudadanos de sus obras, el llamado canon digital, y lo ajusta a derecho comunitario, por lo que la compensación se cargará en los móviles, CD y lápiz de memorias. 

El nuevo modelo aprobado hoy hace que el pago de la copia privada recaiga en los fabricantes y distribuidores de equipos, aparatos y soportes de reproducción. También exceptúa del pago a las personas físicas y jurídicas que justifiquen el destino profesional de los equipos y soportes adquiridos, y a las entidades integrantes del sector público. Las tarifas que se establecen marcan un gravamen de 21 céntimos de euro para los DVD vírgenes, 1,10 euros por cada smartphone y 3,15 euros por cada ‘tablet’

Para gestionar la facturación de la compensación equitativa por copia privada a los fabricantes y distribuidores, las entidades de gestión deberán constituir una persona jurídica que, además, será la responsable de gestionar las excepciones del pago y los reembolsos.

El decreto ley ha sido acordado con las entidades de gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual, agrupadas en la Asociación para el Desarrollo de la Propiedad Intelectual (Adepi), con las grandes empresas del sector tecnológico y con los varios grupos parlamentarios.

Según un comunicado de Adepi, los autores, artistas, editores y productores españoles, a falta de una revisión a fondo del texto aprobado, consideran una buena noticia que, a pesar de hacerlo con un año de retraso, el Gobierno adapte esta normativa al derecho comunitario, en línea con las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que el 9 de junio de 2016 declaró ilegal el sistema español sufragado con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, y del Tribunal Supremo de España, que el pasado 11 de noviembre lo declaró nulo.

Según Adepi, la aprobación soluciona la situación de ilegalidad en la que se encuentra España, donde a pesar de las citadas sentencias la excepción de copia privada ha seguido vigente sin que exista un sistema de compensación equitativa, lo que ha causado un grave perjuicio a los titulares de derechos. Además, corrige la definición y alcance del límite de copia privada, poniendo fin al problema creado por la última reforma, que había convertido en ilícitas la mayoría de copias privadas que hacen los ciudadanos.

 

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