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Màxim Huerta, condenado por fraude fiscal

El ministro de Cultura es la pieza que no encaja desde el minuto cero en el nuevo flamante Gobierno de Pedro Sánchez

Agustín Millán
Agustín Millánhttp://pompona22.wixsite.com/agustinmillan
Foto periodista especializado en manifestaciones y actos sindicales. Desde 2011 fotografiando la crisis más dura de la historia moderna. Responsable de redes sociales de la Cumbre Social España. Fotógrafo con 5 campañas electorales entre ellas la de Manuela Carmena y la de Enrique Santiago en IU Madrid.
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análisis

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Màxim Huerta no tiene asuntos pendientes con Hacienda, pero fue condenado por fraude fiscal y la noticia le coloca a él y al Gobierno del que forma parte en una situación delicada.

Según cuenta el Confidencial, el ministro de Cultura Màxim Huerta defraudó al fisco, que en los ejercicios 2006, 2007 y 2008, cuando trabajaba como presentador en ‘El programa de Ana Rosa’ de Telecinco, según lo establecen dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) emitidas en mayo de 2017.

La inspección de Hacienda concluyó en 2012 que en esos tres años fiscales habría facturado un total de 798.521 euros por medio de su sociedad unipersonal ‘Al máximo Profesionales de la Imagen SL.’ Esta sociedad, de la que era el único accionista, fue liquidada en 2016. No hubo delito porque el fraude no superó los 120.000 euros que marca la ley.

El hoy ministro de Cultura fue entonces condenado a pagar las costas, un total de 4.840 euros, IVA incluido. Màxim Huerta ha reconocido que tuvo que hacer frente a una «regularización fiscal» en los ejercicios 2006,2007 y 2008 y defiende que está «al corriente de todas mis obligaciones tributarias desde hace ya unos cuantos años». 

Huerta, según la sentencia, tributó por impuesto de sociedades y no por el IRPF con el fin de evitar “los tipos impositivos progresivos y más elevados de IRPF” y “engrosando además indebidamente el capítulo de gastos”.

«La conducta del sujeto infractor [Màxim Huerta] es culpable y que la buena fe o inexistencia de culpa, presumida por la ley, queda destruida por la prueba de que ha actuado, cuando menos, negligentemente, con el resultado de eludir el cumplimiento de sus obligaciones fiscales tributarias en perjuicio del erario público”, asegura el texto de la sentencia.

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