Jordi Pina protagonizó el interrogatorio más incisivo de la jornada de ayer con ocasión de la declaración del jefe de la Policía Nacional en Catalunya el 1-O Sebastián Trapote, intentando sacar a la luz contradicciones en su testimonio así como la falta de proporcionalidad de los agentes a su mando.

En un momento determinado, Pina ha pedido exhibir un vídeo para mostrar las cargas policiales frente a la escuela FEDAC de Horta (Barcelona), cosa a la que el presidente del Tribunal, Manuel Marchena, no ha accedido indicando con muy poca fortuna que: “- exhibir un video para que usted convenza al testigo de que no hubo proporcionalidad no tiene ningún sentido”, ha alegado el juez, que ha agregado que “- todos los videos se van a poder ver cuando acaben las testificales”.

Sin embargo esta disparatada contestación del presidente de la Sala choca frontalmente con la propia doctrina del Tribunal Supremo, que en una sentencia de 30 de noviembre de 1992 subordinaba la eficacia probatoria de las pruebas consistentes en “…la reproducción de la voz y aun de la imagen por medios mecánicos” a la concurrencia de un “plus de credibilidad” que vendría otorgado por la práctica complementaria de pruebas testificales o periciales que la adveraran de manera que, la prueba de vídeos debe de practicarse al mismo tiempo que la prueba de testimonios y nunca después de que acaben las testificales.

Si algo caracteriza a Manuel Marchena, el magistrado presidente del Tribunal que está juzgando el ‘Procés’ y que sin embargo proviene de la carrera fiscal, es precisamente su falta de experiencia en la carrera judicial.

Esta falta absoluta de experiencia en la dirección de debates en juicios penales, es la causante de los continuos errores de bulto del presidente de la Sala que están a punto de colocar la causa contra los políticos catalanes al borde de la nulidad.

Si ya ha sido bochornoso el tratamiento que le ha dado Marchena a la cuestión del uso del catalán, llegando a considerarlo como “lengua minoritaria que no sirve para atribuir derechos fundamentales” – a pesar de que el artículo 3 de la Constitución considera al catalán como una de las lenguas españolas junto con el castellano -, y después de la irritante negativa del presidente del Tribunal a que los abogados de la defensa hicieran suyo el testimonio de Roger Torrent, prohibiéndoles hacer preguntas sobre cuestiones que no habían sido previamente introducidas por la acusación  – con infracción de lo dispuesto en el artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que permite a las defensas hacer suyos los testimonios de la acusación – , ha sido también muy decepcionante la orden del presidente de la Sala acerca de que los videos no podrán ser contrastados con las pruebas testificales lo que supone un absoluto desconocimiento de la doctrina del propio Tribunal Supremo causante de la más pavorosa y manifiesta indefensión.

1 COMENTARIO

  1. Gràcias.
    Solo añadir una observación:
    Al declarar últimamente la señora de profesión «creativa» en el campo de la comunicación, o publicidad,
    fue amonestada por el presidente respecto a que no se debía, o podía, testificar con un «no me acuerdo» o similares a tantas preguntas y en repetidas ocasiones.
    Consta la misma actitud del presidente al testificar anteriormente a Zoido, Santamaría y Rajoy. Me parece que no. Se lo indico por que no me consta haberlo leido en ningun comentario de los muchos que se han escrito.

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