Un examen de oposición para acceder a la carrera judicial.

Desde que la democracia se instauró en España, ningún gobierno ha querido acometer una reforma en profundidad de la administración de Justicia, pilar básico de cualquier Estado de Derecho. En los últimos años, la falta de inversión ha sido alarmante y ha generado lentitud en la tramitación de los casos (los sumarios se eternizan en los juzgados), excesiva politización de los órganos de Gobierno y un corporativismo insoportable entre ciertas élites que se reparten el pastel del Poder Judicial. El último escándalo que afecta a la Justicia lo acaba de denunciar Intersindical, un sindicato que defiende los derechos de los funcionarios que trabajan en los juzgados y tribunales. En los últimos meses esta organización ha venido reclamando al Ministerio de Justicia que aclare cuál es el reglamento oficial aplicable cuando se configura el tribunal calificador que debe examinar a los candidatos a lograr una plaza en la carrera judicial. La respuesta que ha recibido ha sido sorprendente: no existe, se nombran “a dedo”. Es decir, los tribunales que deben examinar en las oposiciones a las que se presentan miles de personas cada año en toda España para conseguir una plaza de gestor, tramitador o auxiliar de Justicia no se rige por una normativa específica. Tampoco parece que exista una regulación de los examinadores para las oposiciones a juez y fiscal. Es decir, unas altas esferas que lo controlan todo desde arriba son las que designan a los tribunales calificadores en función de sus deseos e intereses, lo cual pone bajo sospecha la limpieza de las oposiciones.

En un escrito remitido al ministerio, el sindicato asegura que ha tenido conocimiento por la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia de que en la designación de funcionarios para los tribunales calificadores, tanto únicos como territoriales, “no existe una reglamentación expresa para que cualquiera pueda optar a dichos puestos”. Según el sindicato son las administraciones competentes ‒Consejo General del Poder Judicial, Fiscalía, Ministerio de Justicia y organismos de las comunidades autónomas con competencias transferidas y organizaciones sindicales más representativas‒ los que proponen “a su libre albedrío” quiénes pueden formar parte de dichos tribunales. Tras la pregunta que Intersindical ha remitido al Ministerio de Justicia para que aclare esta falta de regulación la respuesta es que “así ha sido tradicionalmente”.

Ante el vacío legal que existe en la regulación de los tribunales calificadores el sindicato solicita expresamente a la Dirección General de Justicia que “se proceda a dictar la normativa reglamentaria que corresponda a fin de que se regule de la forma más pormenorizada posible todo lo concerniente a plazos, publicidad para todo el personal, requisitos de acceso y demás condiciones para que cualquier funcionario en activo de la Administración de Justicia pueda optar a formar parte de dichos tribunales”. Según la organización sindical, el objetivo es que se proceda a un “sistema de selección público” con “criterios objetivos” para garantizar la total transparencia en los procesos de selección del personal. Y todo ello, según el sindicato denunciante, con independencia de que los miembros del tribunal calificador puedan ser “propuestos arbitrariamente por la administración competente sin ningún tipo de condiciones”.

Para Intersindical de Justicia, en un Estado social y democrático de derecho no pueden utilizarse alternativas como la tradición a lo que debería ser una normativa establecida para nombrar a los funcionarios que deben “ejercer tareas tan cualitativamente importantes”. Además, recuerda que los tribunales calificadores son los encargados de determinar el contenido concreto de los exámenes, como ocurre con los test, y de valorar los casos prácticos que deben superar los aspirantes a las oposiciones. Por si fuera poco, esta falta de regulación implica que no existe confidencialidad entre el opositor que en ese momento se está examinando y el miembro del tribunal, que es el encargado o encargada de decidir cuáles de los aspirantes serán futuros funcionarios de carrera de la Administración de Justicia.

La respuesta que da el Ministerio de Justicia es que no existe un reglamento que fije el procedimiento de composición de los tribunales porque “siempre se ha hecho así”

La denuncia de Intersindical insiste en que es necesario apuntar que en principio “todos, absolutamente todos” los funcionarios titulares de carrera que tienen las categorías profesionales en activo y que pueden formar parte de dichos tribunales, deben tener derecho y al menos la posibilidad de solicitar formar parte de ellos sin depender de propuestas corporativas y designaciones “a dedo” de ninguna administración o organización sindical, puestos que además están remunerados y por tanto con cargo a los presupuestos generales del Estado y del erario público. “Razón de más para que dicha selección de los miembros del tribunal sea lo más transparente y objetiva posible”, añade el escrito al que ha tenido acceso Diario16.

Tras remitir sus quejas al Ministerio de Justicia, el sindicato solicita a la Dirección General o administración competente que “dicte sin dilación una normativa reglamentaria” para establecer el sistema de selección de personal que permita elegir a los integrantes de los tribunales calificadores con “transparencia” y en condiciones de igualdad para todo aquel que reúna los requisitos y desee tomar parte en ellos.

 

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