Marchena

El magistrado Manuel Marchena reprendió al diputado de ERC y testigo propuesto por la defensa de Jordi Cuixart, Joan Tardà, que al entrar en la Sala del Supremo donde se celebra el juicio del ‘procés’ quiso responder a las preguntas de Vox en catalán. La pretensión provocó la intervención del presidente del tribunal, que le señaló con un rotundo “no” cuando el diputado le preguntó: “Para que yo lo entienda, ¿no tengo derecho a hablar en catalán?”.

Tardà trató de expresarse en catalán, pero la Sala le recordó que esa prerrogativa solo se la ha concedido a los acusados. – “Otra cosa es que los testigos no se expresen en la lengua oficial del Estado y de este foro, según la Ley de Enjuiciamiento Criminal”. – “Soy lego en la materia, ¿tengo derecho o no a responder en catalán?”, repuso Tardà. – “No”, le respondió escuetamente Marchena.

Esta desafortunada contestación del presidente del Tribunal ha sido analizada en un informe de expertos al que ha tenido acceso Diario 16, según el cual “Manuel Marchena considera erróneamente que, en referencia al catalán la Carta Europea de Derechos Humanos rechaza otorgar derechos individuales ni colectivos a los hablantes de una lengua minoritaria” lo que según el informe “es una aseveración contraria a lo que dispone el artículo 3 de la Constitución, que considera al catalán lengua española y que por tanto todos tienen el derecho a utilizarlo en cualquier parte del territorio español, aunque se trate de un Tribunal de Justicia, sobre todo teniendo en cuenta que Joan Tardá ha acudido al llamamiento judicial como un particular y no como consecuencia de su actividad profesional”.

Los expertos consideran además que siendo el catalán la lengua materna coincidente de los acusados y de los testigos “la Directiva 2010/64/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de octubre de 2010, relativa al derecho a interpretación y a traducción en los procesos penales, establece todo lo contrario cuando indica expresamente que la interpretación y traducción en virtud de la presente Directiva deben facilitarse en la lengua materna del sospechoso o acusado o en cualquier otra lengua que entienda o hable con objeto de permitir el pleno ejercicio del derecho a la defensa, y con el objeto de salvaguardar la equidad del proceso.”

Según el informe de expertos “este error de bulto de Manuel Marchena negando la posibilidad de la traducción simultánea de los acusados y de los testigos que quieran hablar en catalán, supone además una violación flagrante del artículo 6 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales  y del artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea en cuanto que  consagran el derecho a un juicio equitativo. Además se infringe también el artículo 48, párrafo segundo, de la Carta en cuanto que garantiza el respeto del derecho a la defensa”.

Por esa razón concluye el informe de expertos al que ha tenido acceso Diario 16, después de la desafortunada respuesta de Marchena a la pregunta que le dirigió el diputado de ERC, Joan Tardá, que “Manuel Marchena debe reconsiderar su postura para que los testigos del ‘Procés’ puedan contestar en catalán a las preguntas de Vox, lo que evitaría altercados como los que protagonizaron después los dos testigos de la CUP que se negaron a contestar a Vox en castellano ”

1 COMENTARIO

  1. La última frase es incorrecta, Baños y Reguant se negaron a contestar a Vox en castellano o en catalán pq es un partido d extrema derecha con todo lo q conlleva d recorte d libertades, no q se negaran a contestar en castellano

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