La Audiencia Nacional ha ratificado este viernes la prisión provisional del expresidente madrileño, Ignacio González, al persistir los riesgos de fuga, reiteración delictiva y obstrucción a la investigación.

La sección cuarta de la Sala de lo Penal contesta así al recurso presentado por los abogados de González contra su entrada en prisión. Los abogados señalaron que la medida decretada por el juez Eloy Velasco el pasado 21 de abril, cuando entro en prisión, fue “injustificada, desproporcionada e innecesaria” y solicitaron a los jueces la libertad del expresidente Regional, apoyándose en el “arraigo familiar en España como motivo de inexistencia de riesgo de fuga, su notoriedad pública y la carencia de medios económicos

Los Jueces no han dado crédito al recurso de los abogados y lo han rechazado. Estima la Sala que, el arraigo familiar en España como motivo de inexistencia de riesgo de fuga, su notoriedad pública y la carencia de medios económicos “no supone en este caso minimización de ese riesgo”. En este sentido, apuntan que baste señalar la gravedad de los hechos y de las penas “como para que el riesgo de sustracción a la justicia no sea desdeñable”.

El magistrado, del juzgado central de Instrucción numero 6 de la Audiencia Nacional, Eloy Velasco, que instruyó este sumario desde 2015, señaló a Ignacio González, y a su socio y enlace en Latinoamérica, Edmundo Rodríguez Sobrino como los “dos cerebros de una red que distrajo millones de euros de diferentes empresas públicas de la Administración madrileña”. El juez no dio la posibilidad de pagar una fianza para evitar la prisión.

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