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Los contratos hipotecarios contienen gravísimos errores (además de cláusulas abusivas)

Una hipoteca puede ser REDAL, no sólo porque en el contrato no aparezca la cuota exacta a pagar, sino por otras irregularidades que significan que el ciudadano puede decidir la cantidad a pagar durante el tiempo de vida del préstamo

José Antonio Gómez
José Antonio Gómez
Director de Diario16. Escritor y analista político. Autor de los ensayos políticos "Gobernar es repartir dolor", "Regeneración", "El líder que marchitó a la Rosa", "IRPH: Operación de Estado" y de las novelas "Josaphat" y "El futuro nos espera".
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análisis

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Tal y como publicamos en Diario16, la Dirección General de Consumo de Baleares ha publicado un informe sobre las hipotecas REDAL en el que se analizan este tipo de contratos que abren la puerta a que el consumidor pueda pagar una cuota menor en momentos de dificultad e, incluso, evitar un lanzamiento hipotecario.

Hay contratos de préstamos para la compra de vivienda en los que falta la fórmula o el pacto financiero que determine el importe de las nuevas cuotas cuando se cambia el tipo de interés del préstamo. Sin embargo, hay otras muchas irregularidades que benefician al consumidor. En el informe se citan algunas:

  • Que la fórmula aparezca pero sea errónea, en el sentido que no resulte de ella un importe correcto de las cuotas.
  • Que aparezca una expresión matemática pero que dicha expresión no sea una fórmula
  • Que la fórmula de las cuotas contradiga la fórmula de los intereses
  • Que en vez de fórmula se remita a un método matemático, pero dicho método tenga un significado diferente según quien lea el contrato
  • Que en vez de fórmula se describa un sistema, pero la descripción no tenga ningún significado para el prestatario que firma el contrato
  • Que todo el contrato sea correcto, pero sólo si los conceptos que aparecen en él se entiendan en el marco de un lenguaje técnico, diferente al lenguaje común que usan las dos partes que firman el contrato

«Como puede entenderse, la situación es complicada, puesto que para que podamos hablar de un pacto financiero tiene que haberse no sólo utilizado una fórmula (o método de amortización) sino también tienen que haberlo entendido las partes. ¿Qué sucede si, de la propia redacción del contrato, se deduce que una de las partes no podía entender el redactado o entendía los conceptos de modo diferente? Honestamente, sucede que no hay pacto financiero», afirma el documento de Consumo Baleares.

Además, el informe señala que el propio Banco de España afirmó de manera tajante que un contrato financiero no puede usar tecnicismos que un consumidor no entienda. Ante una situación de problema del lenguaje usado en un contrato, la Audiencia Provincial de Madrid dictó una sentencia en la que señalaba que no había pacto financiero porque una de las partes había escrito una parte del contrato con un lenguaje interno de la organización que no era el de la otra parte.

Todo contrato hipotecario tiene un sistema de amortización Redito ad Libitum (REDAL) cuando no se ha pactado un importe determinado para la cuota mensual que resulta al cambiar el tipo de interés.

Existen unos formatos de contratos usados por diversas cajas de ahorro que son REDAL pero también hay ciertos errores en los contratos de préstamo que, al no haberse subsanado de mutuo acuerdo, nos llevan a una situación REDAL.

El informe señala tres grupos de contratos. Por un lado, los que no pactan el importe de la cuota mensual. En otro sentido, los que contienen un pacto financiero erróneo sobre el importe de la cuota mensual. Finalmente, aquellos que contienen pactos financieros sobre el importe de la cuota mensual pero que sólo son correctos si se usa el lenguaje especializado de la entidad financiera.

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