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Los bancos pueden bloquear tu cuenta si tienes el DNI caducado

Los bancos están obligados a tener identificados a sus clientes y esto implica no solo pedirles su DNI cuando se dan de alta, sino asegurarse de que mantienen una versión actualizada del documento

Eva Maldonado
Eva Maldonado
Redactora en Diario16, Asesora de la Presidencia de la Conferencia Eurocentroamericana.
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análisis

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Terminar con la cuenta corriente bloqueada no es tan extraño. Muchos consumidores acaban sufriendo este quebradero de cabeza y el motivo, muchas veces, no es otro que tener el DNI caducado. Así se explica en un análisis realizado por HelpMyCash.com en el que se estudian los principales motivos del bloqueo de una cuenta bancaria y cómo solucionarlo.

Se tiene que actualizar el DNI

Los bancos están obligados a tener identificados a sus clientes y esto implica no solo pedirles su DNI cuando se dan de alta, sino asegurarse de que mantienen una versión actualizada del documento. Esto significa que si el DNI del titular caduca, tiene que entregar el nuevo para que la entidad pueda digitalizarlo. Si no lo hace, lo más probable es que su cuenta acabe bloqueada.

Pero ¿es legal que los bancos restrinjan la operativa de una cuenta? Los bancos pueden bloquear una cuenta corriente siempre que tengan una causa justificada. Eso sí, tienen que avisar antes al cliente.

Por lo general, cuando el DNI del cliente va a caducar, los bancos le envían un aviso recordándole que tiene que digitalizar el nuevo. Sin embargo, estos mensajes a veces pasan desapercibidos o, directamente, se ignoran. Si tras varios avisos, el cliente no presenta un DNI en vigor, el banco acabará bloqueando la cuenta.

El Banco de España señala que “una entidad puede decidir adoptar medidas restrictivas en la operativa de los clientes, como sería el bloqueo de la cuenta, basándose en el hecho de que el cliente desatienda de forma continuada sus peticiones de documentación o actualización de la información”.

En cualquier caso, las restricciones deben aplicarse de forma gradual. En este sentido, el regulador aclara que “para ello, se pueden valorar aspectos como los requerimientos sucesivos, el plazo dado para cumplirlos, el canal por el que se han comunicado o la aplicación previa de restricciones operativas parciales antes de recurrir a bloqueos totales, etc.”.

En el caso de tener el DNI caducado, podría justificarse el bloqueo total de la cuenta cuando la identidad del cliente no pudiese acreditarse. En caso contrario, el bloqueo sería una medida desproporcionada, según el Banco de España. Igual en el caso de que haya caducado el permiso de residencia del cliente.

Actuar antes del bloqueo

Lo ideal, para evitar males mayores, es acudir a una sucursal con el nuevo DNI antes de que la cuenta acabe bloqueada. La entidad digitalizará el nuevo documento en unos minutos y la cuenta seguirá operativa. Algunas entidades lo ponen más fácil y permiten renovar el documento subiendo una fotografía a su app, explican fuentes de HelpMyCash. 

Si la cuenta termina bloqueada, el cliente tendrá que renovar su DNI y presentar el nuevo para que lo escaneen si quiere volver a tener la cuenta operativa.

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