Indirectamente, el responsable es el Ministerio de Justicia, pero realmente quienes tienen que desembolsar los pagos trimestrales a los abogados del turno de oficio son las comunidades autónomas.  Casi todas llevan sin haber efectuado pago alguno en todo el año. Otras, Madrid por ejemplo, deben el último trimestre de 2015.

Esta situación ha sido denunciada por los colegios de abogados. Algunos de ellos, como el de Murcia, recibió, a principios de esta semana, el pago correspondiente al primer trimestre, justo cuando se está a punto de entrar en septiembre y, por lo tanto, si alguien no lo remedia, se deberán dos más.

En el Ministerio de Justicia reconocen que “este retraso no tiene precedentes”. Y lo justifican “por problemas administrativos”. El ministro en funciones, Rafael Catalá, ha lamentado lo sucedido y, al mismo tiempo, se ha comprometido “a que en esta semana queden resueltos estos pagos”. Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Murcia, Baleares, Ceuta y Melilla son las regiones cuyo aparato judicial todavía depende de la administración central. En estos casos, el Ministerio de Trabajo se encarga de mandar el dinero al Consejo General de la Abogacía que, a su vez, lo  distribuye a los colegios de abogados.

En el resto, son los gobiernos autonómicos los que se encargan de gestionar el dinero que se desembolsa en función de las guardias que han tenido que llevar a cabo los miembros del turno de oficio, y los gastos que las mismas y sus correspondientes representaciones legales, les ha supuesto.

Según los presupuestos de este año, el departamento de Rafael Catalá dispone de 34 millones de euros que están reservados para la justicia gratuita. Estos fondos se utilizan para pagar a los abogados de oficio, que cobran una media de 800 euros trimestrales por los servicios que prestan. Los abogados del turno de oficio se quejan de lo mal pagados que están. Se paga poco y la exigencia es alta. Cobran 90 euros por guardia y deben de abonar los gastos de transporte que se originen, sin tener en cuenta la distancia. Además de los escasos honorarios que reciben, su cobro es trimestral en el mejor de los casos, siempre que no se produzcan situaciones como la actual y las dilaciones se conviertan en un hecho difícilmente justificable.

A cambio, las contrapartidas profesionales son desproporcionadas con los honorarios. Hasta tal punto que, según reconocen en el Colegio de Abogados de Madrid, “el número de quejas que se reciben de personas que se sienten mal defendidas es elevado”. Efectivamente,  esta publicación ha tenido acceso a los casos que ha tenido que estudiar la comisión disciplinaria del ICAM, y ha podido comprobar que la mayoría de las quejas se producen porque los asistidos no se sienten lo suficientemente atendidos por los letrados designados para su defensa, tanto en las instancias policiales como las judiciales. De todas maneras, al respecto se recuerda que hay muchos casos en los que se acaba por comprobar que el defendido “no tiene derecho a justicia gratuita” por tener patrimonio o ingresos suficientes como para sufragar los gastos de una representación ordinaria. Hay que tener en cuenta, además, que no sólo son los honorarios de los letrados del turno de oficio los que hay que sufragar. También hay que contar con los de los procuradores, y los administrativos correspondientes.

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