sábado, 20abril, 2024
19.5 C
Seville
Advertisement

Llarena sabía lo que ocurriría y lo dejó escrito en diciembre de 2017

En el auto enviado a la justicia belga quedaba claro que Llarena sabía lo que ocurriría si se aceptaba parcialmente la orden

- Publicidad -

análisis

- Publicidad -

Es difícil comprender la estrategia de la justicia española en el asunto de los líderes independentistas catalanes. Parece una huída adelante, queriendo pasar por encima de sus propias palabras, de sus propios escritos.

Solamente hace falta echar la vista atrás para darse cuenta de que algo no encaja: en diciembre de 2017 desde la Sala Segunda del Tribunal Supremo se decidió retirar por primera vez la orden de detención europea contra Puigdemont y los demás exiliados. Se anunciaba justo el día en que Carles Puigdemont debía comparecer ante el juez belga, que sería quien determinaría en ese momento si se entregaría o no a las autoridades españolas al president de la Generalitat.

No vamos a desvelar nada que no estuviera ya publicado. Sin embargo sí vamos a subrayarlo porque lo que Pablo Llarena señaló en aquel escrito enviado mediante un auto para retirar la vigencia de la orden de detención europea tiene mucha relevancia.

Y la tiene precisamente porque ya en aquel momento Llarena señalaba la realidad judicial: si se aceptaba la orden de manera parcial, caería la posibilidad de poder juzgar a Puigdemont por esos delitos en España. Y esto ocasionaría una comparación negativa respecto de quienes estaban en prisión en ese momento y de quienes serían condenados después.

Lo decía Llarena por escrito, y se anticipaba así a lo que después ha sucedido. Lo que no cabe comprender es por qué se empeñan en dar mensajes públicos tan contradictorios.

Basta con repasar el auto de Pablo Llarena fechado en el 5 de diciembre de 2017 para darse cuenta de que el propio juez instructor ya sabía los pasos que vendrían de no aceptarse la orden de detención, o de aceptarse parcialmente. El texto puede recuperarse aquí. Y del mismo recuperamos esta parte:

«REBELIÓN. Proceso secesionista catalán. Retirada de las euro-órdenes de detención contra el ex President y cuatro exconsellers fugados en Bélgica. El delito investigado es plurisubjetivo -perpetrado con el concierto de todos los investigados y dotado de unidad jurídica inseparable- por lo que requiere una única contestación para evitar respuestas contradictorias.

Una eventual denegación parcial de las órdenes de detención por Bélgica –ex arts. 4 de la Decisión Marco- posibilitaría una restricción del título de imputación para los fugados, con las siguientes consecuencias:

1º) dificultaría la respuesta homogénea que justificó la acumulación de las actuaciones en el TS;

2º) generaría una situación de ‘peor derecho’ para quienes no se encuentran fugados y

3º) posibilitaría la ruptura de la continencia de la causa. Nuevo escenario que se abre con posterioridad a la emisión de las órdenes ya que los investigados se han presentado como cargos electivos en las elecciones del 21-D y han mostrado su intención de retornar a España para tomar posesión y ejercer los mismos.

El TS acuerda retirar las órdenes europeas de detención dictadas en la causa que afectan al expresident de la Generalitat de Cataluña y 4 exconsellers, mandando comunicar la resolución a las autoridades de ejecución para que dejen sin efecto la colaboración solicitada y requiriéndoles la devolución del formulario.»

Precisamente esto es lo que sucedió después, en Alemania, cuando la justicia determinó que no había delito de rebelión ni de sedición. Por lo tanto, con sentencia firme alemana, ya no se puede juzgar a Puigdemont por estos delitos. Ni en Alemania ni en España ni en ningún país de la Unión Europea.

En enero de 2021 vino la confirmación en la justicia belga de que a Lluis Puig no se le entregaba para ser investigado por malversación.

Evidentemente ante semejante bloqueo, después del rechazo en las jurisdicciones de Bélgica, Alemania, Escocia, Suiza, se planteó una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE que aún no ha contestado. No obstante, cada jurisdicción ha dado ya su respuesta a Llarena y todas han sido las mismas hasta ahora, incluida la de Italia: no entregan a los independentistas catalanes a España.

No es la única vez

La semana pasada, el viernes, desde la justicia italiana se avisaba de haber activado una alerta en el sistema SIRENE, una «bandera» (Flag en inglés) que advertía de que a Toni Comín y a Clara Ponsatí no se les podía detener si entraban en Italia.

Así informamos desde diario16, y el propio juez Pablo Llarena informó a las partes en España.

¿Cómo es posible que, sabiendo que se había activado esta alerta en el sistema SIRENE, por mandato judicial, el propio juez de instrucción enviase un escrito afirmando después que las órdenes de detención estaban activas? ¿A qué se debe semejante discordancia? ¿Cómo es posible que conociendo todo este proceso el propio Tribunal Constitucional afirmase ayer que las órdenes siguen activas?

- Publicidad -
- Publicidad -

Relacionadas

- Publicidad -
- Publicidad -

1 COMENTARIO

  1. Ai, Beatriz! (Brites) se me preguntansen a mín…
    Pero sería muy conveniente que ya que pagamos un dineral a estos energúmenos para que hagan lo que les sale del mondongo nos lo explicasen. Todas estas partidas y códigos de leyes que no sé de donde quitan o ponen, esconden o desaparecen, resurgen como Guadiana de conveniencia para atontar a cualquier mago con sus prestixios, éstos a la altura de la fosa atlántica.
    Que se vayan, que ya está bien.

DEJA UNA RESPUESTA

Comentario
Introduce tu nombre

- Publicidad -
- Publicidad -
- Publicidad -
Advertisement
- Publicidad -

últimos artículos

- Publicidad -
- Publicidad -

lo + leído

- Publicidad -

lo + leído