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Llarena pide el suplicatorio al Parlamento Europeo y reconoce la inmunidad de Puigdemont y Comín en todos los territorios europeos salvo en España

Mantiene, además, las euroórdenes contra los eurodiputados catalanes

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análisis

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La administración de justicia está hiperactiva esta mañana de viernes. Después de haber conocido las decisiones de la Sala Tercera del Tribunal Supremo respecto a la inhabilitación del President Torra que acordó la Junta Electoral Central, y tras haber conocido también en el día de ayer la ejecución de la pena de inhabilitación por parte de la Sala Segunda del Tribunal Supremo contra Oriol Junqueras, hoy aparece el juez instructor, Pablo Llarena para copar los titulares.

El juez ya conocido por las euroordenes contra el President en el exilio, y ahora eurodiputado, Carles Puigdemont, ha vuelto a actuar. Esta vez, después de la negativa por parte de la justicia belga para entregarle a Puigdemont y Comín hace unos días, tras conocerse el resultado de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que reconocía sus derechos como eurodiputados desde el momento de su proclamación, en el mes de julio pasado.

Ayer conocíamos también que la eurocámara abonaba los salarios de Comín y Puigdemont que no habían percibido desde que fueron electos, confirmando así que ya tienen reconocidos todos sus derechos como parlamentarios europeos, con efectos retroactivos. Tal y como señaló un informe de los servicios jurídicos del Parlamento Europeo que se dió a conocer la semana pasada.

Pablo Llarena es el juez instructor de la causa que conoce el Tribunal Supremo, donde su Sala Segunda ha condenado ya a algunos de los líderes independentistas por haber organizado el referendum de 2017 sobre la independencia de Cataluña.

Tal y como establece el derecho procesal, el juez instructor ha pedido el suplicatorio al Parlamento Europeo, con el objetivo de que los dos parlamentarios pierdan la inmunidad que, precisamente, les protege en cualquier territorio europeo. Sin embargo Llarena ratifica la orden de detención en España y determina que pueden ser detenidos en territorio español, haciendo una interpretación muy difícilmente entendible de lo que la inmunidad de un eurodiputado comporta, esto es, protección en cualquier territorio de la Unión.

Según Llarena la inmunidad de los eurodiputados no es aplicable al caso de Puigdemont y Comín porque están procesados (todavía no hay sentencia que les condene, puesto que fueron declarados en rebeldía procesal). Considera que no es necesario solicitar el suplicatorio si se les arrestase en España. Sin embargo, lo solicita porque se encuentran fuera.

Además, responde a la justicia belga señalando que deje sin efecto los plazos establecidos para resolver sobre la euroorden hasta que el Parlamento Europeo decida en los suplicatorios.

De esta manera se da la circunstancia de que Pablo Llarena reconoce la inmunidad de Puigdemont y Comín en cualquier territorio europeo, excepto en España. Solicita el suplicatorio para acabar con la inmunidad que sí les reconocen en cualquier estado miembro, pero afirma que en España no sería necesario solicitar este procedimiento al Parlamento Europeo porque «los hechos imputados a ambos son muy anteriores a su elección y no guardan ninguna relación con su actividad en la Eurocámara».

Entiende Llarena que la inmunidad en España está para quien haya sido ya elegido y evitar así que se pueda usar un proceso judicial para alterar los resultados democráticos. Sin embargo, como el proceso judicial se abrió antes de que se presentasen a las elecciones europeas, la inmunidad no les ampararía en este caso. Concretamente, fueron procesados el 21 de marzo de 2018 y la inmunidad tiene efectos desde el 13 de junio de 2019.

Indica en su escrito que, si fueran detenidos en España, mientras tuvieran inmunidad, se les podría autorizar para que asistieran a las distintas reuniones del Parlamento Europeo, tal como indica la sentencia del TJUE. Sin embargo, decir esto precisamente en el momento en que se ha conocido que el Tribunal Supremo ha ejecutado la pena de inhabilitación contra Oriol Junqueras resulta muy llamativo, puesto que no se le permite acudir a la sesión plenaria que tendrá lugar el próximo martes 13 de enero en Estrasburgo.

Aquí puede leer el documento completo: Auto del juez Pablo Llarena sobre inmunidad de Puigdemont y Comín

La parte dispositiva del auto determina lo siguiente:

  • Inadmitir la recusación contra Pablo Llarena que se había formulado
  • Estimar los recursos de Puigdemont y Comín en el sentido de «reconocer a los recurrentes las inmunidades y privilegios recogidos en el artículo 9 del Protocolo 7 del TFUE en su condición de miembros del Parlamento Europeo»
  • Desestimar el recurso interpuesto por Puigdemont, Comín, Puig y Ponsatí en el que pedían la revocación de las euroordenes
  • Se solicita que se comunique al Parlamento Europeo el previo procesamiento «de los miembros de ese Parlamento, Carles Puigdemont y Antoni Comín, con remisión de copia del auto de procesamiento y de los autos que resolvieron sus correspondientes recursos de reforma y apelación»
  • Se solicita que se comunique también al Parlamento Europeo, por el mismo cauce que en el punto anterior, «el mantenimiento de las órdenes nacionales de búsqueda, detención e ingreso en prisión de ambos parlamentarios, así como las órdenes europeas de detención y entrega»
  • Se solicita también al Parlamento Europeo la suspensión de la inmunidad correspondiente a los parlamentarios Puigdemont y Comín, «de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 9 del Protocolo mencionado, a fin de que pueda continuar la ejecución de las órdenes europeas de detención y entrega que han sido dictadas».
  • Comunicar a la autoridad de ejecución en Bélgica la remisión al Parlamento Europeo de la solicitud de suspensión de la inmunidad, al objeto de que deje sin efecto los plazos para la resolución de la entrega hasta tanto el Parlamento Europeo decida sobre tal petición.

 

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