El BOE recoge las normas relativas a la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma, y que cuenta con varias novedades.
En lo referente al comercio minorista, se recuerda que solo podrán reabrir aquellos locales de superficie inferior a los 400 metros cuadrados, excepto los ubicados en parques y centros comerciales que no dispongan de acceso directo desde el exterior. Para ello se requiere la reducción del aforo al 30%, garantizar la distancia mínima de dos metros y el establecimiento de un horario específico para los mayores de 65 años.
Medidas de higiene
En cuanto a las medidas de higiene en los locales comerciales, el BOE especifica que se deben limpiar dos veces al día -una de ellas, obligatoriamente, al finalizar la jornada-, «con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mostradores, muebles, pasamanos, máquinas dispensadoras, suelos, teléfonos, perchas, carros y cestas, grifos» y otros elementos de contacto frecuente.
La orden prohíbe la distribución entre los clientes de «productos de prueba no destinados a la venta como cosméticos, productos de peluquería y similares que impliquen la manipulación directa por sucesivos clientes.
El BOE determina estos establecimientos podrán establecer «sistemas de recogida en el local» siempre que garanticen «una recogida escalonada que evite aglomeraciones» así como un sistema de reparto a domicilo preferente»-