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Las reformas constitucionales son para el verano

Fulvio Capitanio
Fulvio Capitanio
Economista de formación, Informático de vocación. Nacido, crecido y formado en la "Ciudad eterna", nunca imaginé transcurrir la segunda mitad de mi vida lejos de ella. En Barcelona desde 1993, sigo cultivando mi curiosidad por los idiomas, las culturas y las costumbres de los pueblos y gentes que encuentro. Activista y voluntario en la lucha contra las enfermedades neurodegenerativas.
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análisis

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Vuelve el calor asfixiante en las calles de Madrid y vuelve en bochorno.

Me refiero a aquella sensación de agobio, de aire pegajoso que cuesta de respirar que envuelve los palacios de la política en estas semanas post electorales.

Como una vieja película ya gastada por tantos pases en el Cinema Paradiso volvemos a asistir al pase de fotogramas ya conocidos que se persiguen delante del objetivo del proyector.

En el verano de 2011 los dos partidos hegemónicos en la política española entonces se pusieron rápidamente de acuerdo para modificar el artículo 135 de la Constitución española estableciendo en el texto el concepto de estabilidad presupuestaria y que el pago de la deuda pública fuese lo primero a pagar frente a cualquier otro gasto del Estado en los presupuestos generales, sin enmienda o modificación posible.

Por cierto, nadie se acuerda que existe una disposición adicional que entrará en vigor a principio de 2020: “Los límites de déficit estructural establecidos en el 135.2 de la Constitución Española entrarán en vigor a partir de 2020”.

Otra forma de introducir, con “veranidad” y alevosía, limitaciones a la capacidad de maniobra del gobierno para utilizar el gasto público como herramienta de política económica.

Para ceñirnos a la propuesta de reforma que el Presidente del Gobierno en funciones ha aireado en una entrevista, sin concretar demasiados detalles, en síntesis, persigue la instauración de algún mecanismo de seguridad que garantice la formación de un gobierno en términos breves después de la celebración de las elecciones.

¿Quién puede estar en contra de la idea de tener formado un gobierno para su país en tiempos breves y evitando las repeticiones de elecciones demasiado frecuentes?

El objetivo es loable y compartible.

Sin embargo, se puede alcanzar de diferentes maneras y ninguna es neutra o exenta de repercusiones.

No olvidemos que el sistema español es marcadamente presidencialista.

El congreso de los diputados vota solamente la investidura del Presidente del Gobierno y no tiene ni voz ni voto sobre la elección de los miembros que configurarán el consejo de ministros, prerrogativa exclusiva del jefe del ejecutivo (Art. 100 CE “Los demás miembros del Gobierno serán nombrados y separados por el Rey, a propuesta de su Presidente”)

Así que, una vez nombrado, el Presidente del Gobierno tiene las manos libres para nombrar y cesar los ministros

Se podría proponer el sistema en uso para la elección de los alcaldes: en caso de no alcanzar ningún candidato la mayoría de apoyos en la votación, se nombraría automáticamente el candidato de la lista más votada

Ventajas: se sabe con certeza la fecha en que será investido el Presidente del Gobierno.

Inconvenientes: el representante de la lista más votada tiene en su exclusivo poder un arma de negociación muy potente: la amenaza de bloquear el pleno y forzar su elección por defecto.

¿Qué interés tendría para negociar las condiciones para conseguir los votos necesarios a la investidura del candidato en representación del partido o lista más votada, si se dieran las condiciones por las cuales simplemente con bloquear cualquier otra candidatura acabaría siendo elegido presidente?

De toda manera, este sistema limitaría la ventaja al momento de la investidura, manteniendo inalterado el número de escaños en el congreso y obligando el gobierno a negociar la aprobación de sus iniciativas legislativas con el resto de grupos parlamentarios, en primer lugar, los Presupuestos generales del Estado.

Otro sistema vigente en algunos países consiste en otorgar un cierto número de escaños “extra” a la lista más votada, facilitando así el conseguimiento de la mayoría de escaños necesaria. Este sistema se conoce como “premio de mayoría”

Ventajas: allana el camino tanto para la investidura como para la legislatura al disponer de mayoría absoluta de escaños la lista más votadas en las elecciones

Inconvenientes: al margen de consideraciones de posibles conflictos con el principio de igualdad de todos los ciudadanos, destacaría el efecto llamada al “voto útil” que se generaría. La experiencia en otros países enseña cómo, delante un mecanismo electoral que premia solamente el primero, el voto tiende a concentrarse en los partidos políticos que tienen opciones reales de conseguir el primer lugar.

En fin de cuentas, se acabaría por reforzar aún más el bipartidismo que la actual ley electoral ya promueve mediante el reparto de escaños con el sistema D’Hondt.

Podríamos analizar otras alternativas cuales la votación directa del Presidente del Gobierno, un doble turno a la francesa o hasta un sistema mayoritario a la británica y todas las alternativas que pretenden facilitar la configuración de una mayoría parlamentaria “estable” tienen el mismo inconveniente de fondo: detrás de una pretendida mayor “eficiencia y eficacia” en el proceso de conformación de un gobierno, se esconde la marginalización de las listas minoritarias, la desaparición de los matices en favor de dos grandes bloques alternativos y la creación de una barrera al acceso prácticamente insalvable para nuevas formaciones políticas.

Concluyendo esta rápida reflexión de urgencia, cabe recordar que unos cambios en la ley electoral, así como el mecanismo de investidura del Presidente del Gobierno no pueden ser abordados de forma separada al resto de mecanismos de separación y equilibrios de poder, especialmente para aquello que concierne la relación de fuerzas entre el legislativo y el ejecutivo.

Epilogo: analizando el número de escaños actuales los dos grandes interesados en esta reforma (PSOE y PP) no suman los apoyos suficientes y dudo mucho que el resto de formaciones políticas tengan pulsiones hacia el suicidio electoral.

En mi opinión, se trata de una estrategia de marketing en el intento de conseguir una nueva investidura o posicionarse con un relato de cara a eventuales nuevas elecciones.

“Chi vivrà, vedrà”

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