martes, 19marzo, 2024
16.1 C
Seville

Las PCD y el SARS-CoV-2

- Publicidad -

análisis

- Publicidad -

Discapacidad es la falta o limitación de alguna facultad física o mental que imposibilite o dificulte el desarrollo normal de la vida cotidiana de la persona.

Existen varios tipos de discapacidad: física, psicosocial, cognitiva y sensorial; las personas que sufren una discapacidad física sufren una disminución importante en la capacidad de movimiento de una o varias partes del cuerpo; la discapacidad psicosocial puede derivar de una enfermedad mental y está compuesta de factores genéticos y bioquímicos y puede ser temporal o permanente y ejemplo pueden ser la depresión, la esquizofrenia, el trastorno bipolar…; discapacidad cognitiva, la persona que sufre este tipo de discapacidad tiene serias limitaciones o retraso en sus capacidades intelectuales y en la ejecución de conductas adaptativas al entorno que le rodea dificultando por ello el aprendizaje de competencias, y por tanto, el desarrollo integral de la persona; discapacidad sensorial afecta a uno o varios sentidos, las más habituales son la discapacidad visual y la discapacidad auditiva.

En estos tiempos tan duros y difíciles que estamos viviendo a causa del Covid-19, el Reino Unido acaba de dar el “golde de gracia” a las PCD con una discapacidad cognitiva, pues ha dado la orden de NO REANIMAR a las personas que sufren este tipo de discapacidad, según ha publicado este fin de semana The Guardian, y que el Doctor Eric Feigl-Ding (epidemiólogo y experto en economía de la salud, miembro principal de la Federación de Científicos Estadounidenses en Washington e investigador de la Universidad de Harvard) se ha hecho eco.

Según estudios realizados recientemente, las PCD con discapacidades cognitivas, físicas y orgánicas tienen más probabilidad de tener complicaciones de salud si contraen el COVID-19, sufriendo efectos adversos y potencialmente peligrosos o tener un elevado número de mortalidad. Las enfermedades que potencialmente son más peligrosas son: coagulopatías, inmunosupresión, enfermedades neurológicas, respiratorias, metabólicas, reumatológicas, ELA, fibrosis quística, cardiopatías, esclerosis múltiple, artritis, colitis ulcerosa y enfermedad de Crohn, personas con patologías o condiciones que afecten a su sistema inmunitario presentando riesgo de enfermedad grave y las personas con un alto grado de dependencia reconocido o gran dependencia y las personas con incapacidades absolutas con necesidad de ayuda de tercera persona, además de la familia y profesionales que les atienden.

Las PCD tienen una alta vulnerabilidad por diferentes circunstancias: la presencia de uno o más trastornos o enfermedades, además de la propia discapacidad hacen que estas personas deban de ser un grupo preferente en la vacunación contra el SARS-CoV-2 junto con las personas que proporcionan cuidados a este colectivo, y además a la familia de menores con discapacidad.

Pero resulta inquietante que, habiéndose realizado estudios que reflejan esta realidad (la alta vulnerabilidad de este colectivo frente al Coronavirus) no se estén tomando las medidas adecuadas y se les tome como colectivo preferente a la hora de ser vacunados contra el Sars-CoV-2 y, que tan sólo algunas ONG’s de sector, junto con algunas Comunidades Autónomas están pidiendo que se les incluya como grupo prioritario de vacunación. Es inquietante y duro darse cuenta de que están jugando con nuestra salud, ya maltrecha de por sí, a consecuencia de la discapacidad que ya sufrimos, ya sea congénita o adquirida en el tiempo.

Viendo la situación que estamos viviendo TODOS a consecuencia de la pandemia mundial, observando cómo están actuando países como Inglaterra, que en nuestro país tan sólo algunas Comunidades Autónomas y algunas ONG’s del sector están reclamando una vacunación prioritaria. Conociendo la situación laboral, social e incluso familiar que tenemos que soportar los PCD me pregunto ¿realmente se quiere una integración total y efectiva? porque no nos toman como población riesgo, porque no se modifican las leyes 9/2017 de 8 de noviembre, R.D. 2273/1985 de 4 de diciembre, R.D. 1/2013 de 29 de noviembre, la ley 38/2003 de 17 de noviembre y eliminar el RD 364/2005, porque no se prohíbe que las ONG del sector se beneficien de las subvenciones sin que tengan ningún control Administrativo. ¿Por qué tanto en España como en Europa están tan preocupados en encontrar una palabra que consideren que no resulta ofensiva para definirnos?

- Publicidad -
- Publicidad -

Relacionadas

- Publicidad -
- Publicidad -

DEJA UNA RESPUESTA

Comentario
Introduce tu nombre

- Publicidad -
- Publicidad -
- Publicidad -
- Publicidad -

últimos artículos

- Publicidad -
- Publicidad -

lo + leído

- Publicidad -

lo + leído