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Las filtraciones de la sentencia del “procés” apuntan a un arduo debate en el Supremo sobre la rebelión

Mientras unos medios aseguran que los magistrados optan por la sedición otros aseguran que el fallo impondrá duras penas a los 12 encausados por rebelión

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análisis

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El juego de filtraciones a la prensa a cuenta de la sentencia del “procés” –la más importante resolución judicial de la historia de la democracia– ya ha comenzado. De aquí al lunes preparémonos para asistir a una quiniela permanente sobre la cantidad de años que le pueden caer a Oriol Junqueras y los demás acusados de poner en marcha el referéndum del 1-O en Cataluña. Hasta el momento en que Manuel Marchena, presidente de la Sala del Tribunal Supremo que enjuicia la causa, dé a conocer el veredicto, se irán filtrando pequeños anticipos de lo que puede ser el fallo. Habrá hipótesis para todos los gustos, desde aquellos medios de comunicación que ya apuntan a que los magistrados harán recaer todo el peso de la ley sobre los 12 acusados, conformando una sentencia “dura”, hasta los que apuestan por una modulación en las penas, es decir, si no una sentencia benigna sí al menos algo más atemperada.

El diario El País acaba de publicar en su web que “el Tribunal Supremo ha descartado condenar por un delito de rebelión consumada a los líderes independentistas en el juicio del procés”. ¿Qué quiere decir eso? Que el Supremo no habría dado por probada la violencia en la conducta de los dirigentes independentistas, de tal forma que los magistrados evitarían de esta manera condenarlos a las penas más contundentes: entre 15 y 25 años de cárcel. “Descartada la rebelión consumada, se abren otras opciones, entre ellas, la sedición”, asegura el rotativo madrileño, que también apunta a que el tribunal graduará la sentencia “por nombres”, o lo que es lo mismo, según la conducta y el grado de participación concreto que haya tenido cada uno de los procesados.

Las fuentes consultadas aseguran que los jueces entienden “que no hay pruebas de que los líderes separatistas instigaran o promovieran” las masivas concentraciones ciudadanas que se registraron durante el 1-O y en los días posteriores, cuando se produjo la declaración unilateral de independencia en el Parlament con la finalidad de alcanzar la separación de Cataluña de España por la fuerza. Por tanto, descartan que esos hechos sean constitutivos de un delito de rebelión. Según esta tesis, los magistrados van a condenar finalmente por sedición, delito que lleva aparejadas penas inferiores de hasta 12 años de cárcel. Siempre teniendo en cuenta que habría que sumar las penas por malversación. “La diferencia entre rebelión y sedición es que la primera persigue conductas que pretenden modificar las estructuras del Estado (lograr la independencia de un territorio con violencia en la calle y saltándose la ley), mientras que la segunda consiste en promover actos tumultuarios para impedir la aplicación de las leyes”, dice El País.

Cabe recordar que el delito de rebelión requiere el elemento fundamental de la violencia y que esta “hubiese sido instigada por los reos como instrumento para alcanzar la independencia”. La información que maneja el periódico de tirada nacional es que el tribunal, tras sus últimas deliberaciones secretas, entiende que no se ha producido este requisito en grado de consumación por parte de los 12 líderes separatistas y cita fuentes jurídicas de toda solvencia. De esta forma, según El País, la resolución, “para la que se busca la unanimidad de los siete magistrados de la sala, previsiblemente contendrá al menos nueve condenas”.

En la tesis opuesta se encuentran medios conservadores como Vózpopuli. Los reporteros que cuben habitualmente información de Tribunales para este medio de comunicación digital entienden que la sentencia del Supremo “dará por probado que hubo violencia en el procés”. Según esta publicación, los magistrados no comparten la tesis que defendieron en el juicio los líderes independentistas, “que presentaron sus movilizaciones como protestas pacíficas para negar tanto la sedición como la rebelión”.

Además, Vózpopuli también cita fuentes conocedoras de las deliberaciones, es decir, fuentes que supuestamente habrían tomado parte en la elaboración de la sentencia, para asegurar que “la existencia de hechos violentos es una de las conclusiones a las que llegaron los magistrados antes de discutir sobre los delitos concretos por los que fijar las condenas”. El portal digital recuerda el alegato final de la Fiscalía, para quien la violencia en las calles fue un caso claro de rebelión. “Era un ataque contra el orden constitucional, por eso no puede ser sedición”, dijo el Ministerio Público, que pidió penas de hasta 25 años de cárcel.

Esta disparidad de informaciones totalmente opuestas solo puede interpretarse de una manera: existe un fuerte debate entre los magistrados de la Sala sobre la calificación de los hechos. Esa discrepancia explicaría que a esta hora haya dos fuentes principales de información que están llegando a los medios. El entorno de los magistrados partidarios de la rebelión frente a los de la sedición. No toda la suerte está echada para Junqueras y los suyos. Quizá finalmente no recaiga la tan esperada “condena dura” ni el castigo ejemplarizante. La respuesta el lunes.

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