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La usura, el Tribunal Supremo y los jueces al servicio de la banca

Los mejores despachos de abogados en España son Garrigues, Cuatrecasas Gonçalves y Pereira, Uría Menéndez, Gómez Acebo y Pombo, Pérez Llorca, Roca Junyent, Écija y Broseta. Casi todos ellos cuentan en sus nóminas con jueces y magistrados que, o bien pidieron excedencia o bien se dieron de baja o se han jubilado

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Tiene toda la razón el director de Diario16, José Antonio Gómez, cuando dice, en su información de este miércoles, que “las sentencias hechas públicas por el Pleno de la Sala de lo Civil del Supremo prácticamente legalizan la usura en los préstamos al consumo a través de tarjetas revolving, uno de los productos más peligrosos para el consumidor”.

La derecha económica ha recibido con alegría dicha sentencia alegando que el Supremo “ha establecido un límite razonable para que las tarjetas de crédito bancarias puedan ser consideradas usurarias”.  Pero lo que ocultan es que la máxima instancia judicial eleva el techo de las reclamaciones hasta hacerlas imposibles. Dice la sentencia que, para que un crédito pueda ser considerado usurario, su Tasa Anual Equivalente, la famosa TAE, debe sobrepasar en seis puntos “la media de los tipos TAE del mercado”, y especifica más. Esa “media” es la que establece el Banco de España en el tipo efectivo de definición restringida, TEDR.

Según el regulador bancario español, “las entidades tienen libertad para decidir sus tipos de interés, pero también la obligación de informar al Banco de España de determinados datos relativos a estos tipos… De esta forma se tiene información mensual de los tipos de interés aplicados por las Instituciones Financieras Monetarias (Entidades de crédito y Establecimientos Financieros de Crédito) a los hogares y las sociedades no financieras residentes en el área del euro (no sólo España) por operaciones de crédito y depósito denominadas en euros”. El ultimo dato que se ha difundido corresponde al mes de diciembre de 2022, el TEDR se situó en el 6,29%. Si se hace la operación para calcular la Tasa Anual Efectiva correspondiente, se comprobará que la misma oscila entre el 19 y el 20%. Y esa es la referencia establecida por el Supremo. Si a esa TAE se la añaden los 6 puntos que la magistratura estipula como el diferencial para considerar que un préstamo es usurario, se podrá comprobar que los intereses que cobran las entidades en las tarjetas de crédito del tipo “revolving” se encuentran por debajo del límite del 26%, una cifra tan desorbitada a la que no llega ninguna tarjeta del tipo “revolving” por mucho que sus cláusulas se puedan considerar abusivas. Conclusión: el TS zanja el asunto de las reclamaciones de los consumidores.

Esta publicación lo ha denunciado en infinidad de ocasiones. La judicatura está al servicio de los bancos. Por eso no debe de extrañar esa sentencia. En las jurisdicciones penales, como han sido los casos de cesiones de crédito del Banco Santander o las primas únicas, hasta las civiles como en la acción social de responsabilidad civil a los antiguos gestores de Banesto, los jueces de este país han mirado para otro lado. Han dilatado los procesos o, incluso como en el Caso de Emilio Botín, se les ha absuelto sin fundamentos jurídicos convincentes.  El juez de la Audiencia Nacional, José Luis Calama, no acaba de cerrar la instrucción del “Caso Popular” a pesar de que hace seis meses se dijo que estaba “prácticamente ultimada”. La imputación del BBVA en una pieza del Caso Villarejo sigue su trámite con desesperante lentitud y reproches por todas las partes personadas, tanto de los representantes legales del banco como de la fiscalía y acusaciones particulares

Por más que se busque en la colección jurídica de Aranzadi una sentencia reciente de condena a alguna entidad financiera, salvo las que se dictaron en su momento por la crisis de las cajas de ahorro de 2009 que supuso la práctica desaparición del sector, no hay resolución judicial alguna que perjudique directamente  a la banca española.

Los grandes despachos de abogados

Según el directorio internacional Best Lawyers, los mejores despachos de abogados en España son Garrigues, Cuatrecasas Gonçalves y Pereira, Uría Menéndez, Gómez Acebo y Pombo, Pérez Llorca, Roca Junyent, Écija y Broseta. Casi todos ellos cuentan en sus nóminas con jueces y magistrados que, o bien pidieron excedencia o bien se dieron de baja o se han jubilado. Figuran en calidad de socios o como consultores externos.

Estos bufetes de abogados tienen, como clientes, a los servicios jurídicos de los grandes bancos del país. Su minuta no se limita al asesoramiento sino, también, a intervenciones de sus socios en litigios complicados. Incluso en contenciosos internacionales.

Y luego está el propio sistema. Se ha dicho, en reiteradas ocasiones, que la judicatura española actúa paralelamente al poder político traspasando, en ocasiones, las líneas rojas que limitan lo que es interpretación de la norma. Y se creen con derecho a retorcerla. En esta ocasión, ha vuelto a suceder. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó varias sentencias sobre la normativa en materia de cláusulas abusivas interpretando una ambigua directiva europea. Los tribunales españoles desechan esas sentencias y dictan las suyas propias que contradicen las del alto tribunal de la UE.

Y queda claro que el concepto de intereses usurarios de la sala de Lo Civil supone acabar con las esperanzas de muchos consumidores que pensaban recuperar algo del dinero que los bancos les están quitando de manera abusiva por sus créditos al consumo ofrecidos a través de las tarjetas revolving.

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