La resolución del Popular vulneró las leyes españolas

El FROB comunicó la resolución y venta del Popular el día 7 utilizando como base legal, además del Mecanismo Único de Resolución, la Ley 11/2005. Sin embargo, las condiciones en las que se desarrolló todo el proceso incumplieron lo indicado en ese texto legal

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Banco Popular

La carta de Jaime Ponce, presidente del FROB, que remitió a Emilio Saracho tres minutos antes de que el Banco Santander comunicara en la CNMV que se hacía con el Banco Popular por un euro, indicaba que la resolución se hacía en base a lo indicado en la Ley 11/2005. Sin embargo, la situación real en la que se encontraba el banco no se ajustaba a las condiciones por las que debería haber sido resuelto y vendido en subasta a la entidad cántabra.

La Ley 11/2015, de Recuperación y Resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, dice lo siguiente en referencia a una actuación temprana: «el procedimiento aplicable a una entidad cuando incumpla o existan elementos objetivos conforme a los que resulte razonablemente previsible que no pueda cumplir con la normativa de solvencia, ordenación y disciplina, pero se encuentre en disposición de retornar al cumplimiento por sus propios medios».

En referencia a la resolución, la ley indica lo siguiente: «reestructuración o liquidación ordenadas de una entidad llevadas a cabo con sujeción a esta Ley cuando la entidad sea inviable o sea previsible que vaya a serlo en un futuro próximo, no existan perspectivas razonables de que medidas procedentes del sector privado puedan corregir esta situación, y por razones de interés público y estabilidad financiera resulte necesario evitar su liquidación concursal».

Existieron varias soluciones privadas

En primer lugar, el Banco Popular no fue declarado inviable por un problema de solvencia, como se indica en la Ley, sino por una crisis de liquidez generada por una serie de actuaciones que provocaron la salida masiva de depósitos, casualmente, una vez que el FROB y la JUR decidieron que el Popular iba a ser resuelto.

En segundo término, la ley española indica que se producirá la resolución siempre que no haya soluciones privadas para evitar el incumplimiento de la normativa. En el caso del Banco Popular sí había diferentes alternativas que no se llevaron a efecto: ofertas de ampliación de capital de Barclays y Deutsche Bank, propuestas de venta de activos no estratégicos por parte de BCI y Varde.

Por tanto, sí que había soluciones privadas para revertir la situación a la que las diferentes ramas de la operación habían llevado al Banco Popular.

Además de lo que hubiera supuesto el anuncio de una ampliación de capital dirigida por Deutsche Bank o por Barclays en lo referido a las ratios de solvencia, en el documento remitido por Värde a Saracho el día 4 de junio, se ofrecen 1.200 millones por el 49% de WiZink, lo que suponía una valoración cercana a los 2.500 millones por el 100%. Haciendo un traslado a beneficios y capital, hubiera supuesto 1.115 millones de mejora de capital y una plusvalía de 500 millones que habría que sumar a los 200 de TotalBank si se hubiera cerrado la operación antes de la intervención.

Venta de dos activos: 1.550 millones sin ampliar capital

La venta de estos dos activos, que apenas representaban el 5% de los activos del Banco, hubieran supuesto generar 1.550 millones de capital, sin acudir a una ampliación y elevando la ratio fully loaded a cumplir en 2.019 hasta el 11,50%, sin contar con la generación ordinaria de beneficios del Popular. Esa ratio se comparaba con la exigencia del BCE del 9.25% para 2.019. Por otro lado, las dos operaciones hubieran aportado plusvalías de 700 millones.

En consecuencia, sí que había soluciones privadas sobre la mesa que no se tuvieron en cuenta.

Acceso a liquidez

Por otro lado, el propio acceso a las líneas urgentes de liquidez estuvo rodeado, presuntamente, de irregularidades, dado que, tanto desde el Banco de España como desde el Banco Central Europeo se desdijeron de lo afirmado y pusieron unos plazos de madurez para esas líneas que hacían imposible que el Popular pudiese hacer frente a las mismas.

Popular sí generaba ingresos

Una entidad financiera quebrada está imposibilitada para generar ingresos que posibiliten su buen funcionamiento o que pueda hacer frente a sus obligaciones y compromisos.

Los resultados del primer trimestre de 2017 demostraban que la sexta entidad financiera de España tenía capacidad para generar beneficios en su negocio principal. Además, se dijo que el Banco Popular estaba quebrado cuando fue resuelto.

Así lo afirmó el propio Emilio Saracho en la reunión del Consejo de Administración del 6 de junio cuando, sorprendentemente, concluyó que declararía la inviabilidad, aunque el Popular estaba cumpliendo con sus compromisos y que sólo estaba en un punto de incumplimiento respecto a las ratios de liquidez.

Sin embargo, Saracho no hizo mención alguna a dichas ofertas ni a otros aspectos que hubieran salvado al Popular, aspectos como, por ejemplo, que no hubiese puesto todas las garantías que estaban a disposición de la entidad para que se le concediera una ELA de 9.500 millones —de la que sólo se pudo hacer uso de una tercera parte—, o de la negativa a la venta de TotalBank y WiZink por un valor inferior por el que el Santander cerró la operación seis meses después.

5 COMENTARIOS

  1. Sr. Calama, una persona que es capaz de arruinar a 300.000 familias declarando la inviabilidad de un banco, rechazando la venta ya cerrada de activos estratégicos y dos ampliaciones de capital propuestas por dos entidades solventes, se le puede llamar DELINCUENTE y los delincuentes (aunque lleven traje y corbata) deben estar en prisión preventiva, pues podrían estar delinquiendo en la actualidad.

  2. Casi 4 años de infierno desde el día en q nos arrebataron nuestros ahorros en un proceso oscuro y lleno de irregularidades. Invertimos en una entidad que creíamos solvente y q cumplió con sus obligaciones de pago hasta el final, pero forzaron e hicieron que todo se esfumara en un experimento de resolución chapucero y sin precedentes. Vaya regalazo para el Santander… La ley está para cumplirla y aquí mucha gente ha hecho incumplientos. Cárcel para ellos y a las víctimas compensación por lo q nos arrebataron.

  3. Administración desleal y con tintes mafiosos, mentiras, engaños, gravísimas faltas administrativas, informes dirigidos y arbitrarios ad-hoc (Deloitte, linklakers=con cierta vinculación al expresidente CNMV), claros delitos penales. Latrocinio puro y duro, al amparo de intereses particulares. Un cúmulo de despropósitos ilegales. ¿Que mas hace falta para demostrar los evidentes delitos que han cometido?, ¿hasta donde llega la presunción de inocencia?. La justicia debe proteger a quien ha sido expoliado, JAMAS al expoliador, sea quien sea.
    Y el asunto va para 4 años, ¿Cuánto tiempo mas hará falta?..

  4. Robados con la complicidad de la autoridades españolas y europeas. Cada día entiendo más a los ingleses que se largaron dando un portazo de Europa.

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