sábado, 20abril, 2024
17 C
Seville
Advertisement

La justicia reconoce el derecho de una aspirante a oposiciones a la revisión presencial de su examen

La sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares establece un precedente para la revisión presencial de las pruebas de oposiciones para el acceso a la Función Pública

María José Pintor
María José Pintor
Periodista en cuerpo y alma, licenciada en Ciencias de la Información por la Universidad del País Vasco.
- Publicidad -

análisis

- Publicidad -

Nueva sentencia que crea un precedente para los opositores de la administración pública. La justicia reconoce el derecho de una aspirante a oposiciones a la revisión presencial de su examen.

La sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares establece un precedente para la revisión presencial de las pruebas de oposiciones para el acceso a la Función Pública. Así, para CCOO, se fortalece y protege el derecho de opositores y opositoras a un trato más justo y en conformidad con sus derechos de ciudadanía.

Ejercicio de transparencia ante un aspirante a oposiciones

Además, obliga a la Administración a un ejercicio de transparencia que es fundamental en unas oposiciones donde cada año miles de personas se juegan su futuro profesional. Se trata de un logro histórico para un aspirante a oposiciones.

La demanda ganada por CCOO ha sido dictada por la Sala 1 del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares y afectará a todas las oposiciones de cualquier Administración pública.

La sentencia recoge importantes consideraciones, entre las cuales se refiere a que “la fundamentación de la demanda descansa en la consideración de que no ha habido una adecuada motivación de las resoluciones, pues, en realidad, no ha operado una revisión de los exámenes. En concreto, entiende que hay una infracción de los artículos 35.2 de la Ley 39/2015 y 55 del Estatuto Básico de los Empleados Públicos (EBEP)”.

Además, determina el derecho de la persona aspirante a que “se produzca la revisión de las pruebas (…) y casos prácticos, con conocimiento de las respuestas correctas y en presencia de la recurrente, así como la de conocer las calificaciones concretas de cada uno de los miembros del Tribunal”.

- Publicidad -
- Publicidad -

Relacionadas

- Publicidad -
- Publicidad -

DEJA UNA RESPUESTA

Comentario
Introduce tu nombre

- Publicidad -
- Publicidad -
- Publicidad -
Advertisement
- Publicidad -

últimos artículos

- Publicidad -
- Publicidad -

lo + leído

- Publicidad -

lo + leído