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La Justicia no aclara cómo se hizo la notificación al rey emérito para que regularizase su situación fiscal

El futuro procesal de Juan Carlos I depende de la interpretación que hagan los fiscales del artículo 305 del Código Penal

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análisis

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La controversia jurídica está servida. ¿Es necesario que la Justicia comunique personalmente a un contribuyente que se ha abierto una investigación judicial contra él o basta con ponerlo en conocimiento de sus abogados? Y en todo caso, ¿impediría esa notificación oficial que el afectado se acoja a una “regularización exprés” para evitar sentarse en el banquillo de los acusados por graves delitos fiscales?

Hasta donde se sabe, el pasado mes de noviembre la Fiscalía del Tribunal Supremo notificó al rey emérito que estaba siendo sometido a una investigación, tal como ha reconocido el propio Ministerio Público. Ahora bien, ¿se hizo correctamente aquella notificación que pudo paralizar cualquier posibilidad de regularización por parte del rey emérito o se dejaron rendijas abiertas, resquicios legales como trato de favor? La clave está en el artículo 305.4 del Código Penal, que establece que se considerará regularizada la situación del ciudadano en tres supuestos: cuando se haya procedido por el obligado o sujeto pasivo al “completo reconocimiento y pago de la deuda” antes de que “por la Administración Tributaria se le haya notificado el inicio de actuaciones de comprobación o investigación tendentes a la determinación de las deudas tributarias objeto de la regularización o, en el caso de que tales actuaciones no se hubieran producido, antes de que el Ministerio Fiscal, el Abogado del Estado o el representante procesal de la Administración autonómica, foral o local de que se trate, interponga querella o denuncia contra aquel dirigida, o antes de que el Ministerio Fiscal o el Juez de Instrucción realicen actuaciones que le permitan tener conocimiento formal de la iniciación de diligencias”.

Por tanto, si la regularización se ha producido con carácter previo a esos tres supuestos, será espontánea y válida. De lo contrario será nula, es decir, no válida. Así lo entienden juristas como el magistrado Joaquim Bosch, ex portavoz de la Asociación Jueces para la Democracia, que recuerda que “tendríamos que ver el contenido de la notificación y la forma en que se ha hecho la regularización”. A su vez, la abogada Cristina Almeida asegura que no tiene el mismo valor legal que la notificación a los abogados del rey emérito se haya realizado simplemente “por teléfono” que por escrito con acuse de recibo.

En las últimas horas ha trascendido una importante sentencia del Tribunal Supremo de febrero de 2019 en la que se establece que la notificación del fiscal al afectado para ponerle al tanto de que se ha abierto una investigación contra él, pese a no existir querella por delitos contra la Hacienda Pública, produce el efecto de “bloqueo automático” de cualquier regularización tributaria que haya podido presentar de forma voluntaria el contribuyente para evitar ser condenado por el delito de fraude fiscal (cuando lo evadido supera los 120.000 euros). La resolución judicial afectó a un empresario gallego que regularizó su situación en el Impuesto de Sociedades días antes de acudir a una cita con la Fiscalía. En la sentencia se confirma la condena dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra en junio de 2017 contra el propietario de una empresa de extracción de áridos que eludió el pago del impuesto derivado de una expropiación para construir una autovía por la que se le pagaron 600.000 euros. Según el relato de hechos probados por la Audiencia gallega, el empresario dejó de ingresar 372.571,92 euros al fisco, una cantidad generada por la diferencia entre el justiprecio y el valor contable de los derechos expropiados.

Lo importante de esta sentencia es que el contribuyente ya conocía de antemano que estaba siendo investigado por las autoridades judiciales y tributarias, de modo que su intento de regularización a toda prisa para librarse de la condena no tenía ningún valor. Esta sentencia, de la que fue ponente el magistrado Antonio del Moral, puede servir de precedente para el caso del rey emérito, a quien la Fiscalía del Tribunal Supremo notificó formalmente el pasado mes de noviembre la existencia de diligencias de investigación sobre posibles delitos derivados del uso de tarjetas bancarias con fondos opacos.

De cualquier manera, no hay unanimidad en la doctrina respecto al valor de la notificación como elemento de interrupción de la regularización fiscal. Fuentes del Tribunal Supremo consultadas por Europa Press consideran que en este tipo de investigaciones prevalece la existencia de denuncia o querella por parte de la Agencia Tributaria o Fiscalía, que en el caso de Juan Carlos I no se ha producido.

Así las cosas, está en manos del equipo liderado por el fiscal de Sala Juan Ignacio Campos −encargado de investigar el patrimonio del emérito−, interpretar las normas y generar nueva jurisprudencia. Si Fiscalía considera que la declaración complementaria voluntaria hecha pública el pasado miércoles por el rey emérito se hizo en tiempo y forma, la regularización será validada y tramitada. Está claro que querella contra el monarca no ha habido, de modo que la clave está en la interpretación que se dé al artículo 305 del Código Penal. Y ahí, doctores tiene la Iglesia e interpretaciones las hay para todos los gustos.

Por experiencia sabemos que ilustres famosos como los futbolistas Leo Messi y Cristiano Ronaldo recibieron no solo una notificación tras ser cazados en fraudes fiscales sino una querella en toda regla, y aunque finalmente ajustaron sus cuentas con el fisco, ello no les libró de ir a juicio y enfrentarse a la amenaza de graves condenas. No ha sido el caso del rey emérito. La notificación al monarca para informarle de que se encontraba bajo investigación tributaria se ha hecho de aquella manera, como suele decirse, y en ningún momento se ha planteado denuncia o querella contra él pese a las fuertes sumas supuestamente escamoteadas al fisco. Con todo, aunque la regularización prospere finalmente, ello no significa que se cierre la investigación. Fiscalía tendrá que seguir indagando y rastreando en el origen de las donaciones, en los millones de euros de Arabia Saudí, en las transferencias del empresario mexicano Allen Sanginés-Krause, en los testaferros suizos y en los regalos a Corinna Larsen. “Yo salí de Zarzuela y quiero volver a Zarzuela”, acaba de alegar el primero de los Borbones. Pero, visto lo lentas que van las cosas de palacio, puede que aún le quede bastante tiempo hasta que llegue ese momento.

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