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La justicia de Aragón ve discriminación hacia los no vacunados: «está fuera de todo debate que el vacunado contagia y se contagia como el no vacunado»

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha suspendido cautelarmente la Instrucción de Educación sobre cuarentena en centros educativos

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análisis

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El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha suspendido cautelarmente la Instrucción de Educación sobre la cuarentena en centros educativos tras la aparición de un caso positivo según ha informado El Periódico de Aragón. En base a la misma, quedaría exento de hacer cuarentena todo alumno o profesor, o personal trabajador, que siendo contacto estrecho con un positivo hubiera recibido la pauta completa de vacunación. Un recurso presentado por la Asociación Liberum junto a profesores y padres y madres de alumnos.

El Tribunal ha dado un plazo de tres días al Ministerio fiscal y a la Administración para que presenten alegaciones.

Según el auto dictado ayer por la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, queda paralizada de forma cautelarísima la parte de la normativa que establece las pautas a seguir en caso de confirmarse un positivo en los centros de Educación Especial, tanto para alumnos como para profesores y personal restante.

Falta absoluta de criterio médico

Los magistrados argumentan que con esta pauta «se excede con creces los límites que debe establecer una instrucción, imponiendo a terceros determinadas pautas y actuaciones obligatorias y estableciendo luego ciertas exenciones por razón de vacunación». Añaden además que estas medidas «han de imponerse única y exclusivamente por las autoridades en salud pública con competencia y por criterios estrictamente médicos que aquí echamos en falta de forma absoluta y no pueden venir reguladas en decisiones como una Instrucción o un Protocolo, que no tiene rango normativo«.

Discriminación a personas no vacunadas: está fuera de todo debate que el vacunado contagia y se contagia como el no vacunado

Los magistrados ven discriminatorio el trato entre personas vacunadas y no vacunadas, pues la guía señala que «los contractos estrechos que no estén completamente vacunados realizarán cuarentenas (…). Los contactos estrechos vacunados con pauta completa están exentos de cuarentena. Así mismo también los que hayan sido positivos en los 180 días anteriores».

Subrayan los magistrados que «está fuera de todo debate que el vacunado contagia y se contagia como el no vacunado».

Los jueces señalan que «en la medida en que regula derechos fundamentales, claramente se ve que no es la actuación jurídica adecuada para ello, debiendo haberse dictado una norma con rango suficiente».

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