La influencia de la Iglesia católica en la educación ha sido mucho más importante que en otros ámbitos de nuestra sociedad. Durante el Franquismo los eclesiásticos tenían el control absoluto de los centros educativos, fueran católicos o no. Ellos diseñaban los planes de estudio y la presencia de la religión en éstos era constante. Se adoctrinaba a los estudiantes desde temprana edad tanto desde un punto de vista político como desde un punto de vista religioso, se les hablaba de la grandeza de España y se mitificaba a héroes que aún hoy son señas de identidad españolas cuando, desde un punto de vista histórico, no fueron otra cosa que mercenarios vendidos al mejor postor o genocidas patológicos; se les adoctrinaba en los preceptos de la religión católica.

La llegada de la democracia y la aprobación de la Constitución no mejoraron la situación. El artículo 16 de la Carta Magna dice lo siguiente: “1.- Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley; 2.- Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias; 3.- Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”. Ya existe una contradicción en la propia redacción del artículo 16.3: Si la propia Constitución determina que España es un Estado aconfesional, ¿por qué se cita expresamente a una confesión en concreto? ¿Por qué se pone por encima de las demás confesiones a la católica?

Apenas había pasado un mes desde la aprobación de la Constitución que señalaba la “aconfesionalidad” del Estado español cuando se hizo público el nuevo Concordato entre el Reino de España y el Vaticano. Este nuevo marco de relación entre los dos estados llevaba negociándose, al margen de cualquier escenario democrático, desde el año 1976 por políticos católicos muy vinculados al Opus Dei y a la Asociación Católica Nacional de Propagandistas. Ya solo este hecho debe provocar el rechazo de los demócratas, dado que dicho acuerdo se negoció al margen de cualquier órgano democrático y, sobre todo, al margen de la Constitución que se aprobó en 1978, texto que señala la aconfesionalidad del Estado mientras que el Concordato lo que genera es una especie de «confesionalidad encubierta» del Estado.

la Iglesia impuso que la enseñanza de sus creencias fuera equiparada a la ciencia o a la historia

 

La asignatura de religión

El Concordato también otorga privilegios en el ámbito educativo. Esta es una de las mayores hipotecas que tiene un Estado democrático como España, una hipoteca que va en contra de los propios principios señalados en el artículo 16 de la Constitución. El Reino de España está obligado por el Concordato a que toda la educación impartida en los centros públicos sea respetuosa con los valores cristianos. A esto se añade la obligación de impartir en la enseñanza primaria y secundaria de la asignatura de religión católica, equiparándolas a otras disciplinas como las matemáticas, la física, la literatura o la historia, es decir, que la Iglesia impuso que la enseñanza de sus creencias fuera equiparada a la ciencia o a la historia.

A pesar de que no es una asignatura obligatoria y que se da una opción alternativa, es sintomática la imposición por parte de la Iglesia de su catecumenado en la educación pública y que el Estado esté obligado a su impartición. Los profesores de religión católica son elegidos por la autoridad académica pero sólo del grupo de candidatos elegidos por el Ordinario Diocesano. Son miembros de pleno derecho de los claustros de profesorado. Los contenidos lectivos son impuestos por la jerarquía, cosa que parece lógica, pero lo que no lo es tanto es que se permita en centros públicos o concertados la celebración de ceremonias religiosas u otras actividades complementarias.

 

LOMCE y Conferencia Episcopal

La semana pasada, el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha dictado tres sentencias en las que da la razón a los recursos planteados por la Asociación de Padres de la Escuela Pública de Extremadura, la archidiócesis Mérida-Badajoz, las diócesis Coria-Cáceres y Plasencia (a las que se sumó la archidiócesis de Toledo) y la Asociación de Docentes de Religión de la Escuela Pública contra el decreto de la Junta de Extremadura que reducía el número de horas lectivas de la asignatura de religión católica. La Junta va a recurrir al Tribunal Supremo porque esa reducción de horas no incumple ninguna ley ni Tratado Internacional.

la LOMCE aprobada en solitario por el Partido Popular privilegiaba a la asignatura de religión católica

En la LOMCE se incluía un currículo de Religión diseñado por la propia Conferencia Episcopal Española (CEE) donde se enfatizaba el aprendizaje de la doctrina católica desde la visión del creyente y no desde un punto de vista histórico-cultural, se eliminaban las referencias a otras creencias religiosas, se evaluaba el aprendizaje de oraciones y rezos en los primeros años de Primaria (“se debe valorar si el niño memoriza y reproduce fórmulas sencillas de petición y agradecimiento”) o que el alumno supiera expresar fórmulas orales y gestuales de acción de gracias a “Dios por su amistad”. Además, la LOMCE aprobada en solitario por el Partido Popular privilegiaba a la asignatura de religión católica respecto a otras opciones y, lo que es más sorprendente, le devolvía su plena validez académica al computar plenamente en el expediente de los alumnos al mismo nivel que asignaturas tan necesarias como las matemáticas, la historia, la física, la literatura, la biología o la filosofía.

Aun así, la Iglesia Católica no se sentía satisfecha con el modo en que se había impuesto la asignatura en la LOMCE. La Conferencia Episcopal se felicitaba porque el número de alumnos de la asignatura de Religión se hubiera incrementado en más de un 150% en algunos centros. Este hecho no tiene nada que ver con que los alumnos hubieran recuperado la fe, sino porque el hecho de que compute para la nota media en el expediente ha generado que sean muchos los estudiantes los que han optado por una asignatura que es una “maría”.

 

Los concertados católicos

La Iglesia Católica tiene mucho poder en el sistema educativo español. Una de las razones es el control que tienen de los centros concertados, ya sea a través de órdenes o congregaciones, ya sea a través de organizaciones como el Opus Dei. Estos centros reciben de las Administraciones Públicas un 35,8% del presupuesto de educación en Primaria y un 34,3% en la Secundaria Obligatoria. En muchos de estos centros no sólo se enseña, sino que se adoctrina con la presencia de símbolos católicos en las aulas, la obligatoriedad para los alumnos a asistir a ceremonias religiosas o participar en la celebración de ritos, algo que debería estar prohibido porque los centros concertados tienen que funcionar del mismo modo en que lo hacen los de titularidad pública. Muchos de estos centros católicos, además, segregan por sexo a sus alumnos, lo que va en contra de las políticas de igualdad de género.

Gil Tamayo ha exigido la presencia de los obispos y de las asociaciones de padres de colegios católicos en las reuniones del nuevo Pacto Educativo

Con el nuevo reparto parlamentario en el que hay mayoría de fuerzas políticas contrarias a la injerencia eclesiástica en los planes educativos la Iglesia teme perder sus privilegios y su control sobre la educación. Por eso el portavoz de la Conferencia Episcopal José María Gil Tamayo ha exigido la presencia de los obispos y de las asociaciones de padres de colegios católicos en las reuniones del nuevo Pacto Educativo. Incluso el ministro de Educación Íñigo Méndez de Vigo se reunió con el obispo de Segovia, César Franco, y con el Director del Secretariado de la Comisión Episcopal de la Enseñanza, José Miguel García Pérez, para que le expusieran su opinión acerca de si era conveniente un nuevo Pacto Educativo o no. ¿Qué Gobierno de un país democrático y “aconfesional” pide consejo a los representantes de una confesión religiosa?

Ni la Iglesia Católica ni sus representantes ni las asociaciones dependientes de ella tienen el derecho de inmiscuirse en un tema tan serio como es la educación. Los obispos siempre ponen encima de la mesa el artículo 27 de la Constitución olvidándose del artículo 16 y, como un mantra, repiten que hay un Concordato que es un acuerdo internacional que el Estado tiene la obligación de respetar, un Tratado negociado al margen de la Constitución por representantes del Opus Dei y de la Asociación Católica y que no se hizo público hasta que nuestra Carta Magna fue refrendada por los españoles para, de este modo, darle una categoría legal que no tendría si se hubiera presentado antes del 6 de diciembre de 1978.

2 COMENTARIOS

  1. La educación y mucho más… Conozco gente que no se proclaman católicos, que en cuanto se muere un familiar van y le dicen no sé cuantas misas, y en el entierro va un cura a cantar el gori-gori, que llevan a sus hijos a los colegios de la iglesia… ¡Que pagamos entre todos por cierto!… que van y se casan por la iglesia «para dar gusto a los padres», que la niña o el niño hace la comunión «porque les hace ilusión», que les parece estupenda la labor de Caritas…. Así andamos como andamos. Porque para pensiones no hay dinero, pero para soltar millones a los curas…. nunca falta pasta.

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