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La Fiscalía pide que no se rebajen las penas por la ley del “solo sí es sí”

El Ministerio Público insta a los jueces a mantener las condenas siempre que se encuentren en la horquilla de la Ley de Garantías de Libertad Sexual

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La Fiscalía General del Estado ha enviado una circular a los fiscales de sala, de cara a los recursos de revisión de penas, en la que insiste en que no hay que rebajar las condenas si estas están incluidas en la horquilla de la Ley de Garantías de Libertad Sexual, según fuentes fiscales.

La circular del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, la han visto ya los cuatro fiscales de Sala jefes de Penal, pero se ha remitido este jueves por la mañana a todos los fiscales de Sala para su análisis previo al próximo jueves 16 de marzo, cuando dicha circular se abordará en una junta de fiscales, según informa RTVE.

Se trata, dicen las fuentes, de “ampliar” y “reforzar” los argumentos que ya se recogían en el decreto fiscal sobre el mismo tema remitido por el Ministerio Público el pasado mes de noviembre, en el que la Fiscalía ya determinó que “la revisión solo procederá cuando la pena efectivamente impuesta exceda en abstracto de la que correspondería imponer en aplicación de los preceptos de la nueva legislación penal”.

El Ministerio Público recuerda que el Tribunal Supremo ya se pronunció en ese sentido en 2015 y 2017 en lo relativo a delitos de terrorismo después de que la reforma del Código Penal del Gobierno del PP en 2015 tampoco incluyera una disposición transitoria, como ocurre con la ley del “solo sí es sí”.

Entonces, el Alto Tribunal rechazó beneficiar a algunos terroristas de la reforma del Código Penal y ver rebajadas sus condenas con el argumento de que era aplicable la disposición transitoria del Código Penal de 2015 ya que las penas estaban incluidas en la norma anterior.

Revisiones individuales de cada caso

La circular, a la que ha tenido acceso Efe, deja claro que “como regla general, no procederá la revisión de las condenas firmes cuando la pena impuesta en la sentencia también sea susceptible de imponerse con arreglo al nuevo marco legal”.

Sin embargo, destaca que “cada procedimiento deberá ser analizado individualmente, huyendo de automatismos que impidan valorar las concretas circunstancias concurrentes en cada caso”.

En cuanto a los supuestos de revisión de sentencias firmes, la circular establece que se actuará “excepcionalmente” solo “cuando la aplicación estricta de esta regla provoque resultados manifiestamente desproporcionados”.

“Dicha posibilidad deberá reservarse para los supuestos en los que resulte notorio que de haber sido enjuiciados los hechos bajo la vigencia de la nueva regulación la pena de prisión que hubiera correspondido imponer sería, indudablemente, de una duración muy inferior”, añade.

En estos casos, “los fiscales serán especialmente cautelosos” a la hora de examinar la equivalencia entre el tipo penal derogado y el vigente, debiendo tener en cuenta los agravantes y atenuantes.

Y también los fiscales promoverán la revisión de sentencias cuando la condena “se encuentre en los límites de la tipicidad” atendida la “escasa ofensividad de la conducta”.

La revisión, en tal caso, debe partir necesariamente del principio de retroactividad de la ley penal más favorable, de manera que “tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena”.

Más de 700 rebajas de condenas

Desde que entró en vigor la ley, son ya 721 las rebajas de condenas a agresores sexuales y 74 los agresores sexuales excarcelados en aplicación de la norma, según los últimos datos del Consejo General del Poder Judicial, si bien tan solo diez de estas revisiones de condena son firmes.

La circular se envía además la misma semana en que la reforma del PSOE de la ley “solo sí es sí”, que presentó en el Congreso sin sus socios de Unidas Podemos, ha superado su primera votación gracias al apoyo del PP, algo que ha provocado un fuerte choque entre los socios de la coalición justo en la víspera del 8M.

Desde el PSOE, aseguran que la reforma, que sube las penas incorporando la violencia como un subtipo agravado de agresión sexual para corregir los “efectos indeseados”, no toca el consentimiento.

Pero desde Igualdad y Unidas Podemos creen que se vuelve al “Código Penal de La Manada” porque se pone de nuevo el foco en que la víctima tenga que demostrar que hubo violencia para reconocer una agresión sexual y no en que el agresor sabía si la víctima consintió o no. Coinciden en que hay que subir las penas para los casos de violencia, pero manteniendo la violencia como un agravante y no como un subtipo de agresión sexual.

Ante la patente división entre socialistas y morados, ambas formaciones han llamado en los últimos días a rebajar el tono y descartan por ambas partes que se vaya a romper la coalición.

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