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La ex pareja de Rubén Castro, víctima también de la justicia patriarcal

La confirmación de la absolución del futbolista destapa una nuevo muro jurídico infranqueable para las mujeres que dan el paso de denunciar a sus agresores

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análisis

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No la ha creído la justicia española en dos instancias diferentes, pero su representante legal mantiene la mayor: la ex pareja del futbolista del Real Betis Balompié Rubén Castro, máximo goleador en la historia del club sevillano, no sólo ha sido víctima de malos tratos continuados del que fuera su pareja sentimental sino que ahora también lo es del sistema “legal y judicial” español. Un caso más de justicia patriarcal amparado por un sistema judicial que en España cierra la puerta a cualquier posibilidad de valoración de pruebas en una segunda instancia.

Los magistrados de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla Carlos Lledó González, Mercedes Fernández Ordóñez y Francisco de Asís Molina Crespo han desestimado los recursos de apelación interpuestos por el Ministerio Público y la representación legal de la ex pareja del deportista, contra la sentencia dictada el pasado 27 de julio de 2017 por el Juzgado de lo Penal número 14 de Sevilla.

La defensa de la denunciante lamenta que el sistema judicial español “impide la valoración de pruebas personales en segunda instancia”

La prestigiosa abogada experta en violencia sobre la mujer Amparo Díaz, representante legal de la que fuera pareja sentimental del futbolista canario entre los años 2011 y 2013, ha asegurado a Europa Press que la confirmación del fallo absolutorio dictado ahora por la Audiencia Provincial de Sevilla se produce porque en España el sistema judicial vigente “impide la valoración de las pruebas personales en la segunda instancia” y añade que, aunque estos magistrados tuvieran un criterio distinto al del juez de lo Penal que dictó la primera sentencia absolutoria, “tendrían que llegar a considerar que la sentencia absolutoria de primera instancia no tiene ninguna prueba en la que basarse para absolver, para poder anularla”.

Díaz subraya que su cliente es víctima por partida doble. Por un lado, lo ha sido de violencia de género aunque la justicia haya dictado de momento lo contrario, y ahora “además” lo es “también del sistema legal y judicial” español.

Diversas fuentes jurídicas expertas en violencia de género consultadas por Diario16 corroboran esta realidad denunciada por la abogada de la ex novia del futbolista. “Muy raro” es el recurso de apelación que es atendido por los órganos judiciales en estos casos relacionados con violencia de género y recalcan que las sentencias vuelven a poner el foco en la “credibilidad” del testimonio de la denunciante.

De hecho, el fallo de la Audiencia de Sevilla recalca que la “piedra angular” en que se basa el recurso de la acusación particular es el testimonio personal de la presunta víctima de los malos tratos, que según el tribunal “hizo gala” de “no pocas imprecisiones”  “respecto de muchos hechos en que se sustentaba la acusación”. En ningún momento cuestiona la veracidad del testimonio del futbolista cuando negó tajantemente los malos tratos.

La resolución de confirmación del fallo absolutorio dictado por la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla remite a la doctrina fijada por el Tribunal Constitucional para constatar que “no puede, ni debe, volver a valorar las pruebas que se practicaron ante el juzgador de instancia, ni menos aún comparar el proceso crítico y valorativo de aquel órgano con la que pudiera ser nuestra hipotética propuesta valorativa de la prueba (como en no pocas ocasiones parecen pretender ambos recursos)”, apunta en referencia al presentado por el Ministerio Público y la defensa legal de la denunciante.

Durante la vista oral celebrada en mayo del pasado 2017, la defensa del futbolista incidió especialmente en la vida privada de la denunciante, en su condición de madre soltera y también como trabajadora de un bar de copas nocturno, el mismo trabajo que tenían entonces algunos testigos aportados por la ex pareja del futbolista, cuyos testimonios no fueron tenidos en cuenta para apreciar la posibilidad de la existencia de los malos tratos sobre la denunciante.

Rubén Castro estaba acusado de un delito de maltrato habitual, uno de amenazas y seis delitos de maltrato en el ámbito familiar, por parte del Ministerio Público, y siete delitos de maltrato en el ámbito familiar, uno de agresión sexual y otro de amenazas por parte de la acusación particular. Un juez de lo Penal lo absolvió de todos ellos en julio del año pasado y ahora la Audiencia Provincial de Sevilla confirma la absolución de todos los cargos.

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