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La Constitución monárquica, un contrato de préstamo que finaliza

Domingo Sanz
Domingo Sanz
Nacido 1951, Madrid. Casado. Dos hijos y tres nietos. Cursando el antiguo Preu, asesinato de Enrique Ruano y la canción de Maria del Mar Bonet. Ciencias Políticas. Cárcel y todo eso, 1970-71. Licenciado en 1973 y de la mili en 1975. Director comercial empresa privada industrial hasta de 1975 a 1979. Traslado a Mallorca. de 1980 a 1996 gerente y finanzas en CC.OO. de Baleares. De 1996 hasta 2016, gerente empresa propia de informática educativa: pipoclub.com Actualmente jubilado pero implicado, escribiendo desde verano de 2015.
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análisis

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¿Firmaría usted un contrato de préstamo en el que se dijera en letra grande lo mismo que todo el mundo sabe que está escrito en la letra pequeña?

¿O en el que aparecieran escritas, en las primeras cláusulas, una serie de condiciones circunstanciales a favor del banco de las que solo aparecen disfrazadas por los rincones de un texto cuya lectura resulta imposible de seguir y muy poco comprensible?

No, y los bancos lo saben. De lo contrario, algunos no gastarían para presumir de que sus hipotecarios “no tienen letra pequeña”.

¿Se habría aprobado en referéndum una Constitución cuyo artículo 14 dijera que “Todos los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, exceptuando al Rey”?

Las tres últimas palabras, las subrayadas, son las únicas que no figuran en ese artículo porque hubieran resultado una verdad insoportable, incluso para millones de quienes votaron a favor el 6 de diciembre de 1978.

Y que más inaceptables resultan aún hoy, cuando el paso del tiempo demuestra que quizás es lo único que se ha cumplido, sin ninguna “excepción”, de ese artículo.

Pero claro, ahora no se puede votar.

Busque el chiste con Mafalda, la monarquía bajo amenaza y los mismos pocos que se siguen burlando hoy de los muchos casi todos.

Una Constitución con ese texto podría haber fracasado en las urnas, y “ellos” lo sabían. Por eso, la “excepción” del Rey se la llevaron al artículo 56, punto 3, del Título II, cuando escribieron que “La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad”. Atención al detalle de “La persona”, pues colocó cualquier delito que pudiera cometer por encima de la Justicia.

El dictador Franco, el anterior inviolable, terminó falleciendo, y los inolvidables partes médicos han regresado a nuestras vidas para recordarnos que lo de morir volverá a ocurrir.

Para esa fecha, inevitable y cercana, los sucesores actuales de aquellos prestamistas del 78, hoy en La Moncloa y en la Carrera de San Jerónimo, deben comprometerse inmediatamente a anular todas las cláusulas incluidas en el Título II del préstamo de democracia que seguimos pagando.

Si “ellos” conceden esta mejora en el contrato existen muchas posibilidades de que millones de prestatarios españoles, incluidos los catalanes, sigamos “pagando” los plazos durante un nuevo paréntesis de “estabilidad”, que tanto dicen desear y que tan rentable les resulta siempre.

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