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La Comisión Europea envía un pliego de cargos a Alcogroup y Agroetanol por presunto cártel

Considera que las empresas actuaron en connivencia para influir en el mecanismo de formación del precio mayorista del etanol en Europa

Juan Carlos Ruiz
Juan Carlos Ruiz
Periodista y Licenciado en Ciencias de la Información
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análisis

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La Comisión Europea ha informado a Alcogroup S.A. y a su filial Alcodis S.A., conjuntamente, «Alcogroup», así como a Lantmännen ek för y a su filial Lantmännen Agroetanol AB«Agroetanol», de su dictamen preliminar que indica que, junto con «Abengoa S.A.», que ya resolvió el caso en diciembre de 2021 tras una multa de Bruselas de 20 millones de euros, han infringido las normas antimonopolio de la Unión Europea. La Comisión considera que las empresas actuaron en connivencia para influir en el mecanismo de formación del precio mayorista del etanol en Europa.

«Alcogroup» y «Agroetanol» decidieron no resolver este caso de cártel con la Comisión. Como consecuencia, la investigación de la Comisión ambas empresas se está llevando a cabo con arreglo al procedimiento estándar de cártel.

La Vicepresidenta Ejecutiva Margrethe Vestager, a cargo de la política de competencia, ha afirmado que “el pliego de cargos establece nuestras preocupaciones preliminares de que Alcogroup y Agroetanol, junto con Abengoa, pueden haber pactado en el pasado para influir en los precios de referencia del etanol. Esto es ilegal bajo nuestras reglas de competencia»

En la Comisión preocupa que la conducta de estas empresas perjudique a la competencia en el mercado de suministro de biocombustibles, «que contribuyen a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. Con los precios de los biocombustibles inflados artificialmente, los objetivos del Acuerdo Verde también se ven socavados”, comenta Vestager.

El etanol es un alcohol elaborado a partir de biomasa como el trigo, el maíz o la remolacha azucarera que, cuando se añade a la gasolina, puede utilizarse como biocombustible para vehículos de motor. El puerto de Rotterdam y el mercado de barcazas de Ámsterdam-Rotterdam-Amberes son los lugares de comercio más importantes para el etanol en Europa.

El papel de «Market on Close»

«Alcogroup», «Agroetanol» y «Abengoa» son productores de etanol. S&P Global Platts, una agencia de informes de precios que proporciona evaluaciones para diferentes mercados de productos básicos, incluido el etanol, tiene en cuenta la actividad comercial en esta área para establecer sus puntos de referencia de etanol, que se utilizan como precios de referencia en la industria. Para establecer sus puntos de referencia de etanol, Platts utiliza un proceso de evaluación de precios llamado «Market on Close» (‘MOC’). Este proceso se basa principalmente en la información de ofertas y transacciones recopilada de los participantes del mercado durante el día y, en particular, durante el intervalo de tiempo entre las 16:00 y las 16:30, hora de Londres, que se conoce como «Moc Window».

Pliego de cargos sobre el supuesto cártel

La Comisión encontró preliminarmente que «Alcogroup», «Agroetanol» y «Abengoa», coordinaron su acuerdo comercial en la Ventana MOC acordaron limitar los volúmenes de etanol en el área de Rotterdam para que no se vendieran en la «Moc Window», en línea con su plan común para aumentar, mantener y/o evitar que disminuya artificialmente el nivel de referencia del etanol de Platts. Las empresas esperaban que esto generaría precios más altos para sus ventas de etanol en virtud de los contratos de suministro de etanol con sus clientes referenciados en esos puntos.

La Comisión descubrió que los comerciantes de «Alcogroup», «Agroetanol» y «Abengoa» tenían contactos ilegales entre ellas en forma de comunicaciones de mensajería instantánea o por correo electrónico.

De confirmarse la opinión preliminar de la Comisión, la conducta de «Alcogroup» y «Agroetanol» infringiría el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y el artículo 53 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («EEE») que prohíben los cárteles y otras prácticas comerciales restrictivas.

La investigación de la CE

La investigación de la Comisión comenzó con inspecciones en mayo de 2013 , octubre de 2014 y marzo de 2015 . En diciembre de 2015 , la Comisión abrió una investigación formal contra «Alcogroup», «Agroetanol» y Abengoa, junto con sus filiales correspondientes. La Comisión adoptó una decisión de conciliación contra «Abengoa» en diciembre de 2021, que no prejuzga el resultado del procedimiento en curso contra «Alcogroup» y «Agroetanol». Por lo tanto, Abengoa no es destinataria de este pliego de cargos.

Un pliego de cargos es un paso formal en las investigaciones de la Comisión sobre presuntas infracciones de las normas antimonopolio de la UE. La Comisión informa por escrito a las partes interesadas de las objeciones formuladas contra ellas. Las partes pueden entonces examinar los documentos en el expediente de investigación de la Comisión, responder por escrito y solicitar una audiencia oral para presentar sus puntos de vista sobre el caso ante los representantes de la Comisión y las autoridades nacionales de competencia.

Si la Comisión concluye, después de que las partes hayan ejercido sus derechos de defensa, que existen pruebas suficientes de una infracción, puede adoptar una decisión prohibiendo la conducta e imponiendo una multa de hasta el 10 % del volumen de negocios mundial anual de una empresa.

No existe un plazo legal para que la Comisión complete investigaciones antimonopolio sobre conducta anticompetitiva. La duración de una investigación antimonopolio depende de una serie de factores, incluida la complejidad del caso, la medida en que la empresa en cuestión coopera con la Comisión y el ejercicio de los derechos de defensa.

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