Las personas que actualmente estén pensando en comprarse una vivienda mediante un préstamo hipotecario o aquellos que están pensando en cambiar de banco su hipoteca y estén analizando detenidamente la oferta bancaria de este producto, habrán comprobado cómo un importante número de entidades financieras ofrecen determinadas bonificaciones para rebajar el diferencial de sus préstamos. Las más habituales suelen ser la domiciliación de la nómina, recibos y la contratación de seguros, como el de hogar o el de vida. Sin embargo, hay muchas otras bonificaciones que aplican los bancos y una de ellas puede ser la contratación de las conocidas tarjetas revolving.

Más de 2 millones de personas se encuentran afectadas por este tipo de tarjetas, un producto financiero que se encuentra judicializado por los abusivos intereses que aplica y la falta de transparencia que suele acompañarle en su comercialización.

El Tribunal Supremo calificó los intereses de una tarjeta revolving como usurarios por los altos tipos de interés que se aplicaban (27,24%), lo que provocó la actuación del Gobierno que puso coto a la espiral de deuda permanente que suelen producir estos productos.

Esta nueva bonificación que plantea la banca con las tarjetas revolving puede salir muy cara a los hipotecados. Rebajar el diferencial un 0,05% o 0,10% -que es lo que habitualmente se oferta para estos productos- puede suponer una deuda adicional al préstamo realmente complicada de saldar y más cuando se ofrece esta tarjeta como una importante disminución mensual de la cuota hipotecaria sin explicar los riesgos que supone el uso de esas tarjetas revolving.

Según reclamador.es, miles de consumidores se están enfrentando a deudas que no paran de crecer y que, para que los bancos devuelvan el dinero y los consumidores puedan dar por cancelado el crédito de esas revolving, se ven obligados tienen que acudir a la vía judicial. Una deuda que, según el año de contratación del préstamo, el tipo de interés de la tarjeta revolving, entre otras circunstancias, asciende, de media, a unos 2.000€, si bien hay casos en los que esa deuda asciende hasta los 10.000€.

Los futuros hipotecados deben estar alerta, pues lo que en principio puede parecer una buena oferta para reducir el coste del préstamo, puede llevar aparejado otra deuda más a la que deba enfrentarse, pero con unos intereses muy elevados –cerca del 20% incluso superior– y con una solución final para el afectado complicada pues, una vez contratada la tarjeta revolving, dar por terminada la deuda generada por la misma se convierte en una batalla judicial.

Por tanto, los futuros hipotecados deben estudiar detenidamente todas las bonificaciones que ofrecen las entidades financieras para rebajar el diferencial del préstamo hipotecario y comparar el coste de esos servicios con la rebaja en la cuota hipotecaria. Un ejemplo muy claro son las tarjetas revolving, pero existen otras bonificaciones que deben compararse, por ejemplo, los seguros, cuyas primas pueden neutralizar o incluso hacer ilusorio el ahorro prometido en el préstamo. Los hipotecados deben estudiar el coste de dichas pólizas contratadas a través del banco con la oferta externa y calcular si la rebaja en la cuota del préstamo al año supone un ahorro real o si, por el contrario, pese a esa disminución del diferencial al final del año el hipotecado termina pagando una cantidad superior a si hubiera contratado el seguro de vida o de hogar con una tercera empresa.

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