El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha acordado hoy revocar la admisión de la querella presentada contra nueve altos mandos de Siria por la hermana de una víctima del conflicto en aquel país.

Los magistrados, por mayoría, acuerdan revocar la decisión del juez instructor Eloy Velasco, que la admitió el pasado 27 de marzo, ante la falta de jurisdicción para la persecución de los hechos a que se refiere el contenido de la querella.

Velasco admitió la competencia para investigar por delitos de terrorismo y desaparición forzada la querella interpuesta contra los altos mandos sirios por la hermana, de nacionalidad española, de una víctima del conflicto en aquel país. En el auto, el magistrado analizaba los hechos descritos en la querella y consideraba que serían constitutivos de los delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra, tortura, terrorismo y desaparición forzada si bien, de acuerdo con las leyes y normativa nacionales y los tratados internacionales, procedía admitirla únicamente por estos dos últimos delitos.

La Sala del Pleno de lo Penal ha rechazado por mayoría admitir la querella presentada contra nueve altos cargos del Gobierno del régimen sirio de Bachar Al-Assad, por un delito de terrorismo al entender que no es competente por falta de jurisdicción.

Los magistrados revocan así la decisión del juez Eloy Velasco que admitió a trámite la denuncia de una mujer de nacionalidad española contra el régimen sirio por la muerte de su hermano en aquel país.

El pleno ha estimado el recurso de apelación de la Fiscalía contra la apertura de las diligencias y obliga al sucesor de Eloy Velasco, el juez Manuel García Castejón a revocar la decisión.

En la querella, interpuesta por un equipo de abogados, la denunciante aportó fotografías de la detención forzada, la tortura y la ejecución de su hermano apelando a la ley de Justicia Universal reformada por el Gobierno del PP en 2014.

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