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La Audiencia Nacional deniega de nuevo la libertad a Villarejo

Al comisario jubilado se le investiga por delitos de jefatura de organización criminal, blanqueo de capitales, cohecho, descubrimiento y revelación de secretos y malversación de caudales públicos

María José Pintor
María José Pintor
Periodista en cuerpo y alma, licenciada en Ciencias de la Información por la Universidad del País Vasco.
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análisis

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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha vuelto a denegar una petición de libertad del comisario jubilado José Manuel Villarejo, en prisión por la denominada “Operación Tándem”, al persistir el riesgo de fuga.

En un auto, los magistrados rechazan el recurso planteado por Villarejo, en prisión desde noviembre de 2017, en el que solicitaba la adopción de medidas cautelares menos graves como la de prohibición de abandonar el territorio nacional y entrega de pasaporte y obligación de presentarse en el juzgado o ante la Guardia Civil. De forma subsidiaria solicitaba que se le instalase un mecanismo de control telemático.

Los jueces de la Sección Tercera rechazan todos los argumentos expuestos por Villarejo, a quien se investiga por delitos de jefatura de organización criminal, blanqueo de capitales, cohecho, descubrimiento y revelación de secretos y malversación de caudales públicos y consideran que el mantenimiento de la prisión provisional ha sido “explicita, detallada y razonadamente justificados” por el juez de instrucción cuya decisión se recurre.

Riesgo de fuga

Dice la Sala que el recurrente no expone nuevos razonamientos por los que sus pretensiones deben ser atendidas, limitándose a efectuar una valoración negativa de cuanto se le ha razonado. “Los argumentos dados por los jueces a que en los autos hoy cometidos acerca de la persistencia del riesgo de fuga, se comparten plenamente por esta alzada, remitiéndonos expresamente a los mismos, teniéndose aquí por reproducidos, estimándose que los razonamientos en tales resoluciones son detallados, concretos, relativos a los datos y elementos particulares existentes en el procedimiento atinentes al recurrente y con ponderación exquisita de las circunstancias personales alegadas, que se desestiman por considerarlas insuficientes para minimizar el riesgo de fuga contemplado, sin que los argumentos expuestos en su escrito tendentes a minimizarlos constituyan más que la expresión de la perspectiva diferentes del recurrente relativa la valoración de los mismos”, argumenta el Tribunal.

En otro auto, la Sección Tercera desestima el recurso presentado por Enrique García Castaño contra la decisión del juez instructor de acumular las diligencias 55/2018 en las que estaba siendo investigado a la pieza principal de la operación Tándem.

El auto señala que de forma provisional la investigación presenta “los caracteres de una organización criminal estable, duradera, con objetivos comunes y distribución de funciones, siendo la del apelante proveer medios técnicos como dispositivos de geolocalización, grabadoras, datos reservados procedentes de bases de datos policiales y de otras identidades como compañías telefónicas o emisoras de medios de pago que facilitaría a José Manuel Villarejo y éste, la información así obtenida, a los clientes que contrataban sus servicios al margen de su trabajo” como funcionario de Policía, participando ambos en el reparto de los beneficios económicos que dicha actividad producía.

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