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La Audiencia Nacional decreta libertad con medidas cautelares para Falciani

Según el auto, el juez Diego Egea le retira el pasaporte y le obliga a presentarse los lunes de cada semana en el juzgado más cercano a su domicilio

Eva Maldonado
Eva Maldonado
Redactora en Diario16, Asesora de la Presidencia de la Conferencia Eurocentroamericana.
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análisis

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El juez instructor de la Audiencia Nacional, Diego Egea, deja en libertad al informático francés Herve Falciani, pero con medidas cautelares. En concreto, le retira el pasaporte y le obliga a presentarse los lunes de cada semana en el juzgado más cercano a su domicilio.

El Ministerio Público había pedido al juez que enviara a prisión incondicional al informático francés Hervé Falciani, tras la declaración prestada por éste en la mañana de este jueves, después de que fuera detenido en Madrid por la Policía en cumplimiento de una orden internacional de detención (OID) cursada por Suiza .Así lo informó la Fiscalía, a expensas de que el juez instructor que le tomó declaración se pronuncie sobre la petición a lo largo de esta mañana.

En un comunicado remitido por el Ministerio Público, éste justifica su petición en «la complejidad del asunto» y advierte de que hay que «estudiar en profundidad la documentación» que remita Suiza para pedir su extradición antes de tomar una decisión, no obstante, planteó también al magistrado tomar medidas cautelares en caso de que el no decrete prisión.

Herve Falciani tiene domicilio en Madrid, aunque sale y entra de España. La defensa de Falciani ha presentado un habeas corpus para solicitar su inmediata puesta en libertad alegando que se trata de una «detención ilegal», ya que «una persona no puede ser juzgada por el mismo delito dos veces».

El despacho ILOCAD, del cual es socio director el ex juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, argumenta que los motivos por los que se arrestó al ex informático bancario ayer en Madrid son los mismos por los que ya fue juzgado y puesto en libertad en 2013.Por ello, considera que se trata de una «detención improcedente que incumple la jurisprudencia española y asume el principio ‘non bis in ídem’ por el cual una persona no puede ser juzgada por el mismo delito dos veces».

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