jueves, 25abril, 2024
15.7 C
Seville
Advertisement

La Agencia Tributaria ya ha devuelto más de 1.300 millones de euros a 2.400.000 contribuyentes

Han presentado hasta ahora su declaración 4.178.000 contribuyentes, un 34% más que el año pasado en las mismas fechas

Agustín Millán
Agustín Millánhttp://pompona22.wixsite.com/agustinmillan
Foto periodista especializado en manifestaciones y actos sindicales. Desde 2011 fotografiando la crisis más dura de la historia moderna. Responsable de redes sociales de la Cumbre Social España. Fotógrafo con 5 campañas electorales entre ellas la de Manuela Carmena y la de Enrique Santiago en IU Madrid.
- Publicidad -

análisis

- Publicidad -

La Agencia Tributaria ya ha devuelto, a fecha de hoy, 1.309 millones de euros a 2.407.000 contribuyentes superadas las dos primeras semanas de campaña del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2019 (IRPF 2019). Se mantiene así un fuerte incremento de las devoluciones con respecto a las mismas fechas del año pasado, del 53% en número y del 50% en importe.

Crecimiento en las presentaciones.

A estas alturas de campaña ya han presentado su declaración 1.061.000 contribuyentes más que el año pasado, lo que supone el 34%.

En el contexto actual de emergencia sanitaria, y teniendo en cuenta que el 88% de los contribuyentes presentan sus declaraciones por internet, se consideró especialmente importante mantener la fecha de inicio de campaña prevista (1 de abril), de manera que los contribuyentes puedan ir recibiendo cuanto antes sus devoluciones.

En la presente campaña está previsto que se presenten 21.030.000 declaraciones, un 1,6% más que el año anterior. De ese total, se prevé que 14.565.000 den derecho a devolución, casi el 70% del total y un 0,5% más que el año anterior, por un importe estimado de 10.686 millones de euros.

La agilización en las presentaciones está alcanzando también a las declaraciones con resultado a ingresar, que crecen un 47%, superando ya las 469.000. Cabe recordar que comenzar la campaña el 1 de abril no supone un perjuicio para los contribuyentes con declaraciones a ingresar. Se prevé para toda la campaña un total de 5.515.000, el 3,1% más, por importe de 12.798 millones.

Vías de presentación

En cuanto a las vías de presentación, además del canal telemático principal, que es la página web de la AEAT (www.agenciatributaria.es), los contribuyentes también están agilizando la presentación a través de la aplicación móvil de la Agencia. Por esta vía se han presentado más de 200.000 declaraciones hasta hoy, un 23% más que el año pasado. De esa cifra total, más de 177.000 se corresponden con presentaciones ‘en un solo clic’ y el resto son contribuyentes a los que la aplicación ha derivado a la web de la Agencia para realizar alguna modificación y han vuelto a la ‘app’ para concluir la presentación.

Mejoras en la ‘app’

La aplicación móvil cuenta con algunas mejoras para seguir reforzando su accesibilidad, usabilidad y experiencia de usuario y, como todos los años, además de presentar la declaración, la ‘app’ permite modificar la asignación tributaria y el código IBAN, y consultar los datos fiscales de campañas anteriores, entre otras utilidades.

Se simplifica el sistema de identificación, de manera que se guiará al contribuyente, según sus preferencias y necesidades, resultando más cómodo el acceso a los servicios de la campaña. Estas mejoras contribuyen a agilizar por vía telemática la presentación de la declaración y, por tanto, también las devoluciones.

Asistencia telefónica

Por otra parte, la asistencia telefónica al contribuyente se encuentra operativa durante toda la campaña a través del tradicional servicio de resolución de dudas tributarias (teléfono Renta Información, 901 33 55 33 y 91 554 87 70).

Quiénes no están obligados a declarar  

En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite es de 14.000 euros anuales.

Ambos límites siguen siendo válidos para no declarar si el contribuyente cuenta, en su lugar o, además, con los siguientes rendimientos íntegros:

 – Dividendos, intereses y ganancias patrimoniales sometidos a retención con un tope conjunto de 1.600 euros.

 – Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con el límite conjunto de 1.000 euros.

 Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

 Revisión de datos personales y económicos que facilita Hacienda

Resulta conveniente revisar el borrador de declaración que ofrece la Agencia Tributaria. A través de RENTA WEB la información será la más actualizada posible, pero, en todo caso, la Agencia puede no disponer de todos los datos con trascendencia en la declaración, datos que quizá el contribuyente deba incorporar al borrador de declaración.

Algunos casos que aconsejan esta revisión son los siguientes: Inmuebles y sus referencias catastrales – Circunstancias personales y familiares (si cambiaron en 2019) – Arrendamientos de inmuebles – Transmisiones – Aportaciones a planes de pensiones – Cuotas sindicales – Percepciones por subvenciones – Deducciones familiares y por maternidad – Deducción por inversión en vivienda habitual – Deducciones autonómicas.

- Publicidad -
- Publicidad -

Relacionadas

- Publicidad -
- Publicidad -

DEJA UNA RESPUESTA

Comentario
Introduce tu nombre

- Publicidad -
- Publicidad -
- Publicidad -
Advertisement
- Publicidad -

últimos artículos

- Publicidad -
- Publicidad -

lo + leído

- Publicidad -

lo + leído