jueves, 25abril, 2024
21.8 C
Seville
Advertisement

Justicia prorroga las medidas antiCovid hasta el fin de la crisis sanitaria

En otras medias, se sigue manteniendo la distribución temporal de la prestación de servicios por el personal de las oficinas judiciales

Eva Maldonado
Eva Maldonado
Redactora en Diario16, Asesora de la Presidencia de la Conferencia Eurocentroamericana.
- Publicidad -

análisis

- Publicidad -

El Ministerio de Justicia ha decidido prorrogar, hasta el fin de la crisis sanitaria, las medidas organizativas y tecnológicas que puso en marcha en septiembre del año pasado para hacer frente a la emergencia causada por la pandemia.

Entre estas medidas está la dispensa del uso de la toga en audiencias públicas -algo que había reclamado la Abogacía-, la limitación del acceso del público a las vistas, la celebración telemática de los actos procesales,  excepto en procedimientos penales por delitos graves o la realización de informes médico-forense basados únicamente en documentación médica.

Estaba previsto que estas medidas,  recogidas en la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al Covid-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, estuvieran en vigor hasta el 20 de junio, pero el Ministerio acaba de anunciar que serán prolongadas:  “Seguirán vigentes hasta que el Gobierno de España declare, de manera motivada y de acuerdo con la evidencia científica disponible, la finalización de la crisis sanitaria, previo informe del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias”.

Medidas antiCovid en los Juzgados

En esta Ley se incluyeron medidas organizativas para garantizar la distancia de seguridad en el desarrollo de las vistas y audiencias públicas,  y evitar, en la medida de lo posible, excesivas concentraciones en las sedes judiciales.

Los juicios, comparecencias, declaraciones y vistas y, en general, todos los actos procesales, se realizan así preferentemente mediante presencia telemática, siempre que los juzgados, tribunales y fiscalías tengan a su disposición los medios técnicos necesarios para ello, excepto en procedimientos penales por delitos graves.

Del mismo modo, también se mantiene la previsión de órganos judiciales asociados a la COVID-19; la asignación preferente de jueces de adscripción territorial en órganos judiciales que conozcan de procedimientos asociados a la COVID-19; la asignación de funciones de los letrados de la Administración de Justicia  y demás funcionarios al servicio de la Administración de Justicia dentro de un mismo centro de destino o en el órgano unipersonal o colegiado de que se trate.

Además para proteger la salud del personal de la Administración de Justicia, del resto de profesionales y de los particulares que acuden a sus sedes, se siguen manteniendo la distribución temporal de la prestación de servicios por el personal de las oficinas judiciales. Con tal objeto, se establecen jornadas de trabajo de mañana o tarde, evitando con ello la coincidencia de todo el personal en las mismas horas. Este horario permite también la  celebración de juicios y vistas no solo en horario de mañana, sino también durante las tardes.

- Publicidad -
- Publicidad -

Relacionadas

- Publicidad -
- Publicidad -

DEJA UNA RESPUESTA

Comentario
Introduce tu nombre

- Publicidad -
- Publicidad -
- Publicidad -
Advertisement
- Publicidad -

últimos artículos

- Publicidad -
- Publicidad -

lo + leído

- Publicidad -

lo + leído