Miles de mujeres han salido en toda España bajo el lema “NINGÚN MALTRATADOR PUEDE SER UN BUEN PADRE”, en apoyo a Juana Rivas. Más allá del caso Juana Rivas, la legislación actual no protege de forma suficiente a las mujeres víctimas de violencia de género, y así lo ha manifestado de forma reiterada el sindicato UGT, cuya Comisión ejecutiva Confederal de UGT exige que se convoque de forma inmediata el pleno del Congreso que debe aprobar el Pacto de Estado contra la violencia de género.

En lo que va de año 6 menores han sido asesinados en nuestro país, víctimas de la violencia de género y desde que se empezaron a contabilizar en el año 2013 son 22.

El movimiento feminista de Galicia ha emitido un manifiesto, titulado: ¡Un abusador no es un buen padre!

“El movimiento feminista en todo el estado, fuimos a las calles en un ejercicio de hermandad con Juana Rivas, con la lucha de todas las Juanas y para que ninguna criatura tenga que vivir con un abusivo. Vamos a luchar juntos por nuestros derechos y nos rebelamos contra la violencia institucional y contra la justicia patriarcal que nos pone en peligro a nosotros ya nuestros hijos”.

Francesco Arcuri fue condenado en 2009 por un tribunal penal de Granada por violencia sexista , golpeando repetidamente a Juana Rivas. En 2016, Juana regresó a la Justicia por repetidos tratos repetidos. Sin embargo, la traducción y tramitación de esta denuncia fue de más de un año sin ser ejecutada, y no se tomó ninguna medida para proteger a Juana o a sus hijos.

“Después de este acto vergonzoso, el sistema judicial obligó a Juana a dar a sus hijos una amante. Así, «Justicia» considera que un hombre que maltrata, que golpea, insulta y humilla, tiene derecho a la custodia de dos menores” continúa el manifiesto.

“Durante el proceso judicial, los derechos de ambos niños no fueron protegidos de a cuerdo con el Estatuto de la Víctima y la Ley del Niño, que exige que se asegure un ambiente libre de violencia, y de acuerdo con el art. 31 del Convenio de Estambul, firmado por España, de modo que el ejercicio de cualquier derecho de visita o custodia pone en peligro los derechos y la seguridad de la víctima y de las criaturas. Por lo tanto, no se cumplió el objetivo de intensificar la asistencia y protección de menores, incluido en el documento recientemente aprobado para la redacción del Pacto Estatal, en el que se afirma que «la custodia compartida en ningún caso se impondrá en casos de violencia de género , ni puede ser adoptada, o provisionalmente, si un proceso criminal para violencia de género está en curso y hay una orden de protección «.

Además, no se respetó su derecho a ser oído y tenido en cuenta , en este caso un menor de once años.

“Lo que es más, tuvimos que ver cómo se llamó para declarar cómo se investigó al asesor legal y psicólogo del Centro de la Mujer de Maracena y la familia de Juana Rivas al segundo grado de consanguinidad. De esta manera, el sistema judicial patriarcal no sólo persigue a Juana y toda su red de apoyo, sino que ataca directamente los centros de atención a las mujeres, a las mujeres ya todos aquellos que las apoyan”, afirma el manifiesto”.

El caso de Juana Rivas es el más visible de una serie de casos de violencia institucional contra la mujer, lo que se suma a las múltiples violencias que enfrentamos cada día. Así que, sistemáticamente, cuando vamos al sistema judicial para reportar estas violencias, nos cuestionan, las humillan y nos dejan desprotegidos.

Al mismo tiempo, se refuerzan los argumentos neo-sexistas como el supuesto Síndrome de Alienación Parental (no reconocido por los sistemas oficiales de clasificación diagnóstica) y el discurso de falsas acusaciones (que según la Procuraduría General del Estado son sólo el 0,01% del total).

“Es por eso que hoy el movimiento feminista sale a luchar contra la violencia institucional como la última expresión del machismo estructural arraigado en nuestra sociedad. Las instituciones ya no pueden animar a las mujeres a denunciar la violencia de género cuando el sistema no las protege a ellas o a sus hijos y deben reflexionar sobre el hecho de que el sistema de justicia no es percibido por las víctimas como un protección y seguridad” sigue el manifiesto del movimiento feminista gallego.

“Las feministas apelan a la justicia por no ser justas , por ser parciales. Hacemos un llamamiento crítico a la justicia, a las instituciones políticas ya los medios de comunicación porque no hacen de la violencia contra las mujeres un objetivo político”.

“Hay muchas mujeres que cada día sufren violencia sexista sin la sociedad, o aquellas personas que defienden el estado de derecho, levantan la voz para denunciarlo, o dicen una palabra para apoyarlas. Sólo hasta ahora este año, 59 mujeres fueron asesinadas por sus parejas o ex parejas y 7 criaturas fueron asesinadas por sus padres abusivos y la sociedad no se ve afectada , no sale a exigir medidas reales. Las instituciones están limitadas, cuando lo hacen, a un minuto de silencio, como si los asesinatos de mujeres hubieran entrado en la normalidad, como si fuera el precio que las mujeres deberían pagar para rebelarse contra el mandato patriarcal”.

“Necesitamos y exigimos leyes y políticas dotadas de suficientes medios y recursos que nos protejan a nosotros ya nuestros hijos, que no seamos marginados e ignorados, porque somos todas las mujeres que luchamos, en un momento dado, tenemos que enfrentar, solos, hombre que la destruyó, intentando en instituciones que deberían protegerla un apoyo que no sólo rara vez encuentra”.

El movimiento feminista exige “que las instituciones actúen para la protección de menores y Juana. Y exigimos el fin de la violencia institucional contra todas las mujeres y un sistema judicial que combate la verdad contra la violencia sexista. Lo que pasa necesariamente por requerir la formación en la perspectiva de género de todos los profesionales que la forman y por contar con el movimiento feminista y aplicar la perspectiva de género al legislar y llevar a cabo la ley.

Denunciamos la ineficacia de las políticas de prevención contra la violencia sexista, a menudo carentes de los medios y recursos necesarios para tratar con ella: no es un recibo que los tribunales específicos se cerrará en el verano por falta de capacidad presupuestaria. No es un recibo que hay centros dependientes, en última instancia de la administración, como las CIMs donde los requisitos establecidos por la ley no se cumplen a menos que tengan el personal mínimo requerido…

“Denunciamos el cierre de recursos como el Ponte Candelas CIM; Reabierto pero en el que los profesionales siguen aislados causando la desprotección de todas las mujeres de dicho ayuntamiento”.

“Como mujeres, como feministas, no queremos callar ante el acoso que algunos medios y diferentes grupos sexistas están adelantando al movimiento feminista y que están usando el caso de Juana Rivas para atacar nuestras afirmaciones”.

“Para concluir, queremos subrayar el importante papel históricamente desempeñado por el movimiento feminista en la lucha por los derechos de la mujer y recordar a todos que no sólo es legítimo desvelarse contra las injusticias, sino que también ha sido el modo en que se han logrado cambios sociales importantes larga historia”, concluye el manifiesto del movimiento feminista.

Más de veinte ciudades se han manifestarse este sábado para pedir justicia para Juana Rivas, la madre de Maracena (Granada) que ha entregado a sus hijos al padre maltratador.

La manifestación está apoyada por una treintena de colectivos, asociaciones y movimientos feministas, así como de sindicatos, como UGT. «Nos reuniremos contra las leyes machistas que no nos protegen. El caso de Juana Rivas es uno más de muchos, y nos manifestamos por ella y por las que han tenido que sufrir lo mismo», han afirmado en el manifiesto leído en la concentración de Madrid.

LA PLATAFORMA 7N EXIGE LA ACTIVACIÓN INMEDIATA DEL PACTO DE ESTADO CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO

La Plataforma 7N contra las Violencias Machistas ha exigido hoy la activación inmediata del Pacto de Estado contra la Violencia de Género aprobado el pasado mes de julio por el Congreso.

Desde la Plataforma recuerdan que una vez aprobado por la comisión de igualdad en julio, se remitiría al Gobierno para que en el plazo de dos meses se sometiera a acuerdo con representantes institucionales y sociales, y que en un plazo no superior a 6 meses se hubiesen tramitados todas las reformas legales.

21 COMENTARIOS

  1. CUIDADO CON LA DESINFORMACIÓN.
    La Alienación Parental Existe.
    El consenso científico considera al fenómeno como un factor que influye en el estado de salud de los afectados.
    La «Alienación Parental» (AP) aparecerá en el catálogo de la Organización Mundial de la Salud (OMS) en el 2018 como un problema asociado a las relaciones interpersonales.
    La AP es real y conlleva desde el punto de vista médico un diagnóstico certero asociado con problemas en las interacciones interpersonales durante la infancia. El concepto actual se desprende de la «Teoría del Apego» (TDA) de Bowlby y Ainsworth.
    Se añadirá el término en la siguiente versión de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE) en la categoría “Problemas en la relación entre un menor de edad y su custodio” a la par de otra condición relacionada que se denomina «Distanciamiento Parental» (DP).
    El diagnóstico de DP se presenta cuando existe repudio de un hijo hacia uno de sus progenitores por causas justificadas y el de AP cuando el rechazo es por causas injustificadas.
    Para esto operan baterías psicológicas de alta fiabilidad diseñadas por un equipo de aproximadamente 340 investigadores, en su mayoría de la salud mental, de 42 países y respaldadas por afamadas instituciones académicas. En orden de importancia, las pruebas descartan: peligro de muerte, lesiones, abuso, maltrato, violencia física y psíquica, secuestro, negligencia, abandono y otros presuntos signos en detrimento de los derechos de un menor. Los marcadores determinan a la AP como una variante del maltrato a menores.
    La CIE es revisada por la OMS cada cierto número de años. La edición actual se llama CIE-10 que se convertirá en CIE-11. Se ha anunciado que la nueva versión está próxima a publicarse. El actual proceso de revisión es el que ha llevado más tiempo en toda su historia y ahora incluirá temas como «problemas en las relaciones interpersonales» y «maltrato infantil.»
    El Derecho Internacional y sus tratados consideran la búsqueda del bien de los niños como inalienable. El interés superior de un menor de edad no es otra cosa que actuar de acuerdo al resultado de la evaluación del impacto que una decisión tendrá sobre el cúmulo de sus derechos. La falta de esta evaluación de forma multidisciplinaria puede trascender incluso en la nulidad de una decisión judicial.
    Es obligación de su familia, la sociedad y el estado velar por su desarrollo integral y tomar las decisiones que más le convengan.
    Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a convivir con sus dos progenitores y su familia ampliada. También tienen derecho a ser escuchados. Su opinión es importante para lograr que la convivencia requerida resulte sana y afectiva.
    Sin embargo esta opinión no es determinante para restringir la convivencia, como tampoco lo es en ningún otro ámbito de sus vida cuando va en contra de sus propios intereses. Es simple, la evidencia muestra que el contacto con toda su familia es indispensable para lograr su desarrollo integral.
    En el plano psicosocial se considera a la AP como una variante del maltrato psicológico y por lo tanto en el sociojurídico un delito, en donde el infractor impide el vínculo paterno-materno-filial sin una razón justificada, siendo que se puede incurrir en la revictimización del menor cuando no exista una impartición de justicia eficaz. Ya existen leyes en contra de estos procesos de manipulación en casi todo el mundo.
    En el plano sociopolítico, la AP ha encontrado una gran resistencia por parte de grupos feministas y machistas radicales pues el postulado declara que el maltrato infantil no discrimina, es decir, que tanto el hombre como también la mujer pueden ejercer violencia, lo que desmonta el constructo cultural de la ideología de género. Éstas corrientes promueven el uso metódico de la denuncia falsa como recurso legal.
    En el plano socioeconómico, la AP es el reflejo de la ambición, en dónde los hijos son usados como medio de chantaje por uno de los progenitores para obtener un beneficio económico.
    A pesar de que la literatura académica presenta fundamentación empírica suficiente que señala la efectividad del diagnóstico de la AP para corregir situaciones graves de maltrato infantil, por rigor científico los expertos exhortan a no usar el término “síndrome” o las siglas “SAP” a la ligera. La palabra síndrome y las siglas SAP sólo deberán ser usadas por profesionales de la salud mental con especialidad en TDA. La recomendación es que legisladores, litigantes y demás personas hagamos referencia del fenómeno sólo como «Alienación Parental», usando las siglas «AP».
    Para solicitar la bibliografía Ud. puede dirigirse al correo electrónico: [email protected] o por Facebook: https://www.facebook.com/groups/AMPFSYuc/
    Elaborado por José Luis Espinosa Fernández.
    https://www.facebook.com/joseluisespinosafernandez
    Más informes con Alejandro Heredia Ávila
    https://www.facebook.com/alejandro.herediaavila
    o Patricia Garibay Juanes.
    https://www.facebook.com/patricia.garibay.372

  2. Se han creado tribunales especiales de violencia de género. Cientos de ellos. Mi pregunta es: ¿Existen tribunales especiales, por ejemplo, para violencia terrorista?. Los tribunales especiales de violencia de género persiguen en base a una especialización encontrar la verdad y hacer justicia? O por el contrario existen para castigar con mayor dureza aplicando una ley que ya de por sí únicamente reconoce el maltrato del hombre a la mujer físico y psicológico y que además vulnera el derecho de presunción de inocencia del varón,que la única prueba de cargo que necesita para condenarle es la declaración de la parte denunciante?¿Acaso da más garantías un proceso rápido e inapelable?¿La justicia no debería ser única y universal para garantizar su imparcialidad y la búsqueda de la verdad, para que nadie sea condenado sin garantías de un proceso justo?¿El supuesto machismo y el patriarcado justifican que se vulneren los derechos fundamentales inalienables de la mitad de la población española?¿Es razonable que deba afectar absolutamente a toda la población masculina hasta el punto de tener que retirarles esos derechos fundamentales inalienables a todos sin excepción cómo se está haciendo?¿Es justo que deba bastar la palabra de una mujer para condenar al hombre? ¿Acaso todos los hombres son malos machistas maltratadores y todas las mujeres son víctimas sin excepción en el País de España.Yo creo que lo único que podría justificar este disparate y este Holocausto son las víctimas. Pero desgraciadamente sigue habiendo víctimas y más víctimas mujeres pero también hombres. Creo que se deben dejar de manipular los medios de comunicación, ser honestos ser buenas personas indistintamente del sexo que nada tiene que ver con la bondad o la maldad. Por favor, en el nombre de Dios de la Justicia de la Verdadera Igualdad de los Derechos Humanos de lo más Sagrado que alguien empiece a arreglar este disparate. Que las leyes no supongan, ni en su elaboración, ni en su aplicación un atentado contra los derechos humanos.Que se castigue con dureza extrema a los hombres que son malos y maltratadores pero no a todos por igual por el simple hecho de pertenecer a un género a una raza o a una religión,pues, si se llega a este punto, esto se podría comparar al Holocausto y persecución de los judíos en la Alemania nazi.

    • Tanta pregunta demuestra su ignorancia. Si se informa un poquito verá que las respuestas ya están publicadas. Por cierto, para el terrorismo está la Audiencia Nacional. 7

      • Con todo mi respeto Señor. Ya que tiene usted las respuestas y yo soy un ignorante me gustaría hacerle alguna pregunta : los crímenes terroristas están perpetrados presuntamente por musulmanes. Por qué a nadie se le ocurre retirarles a todos la presunción de inocencia. Por qué a nadie se le ocurre hacer discriminación por razón de raza sexo religión etcétera?¿ Quizás porque sería un disparate o un genocidio?

        • La presunción de inocencia es para todos. Y en VdeG también, no trates de engañar. No hay que proyectar el resentimiento y la frustración por la incapacidad de mantener una relación.

    • Esto se publicó en todas partes. Es de hace meses. Qué demuestra? Qué hay mujeres asesinas? No aporta nada. Los datos son abrumadoras, a pesar de que haya machoflautas resentidos que mientan frustrados por su incapacidad de mantener una relación.

      • Esta noticia, que además no es el único caso,no salió en ningún medio de comunicación importante. Si hubiera sido al revés,hubiera salido a todas horas en todos los telediarios muchos días consecutivos. Habría generado manifestaciones de repulsa en toda España. Habría provocado cambios ,a golpe de clamor popular, en las leyes contra el hombre. El hombre en la Ley de Violencia de Género no tiene presunción de inocencia. Tiene exactamente lo contrario presunción de culpabilidad.

  3. «Francesco Arcuri fue condenado en 2009 por un tribunal penal de Granada por violencia sexista , golpeando repetidamente a Juana Rivas».

    Que no, que esto no es cierto, fue condenado simbólicamente a 3 meses de cárcel por un delito de «lesiones menores en el ámbito de la violencia doméstica» o algo así, pero esto es un artículo del código penal diferente al del maltrato o violencia sexista. Por favor, a ver si hablamos con propiedad.

    No tiene ninguna condena por violencia sexista, tiene una acusación por violencia sexista, y ningún juez que lo haya sentenciado.

      • No haces nada bien intentando ridiculizar y desacreditar a personas que intentan dar su opinión. Dentro de 15 o 20, todos diran,tras ver el daño,dolor y tremenda injusticia causados por esta terrible ley : ojalá nunca nadie tuviera que haber escrito estas cosas.
        Soy mujer, licenciada en Derecho y estoy en contra de cualquier maltrato, el género, incluye masculino y femenino . A favor de la igualdad

      • No es que duelan menos mutante es que no existiero .
        Juana llego como una cuba (borracha) según Arcury y este tuvo al oler su apestoso aliento que decirle que se acostara en la habitación de al lado siempre según Arcuri.
        Cuando oyó esto Juana le obsequio con una linda hostia en la cara se giro y fue a emprenderla con objetos como los auriculares para que Arcuri y su hijo supieran lo que ella opinaba del asunto.Arcure la sujeto de las muñecas en defensa propia y ella lo denuncio.
        Fue condenado por violencia en el ámbito familiar por el articulo 253 que implica un delito sin lesiones y sin parte medico que además no es un delito de maltrato de genero que para ser tal necesita condena de mínimo seis meses.
        Así que ya sabes porque Juana no ha recurrido al juez de sustracción de menores a acogerse que Arcuri es un maltratador ni sus abogados tampoco.
        Lo has comprendido mutante?
        Todo se reduce a una mujer mentirosa que intento vivir a lo grande a costa de robar los niños al marido y a unas manos largas que la cogen de la cintura siendo hetero. Trata de blancas

  4. Los medios, políticos y demás que se han posicionado junto a Juana y la alientan a que siga cometiendo estos delitos, son todos ellos y ellas, responsables de los mismos delitos, ya que así lo recoge nuestro código penal. Y lo mejor es que cualquier persona puede denunciar a cualquier político, periodista u organización que induzca a Juana a cometer estos delitos, son autores del mismo delito.
    Recordemos que dice el código penal sobre esto
    Art. 28 CP:
    Son autores quienes realizan el hecho por sí solos, conjuntamente o por medio de otro del que se sirven como instrumento.
    También serán considerados autores:
    a) Los que inducen directamente a otro u otros a ejecutarlo.
    b) Los que cooperan a su ejecución con un acto sin el cual no se habría efectuado.
    Mas grave si cabe, es la posible participación de todos aquellos que defienden el #juanaestaenmicasa, la posible comisión de un delito grave de sedición cuando el código penal nos recuerda que:
    Artículo 544
    Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales.
    Artículo 545
    1. Los que hubieren inducido, sostenido o dirigido la sedición o aparecieren en ella como sus principales autores, serán castigados con la pena de prisión de ocho a diez años, y con la de diez a quince años, si fueran personas constituidas en autoridad. En ambos casos se impondrá, además, la inhabilitación absoluta por el mismo tiempo.
    Y el Artículo 548 dice que:
    La provocación, la conspiración y la proposición para la sedición serán castigadas con las penas inferiores en uno o dos grados a las respectivamente previstas, salvo que llegue a tener efecto la sedición, en cuyo caso se castigará con la pena señalada en el primer apartado del artículo 545, y a sus autores se los considerará promotores.
    Pero, independientemente de todo esto, en que organizaciones feministas, partidos e instituciones como el ayuntamiento de Maracena, están cometiendo estos delitos de forma impune (hasta el momento), es que además están yendo contra los tratados que defienden los derechos civiles de todos los ciudadanos, y lo que es mas grave si cabe, están vulnerando con su actitud, la convención de los derechos del niño de las NNUU.
    Creo que tras el caso de Juana, va a haber un antes y un después en este país sobre las políticas de género, ya que como en todas las dictaduras, si permitimos que quienes alientan a Juana a cometer delitos, no son castigados por ella, se abre la veda a la desobediencia a las leyes y a los tribunales de justicia, y cuando esto pasa (como por ejemplo lo que está pasando en Venezuela) es que el Estado de derecho, ha desaparecido.

      • A ver mutante que justifica que teniendo el centro de la mujer de Maracena Granada esta información:
        El padre condenado por violencia de género no puede ejercer la custodia compartida de sus hijos

        La condena por un delito de violencia de género, que aparta al padre del entorno familiar y de la comunicación con la madre, imposibilita el ejercicio de la función parental adecuada al interés de los hijos y, por tanto, el ejercicio de la custodia compartida.

        Así lo ha declarado la Audiencia Provincial de Cantabria en una sentencia de fecha 9 de marzo de 2016 (sentencia número 153/2016, ponente señor Fernández Díez), por la que revoca la decisión del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Santander que había otorgado la custodia compartida de sus hijos a un hombre que condenado por un delito de malos tratos.

        Opinión favorable de un hijo y del equipo psicosocial
        Según Europa Press, el juez de instancia había decidido estimar la petición del padre de tener la custodia compartida de sus dos hijos, de 14 y 7 años de edad basándose en que la apreciación de que no se trata de una persona violenta; en el testimonio del hijo mayor de querer estar con su padre tanto tiempo como con su madre y en el informe favorable del equipo psicosocial, llevaron al magistrado a acordar la guarda compartida entre los progenitores.

        La sentencia de instancia descartaba igualmente que se estuviera ante «una persona violenta, hasta el punto de que ello le inhabilita para ejercer como guardador y cuidador de sus hijos», añadiendo que cuando el Código Civil impide otorgar la custodia compartida si existe violencia doméstica lo que trata es de «apartar de una personalidad agresiva, con ausencia de control de impulsos y que use la violencia contra la esposa o madre de los hijos de manera habitual, de que esté con sus hijos de una manera continuada hasta el punto de que llegue a influirles tan negativamente que perjudique su desarrollo psicoemocional». «Esto desde luego no se traduce de la prueba practicada en el acto del juicio», añadía en su sentencia.

        Por todo ello, el magistrado entendió que «la total ausencia de acreditación de que los menores estén afectados en su bienestar y desarrollo», y las propias manifestaciones de la madre de «querer favorecer las relaciones de sus hijos con el padre, al que considera que hace una buena labor con ellos», eran razones para estimar la petición de custodia compartida.

        La condena por violencia de género impide el ejercicio de la custodia compartida
        Sin embargo, la Audiencia ha estimado los recursos presentados por la madre de los menores y por el ministerio fiscal, que sostenían que no procedía atribuir la custodia compartida por haber sido condenado el progenitor por un delito de violencia de género.

        A este respecto la Sala recuerda que «una cosa es la lógica conflictividad que puede existir entre los progenitores como consecuencia de la ruptura, y otra distinta que ese marco de relaciones se vea tachado por una injustificable condena por un delito de violencia de género».

        Y añade que tal condena «aparta al padre del entorno familiar y de la comunicación con la madre, lo que va a imposibilitar el ejercicio compartido de la función parental adecuado al interés de sus dos hijos». «En consecuencia y pese al informe psicosocial procede atribuir la guarda y custodia sobre los hijos menores a la madre», apostilla.
        Que la tenían antes de la presentación de Juana ante el juez de sustracción de menores .Juana no le dijera. Al juez señoría me quede los niños porque la ley española dicen que son mios y además no pueden ser del padre.
        No en su lugar vimos un episodio de trata de blancas con Juana Ricas una Heterosexual cogida de la cintura por otra «mujer» sin su consentimiento y achuchada por otras sin motivo y esquivando acabar con la farsa que daría inmediatamente los niños a su madre que es la única que los puede tener según la ley española siempre por supuesto que Arcuri sea un maltratador condenado. Lo es????

  5. No haces nada bien intentando ridiculizar y desacreditar a personas que intentan dar su opinión. Dentro de 15 o 20, todos diran,tras ver el daño,dolor y tremenda injusticia causados por esta terrible ley : ojalá nunca nadie tuviera que haber escrito estas cosas.
    Soy mujer, licenciada en Derecho y estoy en contra de cualquier maltrato, el género, incluye masculino y femenino . A favor de la igualdad

  6. Juana Rivas a la cárcel y todas las que actúan como ella también por sinvergüenzas y pasarse la ley por donde les place cuando les interesa.

    SEGUNDO no escupas tan alto que te puede caer en la frente. Y si te informaras un poco mas allá de lo que te dice la televisión y los medios parciales te daría algo mas de mi tiempo para leerte pero leyendo las dos primeras líneas de tus comentarios ya me sobra el resto…..juan

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