El Parlamento Europeo ha retirado el derecho del líder de Esquerra Republicana (ERC) Oriol Junqueras a ser eurodiputado después de que el Tribunal Supremo le comunicara que la consecuencia de su condena en firme por el ‘procés‘ es que queda inhabilitado para asumir ese cargo, ha anunciado el presidente de la eurocámara, David Sassoli.

El presidente del Parlamento Europeo explica que la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) obliga a la institución a «tomar nota sin dilación de las decisiones que con carácter definitivo tomen las autoridades judiciales competentes de los Estados miembros».

«Teniendo en cuenta la decisión de la Junta Electoral Central del 3 de enero de 2020 y de conformidad con la decisión del Tribunal Supremo de 9 de enero de 2020, el mandato del señor Junqueras i Vies expiró con efecto 3 de enero de 2020″, señala el texto.

No obstante ello, el Reglamento de la eurocámara señala que quien hubiera perdido la condición de diputado, como es el caso de Oriol Junqueras, podrá no obstante pedir amparo con objeto de que se amparen sus privilegios e inmunidades si demuestra que las autoridades judiciales nacionales actuaron con violación de los principios y derechos que garantizan los Tratados de la Unión.

Así lo indican expresamente los artículos 7 y 9 de ese texto normativo, estableciendo un único procedimiento tanto para el suplicatorio como para pedir el amparo, que se reconoce igualmente a quien ostente la condición de diputado como a quien ya la hubiera perdido, refiriéndose en este último caso el Reglamento como  “antiguo diputado”, que seguirá siendo titular de sus “privilegios e inmunidades”.

De esta forma, la reglamentación de la inmunidad europea se aparta de los derechos nacionales como el español que atribuyen a las Cortes la última palabra sobre el estatuto del parlamentario, mientras que la eurocámara deberá respetar las decisiones que con carácter definitivo adopten las autoridades naciones sin perjuicio de que los llamados “antiguos diputados” puedan recabar el amparo del Parlamento para que en su caso se les puedan restituir sus “privilegios e inmunidades”, si se demuestra que las autoridades judiciales nacionales que lo cesaron actuaron con vulneración de los principios y derechos que garantizan los Tratados de la Unión.

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