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El Juez Vidal nunca cesó formalmente en su destino

La suspensión con la que fue sancionado el Juez Vidal no se publicó en el BOE, lo que significa en puridad que el ex senador de ERC nunca cesó formalmente en su destino

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análisis

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El juez Vidal tenía que reincorporarse a la carrera judicial después de cumplir la suspensión de tres años impuesta por el propio CGPJ el 26 de febrero del 2015 por haber participado en las tareas de redacción de una constitución catalana. El 24 de enero de 2018 solicitó el reingreso al servicio activo, y la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se lo denegó por su supuesta «falta de aptitud como consecuencia de sus manifestaciones e intervenciones públicas efectuadas durante el periodo de suspensión de funciones», que ponían de manifiesto — según sostuvo entonces la Permanente — su «falta de lealtad a las instituciones del Estado y a la Constitución».

Vidal recurrió esa decisión ante la Sala 3ª del Tribunal Supremo, y unos meses después el Tribunal Constitucional declaraba la inconstitucionalidad del artículo de la Ley Orgánica del Poder Judicial que preveía la facultad del CGPJ para hacer una valoración de la «aptitud» de los jueces que habían sido sancionados y pedían su reingreso.

Es con base a dicha declaración de inconstitucionalidad el motivo por el que Santiago Vidal volvió a solicitar al CGPJ su reincorporación, pero esta vez de manera inmediata y sin valoraciones de “aptitud”.

En el día de ayer, la Comisión Permanente ha comunicado al magistrado y ex senador de ERC que no resolverá su reingreso en la carrera judicial hasta que el Tribunal Supremo no estudie el recurso que presentó contra la decisión que denegó su “aptitud” para su reingreso, lo que según fuentes judiciales no es más que una maniobra del órgano de gobierno de los jueces para intentar retrasar lo que es inevitable, teniendo en cuenta además que la suspensión con la que fue sancionado el Juez Vidal no se publicó en el BOE, lo que era obligatorio a la vista de lo que dispone el artículo 353 del Reglamento de la Carrera Judicial que dice que: los jueces y magistrados cesarán en sus destinos el día siguiente hábil a aquél en que se publique en el «Boletín Oficial del Estado» la resolución que lo motive; lo que significa que, al no publicarse en el BOE la sanción de su suspensión, el Juez Santiago Vidal nunca cesó formalmente en su destino.

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1 COMENTARIO

  1. Pese a redactar una constitución, anti constitucional y posicionarse políticamente contra el estado Español, teniendo en cuenta el detalle sin importancia de que es juez. Si pretende que lo expediente y lo echen, que diga que vota a VOX. Ya verás lo que dura en el cargo.

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