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IRPH: «Trazas de prevaricación» y la «obsesión por salvar a la banca» del Tribunal Supremo

Según señala José María Erauskin en un vídeo de análisis sobre la última sentencia del Supremo, mientras el magistrado Francisco González de Audicana siguió paso a paso la jurisprudencia del TJUE para anular el IRPH, la sentencia del Supremo es una "chapuza jurídica", una "sucesión de ocurrencias" en la que podrían atisbarse incluso "trazas de prevaricación"

José Antonio Gómez
José Antonio Gómez
Director de Diario16. Escritor y analista político. Autor de los ensayos políticos "Gobernar es repartir dolor", "Regeneración", "El líder que marchitó a la Rosa", "IRPH: Operación de Estado" y de las novelas "Josaphat" y "El futuro nos espera".
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análisis

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Los abogados guipuzcoanos, Maite Ortiz y José María Erauskin, iniciaron la batalla judicial contra el IRPH hace casi una década. En las últimas horas, han anunciado que la última sentencia del Tribunal Supremo, dando por buena la cláusula, no cerrará un asunto que le puede costar a la banca más de 40.000 millones de euros. Esa cifra es, tal vez, la verdadera razón del sentido de determinadas sentencias.

En concreto, Erauskin, en un vídeo difundido a través de sus redes sociales, hace un análisis muy crítico de la última sentencia del Supremo poniéndola en contexto dentro de una larga trayectoria de fallos de un tribunal «obsesionado con salvar a la banca«.

El pronunciamiento del Supremo es comparado con la reciente sentencia del juzgado número 38 de Barcelona, que fue quien remitió las cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y que, a la luz de las respuestas recibidas desde Luxemburgo, anuló la cláusula IRPH. Según Erauskin, el magistrado Francisco González de Audicana sigue paso a paso la jurisprudencia del TJUE, mientras que la sentencia del Supremo es una «chapuza jurídica«, una «sucesión de ocurrencias» en la que podrían atisbarse incluso «trazas de prevaricación«.

A pesar de que la jurisprudencia europea establece que es obligación del profesional facilitar información suficiente para que el consumidor comprenda el funcionamiento de la cláusula y sus consecuencias económicas, el Supremo desplaza esta responsabilidad al consumidor, que lo debe mirar en el BOE. El TJUE consideró que el folleto informativo no es imprescindible siempre que el profesional acredite haber facilitado información suficiente (no es el caso) y siempre que no sea requerido por la normativa nacional (es el caso). Según Erauskin, el Supremo «ni lo mira».

En realidad, al Supremo «le da igual» que el Banco de España exigiera acompañar el IRPH de un diferencial negativo y que el préstamo objeto de su sentencia tuviera uno positivo. «Ni siquiera habla de ello».

Sobre el posible incumplimiento de la exigencia de buena fe, que el Supremo descarta porque el IRPH es un tipo oficial que también han empleado los gobiernos, Erauskin remarca que «ese no es el criterio» dado que se debe valorar si el profesional podía considerar que con plena información el cliente aceptaría la cláusula. El abogado subraya además que los distintos gobiernos, al emplear el IRPH para la financiación de viviendas de protección oficial, lo han hecho aplicando diferenciales negativos.

Finalmente, Erauskin critica con extrema dureza la imposición de costas al consumidor, algo que considera una medida para disuadir a la ciudadanía de emprender acciones legales. La ley de Enjuiciamiento Civil establece que no procede imposición de costas si hay dudas de hecho y de derecho, y en materia de IRPH las hay, pues ha habido sentencias contrarias en primera y segunda instancia, las sentencias del Supremo han contado con votos particulares y se han elevado cuestiones prejudiciales al TJUE, que se ha pronunciado al menos en tres ocasiones.

De cara al futuro, José María Erauskin anuncia una batería de medidas que incluiría pedir nulidad de actuaciones por vulneración de tutela judicial, pedir amparo del Tribunal Constitucional, denunciar los hechos ante la Comisión Europea y elevar nuevas cuestiones prejudiciales al TJUE. Además ha hecho un llamamiento a todos los abogados con demandas de nulidad de IRPH para que presenten las mismas cuestiones prejudiciales, centradas en desmontar los argumentos esgrimidos por el Supremo.

Asimismo, reitera su petición al gobierno de Pedro Sánchez para que retire el IRPH de una vez, pues independientemente de que los tribunales determinen si fue incorporado de manera abusiva o no a los contratos ha quedado demostrado que es un índice opaco.

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4 COMENTARIOS

  1. Lo teneis facil, haceis UN MODELO DE QUEJA A LA COMISION, lo enviamos todos a la comisión europea y cuando tengan CIENTOS DE MILES INTERVENDRAN EL EL ASUNTO

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