El Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Donosti ha declarado nula por abusiva la cláusula IRPH aplicada por la banca en un préstamo hipotecario. Además, la sentencia ha anulado los intereses abonados según el sustitutivo Euribor recogido en el contrato.

El préstamo fue firmado en 2008 con KutxaBank y es igual a otros miles que se firmaron en fechas similares por toda Gipuzkoa. En todos los casos el índice empleado era el IRPH Cajas, y ya el contrato preveía como tipo sustitutivo el Euribor+1%, pero como dejó de publicarse en 2013 por su falta de transparencia, todos los préstamos citados pasaron a abonar intereses según Euribor.

El cambio de IRPH Cajas a Euribor+1% supuso un gran alivio para miles de familias, que dejaron de abonar hasta 300 euros menos cada mes, lo que supuso a KutxaBank una pérdida de ingresos puesto que se vio obligada a aplicar el sustitutivo Euribor+1% porque así lo preveían los contratos. El banco retrasó todo lo que pudo esta sustitución, y para ello desoyó las peticiones expresas que le llegaron de decenas de ayuntamientos y también del Parlamento Vasco. Incluso las Juntas Generales y la Diputación Foral de Gipuzkoa, fundadoras de Kutxa y con representación en su consejo de administración, urgieron a la entidad a no demorar la sustitución, pero todo fue en vano. La decisión de retrasar el cambio a Euribor fue votada en diversas ocasiones en el Consejo de Administración de Kutxa, donde se impuso la mayoría de PNV, PSE-PSOE y el sindicato CCOO. Sólo EH Bildu defendió una sustitución inmediata a Euribor en la mesa de decisión.

La sentencia, fechada el 30 de septiembre, declara nulo el IRPH Cajas, basándose en la sentencia europea de 3 de marzo de 2020 y su sustitutivo Euribor+1%. En consecuencia, el préstamo queda sin remunerar y Kutxabank es condenada a devolver todos los intereses cobrados, sumándole además los intereses legales correspondientes.

La demanda fue interpuesta por un consumidor con la asistencia de Abogados Res (Maite Ortiz y José María Erauskin), los mismos que llevaron el IRPH al Tribunal Supremo (que falló a favor de la banca) y posteriormente al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) (que corrigió al Supremo).

Esta decisión de este Juzgado de Donosti ha sido dada a conocer unos días antes de que se produzca el segundo pronunciamiento del Tribunal Supremo sobre la cláusula IRPH, anunciado para este miércoles 21 de octubre, en el que deberá corregir su anterior sentencia tras haber sido desautorizada por Luxemburgo.

Tal y como publicamos en Diario16, los afectados del IRPH tienen muy poca confianza en el Supremo. La Asociación IRPH Stop Gipuzkoa, por ejemplo, tiene claro que el tema tendrá que volver a Europa. El juez que planteó la primera cuestión prejudicial al TJUE, el magistrado González de Audicana, ya anunció su intención de elevar una segunda cuestión y, por ello, la banca pidió la recusación del juez, petición que fue inadmitida, tal y como adelantamos en Diario16.

Sin embargo, la sentencia dictada en Donosti, que sigue lo indicado por la Audiencia Provincial de Toledo, es un recordatorio de que los jueces españoles están obligados a aplicar la jurisprudencia que emana de las sentencias de Luxemburgo sin esperar a conocer la opinión del Tribunal Supremo español.

Además, la sentencia pone de manifiesto que el nivel de exposición de KutxaBank al IRPH es muy superior a la que comunicó a la CNMV. En efecto, la entidad vasca informó en 2019 que su exposición se limitaba a un saldo vivo de 727 millones de euros de préstamos referenciados a IRPH. La sentencia demuestra que no sólo los préstamos que actualmente mantengan el IRPH pueden ser objeto de reclamación, sino que todos los préstamos que en algún momento hayan sido referenciados a este índice pueden ser impugnados. Según datos de la propia Kutxa, su saldo vivo de hipotecas referidas a IRPH, antes de la sustitución forzada a Euribor, era 6 veces superior, superando los 4.500 millones de euros.

La demanda pedía también la nulidad de otras cláusulas abusivas, que contienen las hipotecas de Kutxa. La sentencia anula algunas de ellas y en otras la propia entidad bancaria se ha allanado, es decir, ha aceptado retirar las mismas y devolver las cantidades indebidamente cobradas. Esto significa que Kutxabank está aplicando cláusulas abusivas de manera consciente a miles de personas, y se niega a dejar de aplicarlas salvo que se interponga una demanda, hecho que se demuestra en la información publicada por Diario16 respecto a la condena al Santander por, precisamente, provocar que sus clientes se vean abocados a la vía judicial en vez de retirar cláusulas abusivas anuladas por la Justicia.

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