viernes, 29marzo, 2024
16.5 C
Seville

IRPH: El analfabetismo financiero de los jueces, el mejor aliado de los bancos

El desconocimiento absoluto por parte de los magistrados de conceptos financieros ha provocado que se dicten sentencias, sobre todo en el Tribunal Supremo, que han beneficiado claramente a los bancos

José Antonio Gómez
José Antonio Gómez
Director de Diario16. Escritor y analista político. Autor de los ensayos políticos "Gobernar es repartir dolor", "Regeneración", "El líder que marchitó a la Rosa", "IRPH: Operación de Estado" y de las novelas "Josaphat" y "El futuro nos espera".
- Publicidad -

análisis

- Publicidad -

El conocimiento financiero debería ser clave en la formación de los jueces españoles. Sin embargo, no es así y tiene una consecuencia fatal para las víctimas de los abusos de los bancos porque este analfabetismo financiero provoca que los grandes despachos de abogados (Uría y Menéndez, Garrigues, Cuatrecasas, Baker McEnzie, Ramón y Cajal, etc.) se aprovechen para presentar escritos que, al final, los jueces no entienden.

Luego, evidentemente, está el «analfabetismo interesado» de determinados magistrados que lleva a que se archiven causas de blanqueo de capitales a pesar de los informes de los expertos, como ocurrió con Banco Santander, o que las instrucciones se desarrollen por el camino erróneo, como está sucediendo en el Caso Popular.

Por esta razón, son muchas organizaciones sociales las que están reclamando una formación de tipo financiero para los jueces de lo Civil para evitar que incluyan en sus sentencias conclusiones, no ya confusas, sino directamente falsas o financieramente absurdas. No hay nada más desolador para el ciudadano que sufrir una sentencia desfavorable donde queda patente que el juzgador no sabe de qué está hablando.

Esta deficiencia de la Justicia se hace patente en el caso del Tribunal Supremo. Se da la paradoja jurídica, extrema, que las sentencias IRPH del Alto Tribunal se han basado hasta ahora en el principio de que cualquier consumidor medio entiende qué es el IRPH, cuando el redactado de la sentencia prueba que el propio Tribunal Supremo no lo entiende.

Por un lado, el Supremo razona sus decisiones en base a una definición falsa del IRPH. En la sentencia de diciembre de 2017 indica que «dado carácter esencial de la propia cláusula, no cabe considerar que el consumidor no se apercibiera de su importancia económica y jurídica y que pudiera conocer que el interés resultante en dicho periodo se calculaba mediante la aplicación de un índice oficial consistente en una media de los índices hipotecarios de todas las entidades que actuaban en España al que se sumaba un margen o diferencial».

Esto es falso porque el IRPH es una media más elevada que la que cree el Tribunal Supremo, pues es la media del tipo de referencia, más el diferencial, más los gastos que correspondan (comisiones). Es decir, que el Supremo redactó una sentencia imaginándose que está hablando de tipos simples (3,5% como tipo inicial de un préstamo) cuando se está refiriendo a tipos TAE (3,75% como TAE del mismo préstamo).

Por otro lado, la incultura financiera de los jueces les lleva a sostener como verdad económica algo que es absolutamente falso. Según la misma sentencia, «ello es relevante porque, dado que hasta ahora el Euribor ha tenido un valor inferior al IRPH, el Euribor también influyó en la conformación a la baja de los valores del IRPH, puesto que las operaciones referenciadas a dicho índice se incluían en el cálculo de este último».

El Supremo no tenía más que haber mirado la evolución de los tipos de interés para darse cuenta del error que habían cometido. Desde mayo de 2011 hasta junio de 2013 el Euribor baja, mientras que el IRPH subió tanto que le separó en 2,3 puntos.

Según indica el informe sobre el IRPH que el Ministerio de Consumo tiene «secuestrado», «esta información, que el IRPH pueda llegar a subir mientras el Euribor baje, y que este comportamiento se pueda prolongar durante años, no escapa a las personas con conocimiento financiero. Un consumidor medio (y el propio Tribunal Supremo), en cambio, no saben que esto pueda suceder. Paradójicamente, este consumidor medio suele contratar IRPH porque la entidad financiera le ofrece seguridad (‘un tipo estable’, ‘que protege de las subidas del Euribor’).

Una familia que hubiese contratado su hipoteca en los primeros años del siglo XXI se encontró con que el comportamiento de Euribor e IRPH era similar. No había tanta diferencia entre un índice y otro. Sin embargo, el Tribunal Supremo dictó su sentencia en el año 2017, esto es, cuando ya se había dado la separación de valor del Euribor y el IRPH.

Lo grave es que el consumidor pudo haberse equivocado por el asesoramiento poco transparente de la entidad bancaria, pero el Tribunal Supremo se equivocó mucho más. El consumidor medio no disponía de la evidencia experimental, porque cuando firmó el contrato dicha evidencia era un hecho futuro. Pero cuando el Tribunal Supremo dictó su sentencia (donde examinó la evolución de los tipos) la evidencia era un hecho pasado y, aun así, no entendió el significado de dicha evidencia.

- Publicidad -
- Publicidad -

Relacionadas

- Publicidad -
- Publicidad -

2 COMENTARIOS

  1. Totalmente de acuerdo! Yo tengo una hipoteca variable y me ha quedado el IRPH congelado, fijo.
    En primera instancia me resolvieron el caso como si fuera un IRPH entidades.
    Utilizaron cortar y pegar e incluso habían varios fallos en los datos del contrato de la hipoteca.
    Yo ví el desconocimiento que tienen los jueces e incluso el abogado que me defiende y me he sentido y me siento muy indignada y no creo en la justicia!

  2. Gracias, información muy útil.Ya era hora de que alguien hable o escriba sobre éste tema porque nos sentimos desamparados.La justicia sólo defiende los intereses de la banca,esperemos que el TJUE tome nota y hagan algo,aunque no tengamos ya muchas esperanzas de que nos devuelvan todo lo que nos han cobrado de más.Animo a todos los afectados.

DEJA UNA RESPUESTA

Comentario
Introduce tu nombre

- Publicidad -
- Publicidad -
- Publicidad -
- Publicidad -

últimos artículos

- Publicidad -
- Publicidad -

lo + leído

- Publicidad -

lo + leído