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La recuperación de los dos años de cotización a los parados de larga duración, positiva pero insuficiente

La Unión General de Trabajadores valora la medida anunciada por el Gobierno de devolver dos años de cotización a los parados de larga duración durante los años de crisis

Eva Maldonado
Eva Maldonado
Redactora en Diario16, Asesora de la Presidencia de la Conferencia Eurocentroamericana.
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análisis

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La Unión General de Trabajadores valora la medida anunciada por el Gobierno de que los parados de larga duración durante la crisis vuelvan a tener la oportunidad de cotizar a la Seguridad Social hasta dos años, con el fin de darles la posibilidad de mejorar su futura pensión. Sin embargo, el sindicato destaca algunos elementos a considerar.

En primer lugar, el sindicato señala que es una medida paliativa de los efectos de la reforma laboral del PP, que facilita y abarata los despidos. Cinco millones de trabajadores y trabajadoras con contrato indefinido durante la crisis, muchos de los cuales podrían haberse salvado con una regulación que obligara a los ajustes temporales (en lugar de los más agresivos) de las empresas cuando se trata de situaciones negativas de carácter coyuntural y no permanente o estructural.

Por eso es una medida que supone un nuevo ejemplo de la necesaria reforma laboral que necesita nuestro país, derogando la reforma laboral actual y similar a las que existe en la mayoría de los países europeos, ya que debería estar incluida en el marco de un paquete general de reformas dirigidas a paliar los efectos de la crisis sobre los más perjudicados por ella y, sobre todo, a crear unas nuevas condiciones para prevenir y evitar que no se vuelva a producir una debacle laboral de estas características.

Es la Orden Ministerial que prepara el Departamento de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y que desarrolla reglamentariamente el Real Decreto-ley del 28 de diciembre del año pasado, que subió las pensiones para este año, incluido en la disposición adicional vigésimo novena de la Ley General de la Seguridad Social. Una norma que ha contado con las opiniones  de UGT pero que a juicio del sindicato debe proseguir por ese camino.

No a limitar las edades de los beneficiarios

Con carácter específico, el sindicato afirma que la limitación por edades de los posibles beneficiarios no se entiende ni parece justificada: debería ser una medida que beneficiara potencialmente a todas las personas que han sufrido un periodo largo de desempleo durante los años de la crisis. En concreto, no se entiende por qué no pueden acogerse las personas con menos de 35 años y las mayores de 43 años. ¿Se escoge ese grupo porque es dónde hay menos posibles beneficiarios? ¿Hay personas desempleadas de más categoría y necesidad que otras que no están en ese grupo de edad?…

En realidad, es una medida muy escasa, ya que supone una minoritaria rebaja en las cotizaciones del convenio especial (supone más de 6.500 euros para cubrir la base mínima de los 2 años), de forma que la aportación supone meramente la posibilidad de pagar esas cotizaciones. Además, no se dice nada de si esa pequeña reducción se compensará a la Seguridad Social con cargo a los Presupuestos Generales del Estado; o si, por el contrario, irá con cargo específico a la Seguridad Social, con lo que la pagarán el resto de los cotizantes, en lugar de ser dotada por el Gobierno.

Para UGT, la previsión también es que la medida beneficie a muy pocas personas, porque muy pocos serán los que tengan recursos suficientes para acogerse. Es más, realmente beneficiará a los (pocos) más favorecidos, los que ahora mantengan unos niveles de ingresos razonablemente elevados, mientras que aquellos que han conseguido volver con grandes dificultades y bajos salarios al mercado laboral no podrán optar a ella. La equidad de la medida es, por lo tanto, claramente criticable para el sindicato.

Por todo esto, es necesario proseguir la búsqueda de medidas que palien los efectos de la crisis entre los trabajadores y trabajadoras que más sufrieron sus efectos y reiteramos la necesidad de derogar la reforma laboral

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