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HazteOír pierde la batalla en los tribunales: no recibirá dinero público al promover la intolerancia

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análisis

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Cuesta trabajo creer que una asociación ultraconservadora homófoba y transfóbica que promueve la intolerancia y la discriminación hacia las diferentes formas de sexualidad pueda cobrar dinero del Estado en forma de ayudas oficiales. Pues eso ha estado ocurriendo hasta hoy mismo con HazteOír (HO), la organización que en febrero de 2017 fletó aquel tristemente famoso autobús naranja que circuló por las calles de Madrid y de otras ciudades españolas bajo el eslogan pacato de “los niños tienen pene, las niñas tienen vulva; que no te engañen, si naces hombre, eres hombre, si eres mujer, seguirás siéndolo”. En las últimas horas, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha avalado la resolución del Ministerio del Interior que revocó la declaración de utilidad pública a la asociación, de manera que a partir de ahora tendrá que financiarse con fondos y donaciones privadas, como no podía ser de otra manera en una organización que promueve ideas sectarias de un determinado grupo ultraconservador. De alguna manera, la decisión también es un varapalo para Vox, ya que HazteOír funciona como lobby o grupo de presión del partido de Santiago Abascal y ambas organizaciones comparten ideas comunes y militantes.

No es el primer revés que sufre HO. El Ayuntamiento de Madrid y las organizaciones en defensa de los derechos LGTBI ya la calificaron de “homófoba y tránsfoba” y al poco tiempo de la puesta en circulación del autobús el vehículo fue inmovilizado por los agentes de la policía municipal madrileña en incumplimiento de la ordenanza local de publicidad del consistorio madrileño.

La incomprensible historia de HazteoOír comenzó en mayo de 2013, cuando fue declarada asociación de utilidad pública por el ministro del Interior, el popular Jorge Fernández Díaz. El Partido Popular siempre ha estado demasiado cerca de este tipo de grupos radicales que lo alejan definitivamente de ese centro moderado que va predicando Pablo Casado.​ La prebenda de Fernández Díaz dio opción a HO a percibir derechos y beneficios fiscales y económicos, así como asistencia jurídica gratuita, lo cual no era poco. Y todo pagado con el dinero de los españoles.

Con su decisión, la Audiencia Nacional rechaza el recurso que había presentado la organización después de la resolución de Interior del 4 de febrero de 2019, ya que entiende que con la mencionada campaña HazteOír incumplió el deber de promover el interés general en uno de sus aspectos, el de la tolerancia con el significado de “respeto a las ideas, creencias o prácticas de los demás cuando son diferentes o contrarias a las propias”,  previsto en la ley que regula el derecho de asociación y la declaración de utilidad pública.

El pasado mes de febrero, el Ministerio del Interior ya revocó la declaración de utilidad pública en vía administrativa al considerar que la polémica campaña tránsfoba suponía “una falta de respeto y un menosprecio a otras opciones que no comparten sus ideas”.

En su resolución, Interior entendió que lejos de promover el interés general, HO realizó una campaña con amplia difusión que, “aun estando amparada por la libertad ideológica y de expresión o difusión de tales ideas”, incumplió el requisito de promover el interés general, como así fue declarada en 2013. “Tan explícito mensaje contraviene, en efecto, el interés general, impregnado de los criterios de tolerancia hacia la diversidad de una sociedad plural, y de respeto a la dignidad de las personas”, indica la resolución de Interior.

Hasta la llegada del PSOE al Gobierno, el Partido Popular había defendido por activa y por pasiva que la asociación ultracatólica era de interés público. El lobby homófobo y tránsfobo apostó por Pablo Casado en las primarias del PP por su línea dura y por considerar que Soraya Sáenz de Santamaría, la derrotada candidata de Mariano Rajoy, promovía un partido “sumiso a la izquierda”.

Interior insiste en que resulta “incompatible” con la condición de utilidad pública que una asociación que goza de este beneficio legal realice actuaciones que “producen objetivamente el efecto de denigrar o minusvalorar otras concepciones sobre la familia, la identidad de género, la educación de la infancia, etc”.

Una pluralidad y diversidad, añade el escrito, “cada vez más presentes en nuestra sociedad”, por lo que la falta al respeto y consideración ofende “a un amplio sector de la comunidad que no comparte el tradicional enfoque de estos temas que profesa Hazte Oír”. Contra esta orden, la asociación ultra anunció que recurriría, al considerar que detrás había una “persecución política e ideológica” en su contra. Ahora pierde la batalla. Nunca una sentencia fue más justa que esta.

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