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García Castellón ratifica los indicios para juzgar a Javier López Madrid, el «compiyogui» de la reina Letizia, por contratar a Villarejo

El magistrado reproduce en el auto una conversación de Villarejo aludiendo a este asunto que para el magistrado resulta “un poderoso indicio de la relación existente entre los coinvestigados y pone de relieve que sí se produjo un encargo y una prestación de servicios por parte de un comisario en activo, lo que se anuda a otros indicios, dimanantes de las declaraciones practicadas y de la documental obrante en los autos”.

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El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha desestimado el recurso de reforma de Javier López Madrid y ha ratificado los indicios para juzgarle por un delito de cohecho activo por la presunta contratación del comisario José Manuel Villarejo para que llevara a cabo labores de hostigamiento a la doctora María Elisa Pinto, con la que el empresario mantenía un conflicto privado.

En un auto, al que ha tenido acceso Diario16, el titular del Juzgado Central de Instrucción 6 confirma así el auto de pase a procedimiento abreviado dictado el pasado 27 de julio. En aquella resolución, el instructor también propuso juzgar a Villarejo y a su socio Rafael Redondo por un delito de cohecho pasivo.

En su recurso, López Madrid argumentaba que no se han tenido en cuenta las diligencias previas seguidas en el Juzgado de Instrucción 26 de Madrid en las que, según él, se detalla la situación de acoso de Pinto hacia su persona, por lo que el auto de pase a procedimiento abreviado recurrido parte, según López Madrid, de un sustrato fáctico erróneo. Por ese motivo, según la defensa del empresario, no se habrían practicado todas las diligencias imprescindibles, aportando una serie de documentos confeccionados en el marco del procedimiento seguido en el Juzgado de Instrucción 26 de Madrid.

García Castellón subraya en su escrito que en este procedimiento no se investiga el supuesto acoso que experimentó Pinto sino que los hechos objeto de instrucción se ciñen a la existencia de un delito de cohecho en relación con la contratación de Villarejo, comisario de Policía en activo en el momento de comisión de los hechos.

El magistrado reproduce en el auto una conversación de Villarejo aludiendo a este asunto que para el magistrado resulta “un poderoso indicio de la relación existente entre los coinvestigados y pone de relieve que sí se produjo un encargo y una prestación de servicios por parte de un comisario en activo, lo que se anuda a otros indicios, dimanantes de las declaraciones practicadas y de la documental obrante en los autos”.

Por todo ello, el magistrado entiende que no es necesario llevar a cabo nuevas diligencias de investigación y acuerda excluir de la causa los documentos aportados por López Madrid en su recurso de reforma por cuanto no guardan relación con la presenta causa.

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