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Facua exige a Perlan la retirada de anuncios machistas

La asociación considera rancia la campaña de Henkel Ibérica al atribuir un estereotipo sexista a la mujer

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La asociación FACUA-Consumidores en Acción ha solicitado a la empresa Henkel Ibérica la retirada de la nueva campaña publicitaria con que anuncia su gama de detergentes de la marca Perlan, por la presunta vulneración de los principios recogidos en la Ley de Igualdad. “La campaña apela al rancio y casposo estereotipo sexista de vincular las tareas del hogar, -como el lavado de ropa-, con la mujer”.

FACUA solicita a la empresa Henkel Ibérica la retirada campaña publicitaria que anuncia su gama de detergentes de la marca Perlan

FACUA entiende que el mensaje que transmite esta campaña publicitaria es “retrógrado”, puede atentar contra la dignidad de las mujeres, a las que la empresa con estos anuncios relega en pleno siglo XXI, al cuidado del hogar, prejuicio que debería estar superado hace mucho tiempo, indican en un comunicado al que ha tenido acceso Diario 16.

Esta asociación señala a modo de ejemplo que la empresa Perlan presenta cinco detergentes diferentes que relaciona sin necesidad de eslóganes con la mujer. Así, el detergente “Perlan Cuida y Refresca”, especialmente pensado para ropa de deporte, -tal y como aparece en la etiqueta-, se presenta junto a una mujer vestida con ropa deportiva. Para anunciar el modelo Perlan Cuida y Protege, utiliza la imagen de dos mujeres, una con un vestido rojo, -para el producto pensado para la ropa de color-, y otra que viste de negro, para el detergente destinado a la ropa oscura. El “Perlan Cuidado 3D”, -para ropa delicada-, se acompaña con la imagen de una mujer con ropa de lana. Y el detergente “Perlan Cuida y Repara”, que elimina, -según la publicidad-, pelusas y bolitas de la ropa, también se acompaña en esta campaña con la imagen de una mujer.

Consumidores en Acción alega sobre los anuncios de Perlan “presunta vulneración de los principios recogidos en la Ley de Igualdad

En el análisis que realiza FACUA, “esta campaña podría incurrir en un supuesto de publicidad ilícita prohibido en el artículo 3 de la Ley General de Publicidad 34/1988. En su primer apartado, el citado artículo prohíbe a todo anuncio «que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores o derechos reconocidos en la Constitución«, entre los que se incluyen los que «presenten a las mujeres de forma vejatoria, bien utilizando particular y directamente su cuerpo o partes del mismo como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar, bien su imagen asociada a comportamientos estereotipados que vulneren los fundamentos de nuestro ordenamiento coadyuvando a generar la violencia a que se refiere la Ley Orgánica de medidas de protección integral contra la violencia de género«.

Igualmente, el anuncio podría contravenir también el artículo 10 de la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género 1/2004, que en lo relativa al ámbito de la publicidad y de los medios de comunicación señala que «se considerará ilícita la publicidad que utilice la imagen de la mujer con carácter vejatorio o discriminatorio«.

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