La banca tiene mucho miedo a las decisiones de los tribunales en relación al IRPH tras la sentencia del TJUE, sobre todo después de la última sentencia de la Audiencia Provincial de Álava y de varios tribunales de primera instancia a lo largo de todo el territorio nacional. En muchos despachos de las sedes centrales de las entidades que comercializaron IRPH se escucharon suspiros de alivio cuando diferentes secciones de audiencias provinciales se negaron a seguir el criterio del TJUE y siguieron aplicando el del Tribunal Supremo. Sin embargo, lo de Álava y el voto particular de Madrid les ha trastocado el plan. Se juegan mucho, hasta 44.000 millones de euros, y van a luchar hasta el final y se gastarán lo que se tengan que gastar con tal de no resarcir a los millones de familias.

El último movimiento se ha producido de la manera más baja y mendaz: pidiendo la recusación del magistrado Francisco González de Audicana quien, tras las primeras sentencias favorables a la banca de algunas audiencias provinciales decidió remitir otra cuestión prejudicial al TJUE para que el alto tribunal europeo haga un procedimiento más rotundo que impida interpretaciones torticeras en lo referente a la transparencia y la abusividad del IRPH.

Este hecho pone muy nerviosos a los bancos. Cerrar la puerta por la que se podrían escapar de pagar a los afectados lo cobrado de más, con la connivencia de determinadas instancias judiciales y salas que suelen tener un comportamiento favorable a la banca, es algo que no pueden permitir y, de ahí, la recusación a Fernández de Audicana.

Según el documento remitido al juzgado por los abogados de la banca, y al que ha tenido acceso Diario16, «El presente incidente de recusación se interpone al amparo de la causa 10ª del art. 219 LOPJ: “Tener interés directo o indirecto en el pleito o causa”, entendida en el sentido de pérdida objetiva de la imparcialidad del Ilmo. Sr. Magistrado recusado para la resolución del Procedimiento».

La banca interpone el incidente de recusación en base a «ciertas manifestaciones públicas que evidenciarían la pérdida de imparcialidad del Ilmo. Sr. Magistrado sobre el objeto del Procedimiento del que dimana el presente incidente. En particular, las manifestaciones realizadas públicamente por el Ilmo. Sr. González de Audicana y que son determinantes para promover el presente incidente de recusación se realizaron el pasado 5 de marzo de 2020 en una conferencia pública organizada por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona, en la que el Ilmo. Magistrado participó como ponente».

Sin embargo, el magistrado Fernández Audicana no hizo referencia en sus manifestaciones la causa concreta que está dirimiendo, sino que, a la vista del criterio impuesto por Luxemburgo, «todas las cláusulas IRPH son nulas». El juez afirmó, además, que el banco debe ser muy transparente y que debió explicar las peculiaridades del IRPH. Esto no lo dice Fernández Audicana, esto es lo que dice el TJUE, quien, además, añadió que «La redacción ha de ser clara y comprensible para evaluar el coste, el qué me cuesta a mí todo esto: te está costando tus comisiones, tu diferencial, y la media de comisiones y la media de diferencial y siempre vas a estar por encima, vas a estar en el top […] Habría que haberle dicho [al consumidor] que está firmando un índice que se va a hacer con la media de los demás TAE. Una media simple, vamos a quitar los préstamos que damos a los empleados y los convenios que rebajan el tipo de interés. A esa media simple estamos sumando las comisiones, […] tus comisiones y tu diferencial, diferencial que era positivo y que el Banco de España había dicho que tenía que ser negativo. Con lo cual ese índice ha estado en el 1 o en el 2 [en un ranking de índices más caros]».

¿Miente Fernández Audicana? Realmente, no. El magistrado está diciendo la verdad de lo que la banca hizo con el IRPH en referencia a la falta de transparencia y, por lo tanto, al alto grado de abusividad para los consumidores del índice. «Los parámetros que ha fijado el TJUE son claros, la exigencia de transparencia no se ha cumplido», dijo el juez. Una afirmación llena de verdad.

Debe ser que, para la banca, dar una opinión en base a lo indicado en una decisión de los tribunales europeos y decir la verdad es causa de recusación. ¿Por qué no se recusan otros casos en los que los jueces están realmente implicados con entidades bancarias? En España hay causas de recusación mucho más justas contra jueces que están conociendo procedimientos en las que, en el pasado, ya fallaron en favor del sector financiero. Pregúntenle a la Audiencia Provincial de Madrid. Sin embargo, estas se rechazan porque la banca no puede perder ante el pueblo.  

2 COMENTARIOS

  1. La banca ( o sea la Botin) tambien está en la picota con el caso Popular.
    Tardará, pero tendrá que devolver lo robado a los accionistas.

  2. Parece increible que una novata, absolutamente analfabeta en procedimientos bancarios y bursátiles, consiguiera el apoyo del muy HDP el excecrable Luis de Guindos.

    Si hay infierno, ambos arderán en él. Si no lo hay, que los tribunales europeos les destapen sus vergüenzas y sus crímenes

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