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Europa puede anular la «no retroactividad» aplicada por el Constitucional en su sentencia del impuesto de plusvalías

La normativa fiscal permite presentar una rectificación de la autoliquidación o una declaración complementaria para subsanar errores en perjuicio de la Hacienda Pública. De esta manera, se abriría un nuevo procedimiento de reclamación que la Administración estará obligada a responder y, esperamos, lo haga en beneficio del contribuyente que no reclamó

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análisis

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Una vez conocida la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la plusvalía municipal, la Asociación de Usuarios Financieros (ASUFIN) ha comunicado que sus servicios jurídicos están estudiando las vías de reclamación de las autoliquidaciones efectuadas en los últimos cuatro años dado que hay herramientas jurídicas dentro de la normativa fiscal que permiten reabrir el caso.

En efecto, la normativa fiscal permite presentar una rectificación de la autoliquidación o una declaración complementaria para subsanar errores en perjuicio de la Hacienda Pública. De esta manera, se abriría un nuevo procedimiento de reclamación que la Administración estará obligada a responder y, esperamos, lo haga en beneficio del contribuyente que no reclamó.

Por otra parte, la no retroactividad que incorpora la sentencia del Constitucional, es inadmisible y podría ser tumbada por Europa, como ya sucedió con el fallo del Supremo relativo a la cláusula suelo.

Según ha declarado la presidenta de ASUFIN, Patricia Suárez, “no nos parece de recibo que el Tribunal Constitucional premie a los que sistemáticamente recurren el pago de impuestos y castigue a aquellos ciudadanos que confían en que la Administración está cobrando correctamente”.

En todo caso, los efectos de la sentencia son inmediatos y en cuanto se publique en el BOE, no se podrá cobrar la plusvalía en ninguna operación de compraventa de inmuebles.

Hay que reiterar la injusticia que ha supuesto haber mantenido hasta cuatro años el impuesto de plusvalía hasta que el Constitucional ha tenido que intervenir y declarar la nulidad de un método de cálculo que ha afectado a todo tipo de operaciones, también las minusvalías, tan habituales por la crisis del ladrillo de la década anterior. 

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