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Europa da la razón a los taxistas españoles

El Tribunal dictamina que Uber es una empresa de transporte, como sostienen desde el principio los taxistas, y no una plataforma digital de intermediación

Eva Maldonado
Eva Maldonado
Redactora en Diario16, Asesora de la Presidencia de la Conferencia Eurocentroamericana.
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análisis

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea da, por fin, una alegría a los taxistas españoles que después de tensas manifestaciones y denuncias, han conseguido su victoria. El Tribunal dictamina que Uber es una empresa de transporte, como sostienen desde el principio los taxistas, y no una plataforma digital de intermediación, como afirma la empresa estadounidense.

En un comunicado a la prensa “El Tribunal europeo estima que debe considerarse que este servicio de intermediación forma parte integrante de un servicio global cuyo elemento principal es un servicio de transporte y, por lo tanto, que no responde a la calificación de “servicio de la sociedad de la información”, sino a la de “servicio en el ámbito de los transportes”

“En el estado actual del Derecho de la Unión, incumbe a los Estados miembros regular las condiciones de prestación de estos servicios, siempre que se respeten las normas generales del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea”, afirma el Tribunal.

No obstante, la sentencia de este miércoles no representará ningún cambio en la situación actual ya que hace referencia específicamente al servicio entre particulares de UberPop, un servicio que está prohibido en España desde 2014. A día de hoy, la compañía opera en el país bajo las licencias de vehículos con chofer (VTC).

Uber comenzó a operar en España en 2014 con una estructura fiscal similar a la de otras compañías tecnológicas con la intención de reducir al máximo su tributación. Desde entonces, los ingresos de la compañía han crecido considerablemente, pero el personal sólo se ha incrementado en 4 empleados.

La filial de Uber España ha pagado a Hacienda la cifra aproximada de 75.888 euros en tres años de actividad.

En lo que puede leerse como una invitación a regular este nuevo sector de la economía, la sentencia recalca que la UE todavía no ha adoptado normas específicas para los “servicios de transporte urbano no colectivo” que precisen de algún tipo de intermediación como el que ofrece Uber. “Incumbe a los Estados miembros regular las condiciones de prestación de estos servicios, siempre que se respeten las normas generales del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea”, afirman los jueces. En el estado actual de la legislación, empresas como Uber deberán regirse por los requisitos marcados para las empresas de transporte en general en cuanto a exigencia de licencias o condiciones operativas.

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