Arturo Zamarriego, está considerado un instructor expeditivo. Tiene claro dónde llegar con sus investigaciones. No le importa quién tenga delante. Nadie le intimida. Zamarriego lleva 18 años en la Judicatura, a la que accedió por el llamado «cuarto turno». Un mecanismo que, sin ser necesario superar ninguna oposición, permite que juristas de reconocida competencia sean nombrados directamente magistrados.

A punto de cumplir 59 años, llegó a la carrera judicial procedente del Cuerpo Jurídico Militar y, según algunos letrados, se le nota la impronta castrense. Tan es así, que resultó denunciado por el mismísimo Fiscal Anticorrupción, Carlos Jiménez Villarejo, ante el Consejo General del Poder Judicial por «prepotente, maleducado e intimidatorio«, actitudes que no apreció el órgano de gobierno de los jueces y tal denuncia fue archivada.

También tiene en su haber ser muy poco inclinado a facilitar la fluidez de datos entre las instancias judiciales y los medios de comunicación. En la actualidad es titular del Juzgado de Instrucción nº2 de Madrid.

En su despacho cayó, por ejemplo, un aspecto colateral del caso Bárcenas, el relativo al despido del propio ex tesorero del PP. Zamarriego no se ocupaba del asunto laboral propiamente dicho, sino de una de sus derivaciones.

Otro de los asuntos es el relativo al pequeño Nicolás, personaje de la más elaborada picaresca que se paseó por centros de poder político y económico como supuesto conseguidor.

Carlos Jiménez Villarejo, denunció al juez ante el Consejo General del Poder Judicial por «prepotente, maleducado e intimidatorio«

 

Sorpresa entre los profesionales

Precisamente sobre la prohibición de informar a los medios que conforman la red European Investagation Collaboration (EIC), que destaparon que futbolistas importantes como, Cristiano Ronaldo, se habrían servido de diferentes sociedades para evadir sumas millonarias en impuestos al fisco, se han pronunciado jueces fiscales y periodistas.

Celso Rodríguez Padrón, portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM) ha  considera la medida “inusual”, aunque ha matizado “desconocer”  los motivos concretos en los que se ha basado el juez para adoptar esta decisión. Ha añadido que el derecho a difundir por cualquier medio información veraz tiene una “amplitud reconocida por el Tribunal Constitucional«. Y sólo excepcionalmente puede verse limitado, cuando los intereses en juego son superiores al que tiene la sociedad a conocer la información veraz».

Por su parte, el portavoz de Jueces para la Democracia, Ignacio González Vega, ha recordado que la doctrina del Tribunal Constitucional garantiza la libertad de información cuando es de relevancia e interés públicos pero ha advertido de que este asunto está sub iudice y habría que ver también los argumentos de las defensas.

La Asociación de Fiscales (AF), mayoritaria en el sector entiende, a través de su portavoz,  Jesús Alonso, que «son las partes personadas en la causa las que tendrán que decir en su caso si la decisión está bien o está mal». Y que en cualquier caso, “entrar a valorar una decisión judicial no es conveniente”.

Los profesionales consultados coinciden en que la decisión cuestiona la doctrina de la libertad de expresión del Tribunal Constitucional

 

Por su parte la Asociación de Periodistas de Información Jurídica (ACIJUR) ha explicado en un comunicado que desde el “máximo respeto a las decisiones judiciales” condición esencial del Estado de Derecho, “lamenta” profundamente que se prohíba, con carácter previo, la información relativa a “posibles actos delictivos” de deportistas de élite. “Prohibiciones como ésta” que afecta a medios nacionales e internacional “en  nada ayuda  a restituir la confianza ciudadana en sus instituciones”. Y parecen “cuestionar” un principio constitucional básico como es la libertad de expresión. ACIJUR confía en que “prevalezca” el sentido de la responsabilidad y queden “sin efecto medidas de censura previa, absolutamente incompatibles con el sistema democrático”.

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