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Estamos orgullosos de la justicia española (III)

Manel Mas
Manel Mas
Estudié contabilidad y economía, fui perito y profesor mercantil, ejercí de profesor en Alesco (Altos Estudios Comerciales) en Barcelona dando clases de contabilidad, cálculo y derecho mercantil.
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análisis

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Europa vuelve a reñir a la justicia española. El  TJUE falla contra España por obstruir compensaciones patrimoniales a  los contribuyentes.  Luxemburgo abre la puerta a nuevas reclamaciones por el modelo 720.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha fallado contra España por obstruir y entorpecer los procesos de reclamación patrimonial iniciados por los contribuyentes contra el Estado. En concreto, el tribunal con sede en Luxemburgo ha tumbado parte de la Ley 39/2015 y de la Ley 40/2015 de la normativa española sobre responsabilidad patrimonial, que hacía prácticamente imposible o excesivamente arduo el resarcimiento de los contribuyentes que se enfrentaban a uno de estos procesos de reparación.

Las normativas en cuestión fueron redactadas en el año 2015 por el entonces ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro. En opinión de varios expertos consultados, el objetivo del texto no era otro que impedir mediante una amalgama de condicionantes y disposiciones que el Estado tuviese que abonar a los ciudadanos y empresas afectados por unos impuestos ilícitos grandes cantidades de dinero.

El Tribunal de Estrasburgo condena a España por filtrar a la prensa de los DNI de los jueces catalanes soberanistas

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a España a pagar una indemnización de 4.200 euros en concepto de «daño moral» a cada uno de los jueces catalanes que denunciaron en Estrasburgo –después de que el caso se archivara en el Estado– la filtración al diario La Razón de datos personales –la foto del DNI– de los 33 magistrados catalanes que habían firmado un manifiesto a favor del derecho a decidir en febrero del 2014, unos meses antes de la consulta del 9-N. El diario publicó un amplio artículo con los nombres y las fotos del DNI de los magistrados.

La condena y los argumentos del TEDH suponen una nueva reprimenda al Estado y a la justicia española. En la sentencia recién publicada, la corte de Estrasburgo considera que la filtración supone una violación de la vida privada de los afectados y reprocha al Estado que elaborara un informe policial sobre los jueces –en algunos casos el informe recogía sus ideas políticas– sin que estos hubieran cometido ningún delito.

«El Tribunal constata que no hay ninguna disposición jurídica interna que justifique la elaboración por parte de la policía de un informe sobre los ciudadanos cuando no había indicios de que pudieran haber cometido un delito o estar implicados en los trámites preparatorios necesarios para la comisión de un delito», afirma la sentencia. De hecho, la sentencia recoge que la «existencia» de informes policiales ya supone una violación del Artículo 8 del Convenio para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales, el que hace referencia al derecho al respeto de la vida privada y familiar.

La sentencia considera «incontestable» que las fotografías que publicó el diario dirigido por Paco Marhuenda procedían de una base de datos policiales «a la cual solo tenían acceso las autoridades». Según la corte de derechos humanos, «no hay ninguna otra explicación que no sea que las autoridades permitieron que esta filtración fuera posible, comprometiendo así la responsabilidad del Estado demandado».

En una comparecencia en el Congreso en 2014, el entonces ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, llegó a asegurar que «no entendía» los motivos de queja de los jueces que firmaron un manifiesto a favor del derecho a decidir por la publicación de sus nombres y fotografías en la prensa. El TEDH reprocha a la justicia española que no investigara quién filtró los datos personales de los magistrados catalanes y pone como ejemplo que no se llamara a declarar al máximo responsable de la Policía Nacional, que es quien encargó el informe policial considerado «ilícito» por el Tribunal de Estrasburgo y a quien iba dirigido.

La Audiencia Provincial de Madrid no consideró relevante interrogar al jefe policial y acabó archivando el caso en 2016. Además de los 4.200 euros que el Estado tendrá que pagar a la veintena de jueces que llevaron el caso a Estrasburgo, el tribunal también condena España a pagar 3.993 euros al conjunto de magistrados en concepto de costas y gastos. En la misma sentencia, el TEDH desestima que se haya violado la libertad de expresión de los demandantes, dado que los jueces no fueron sancionados por el hecho de haber firmado el manifiesto.

¿Qué piensan ustedes, queridos lectores? ¿No creen que ya son muchas y continuadas las reprimendas que la justicia europea le hace a la española? ¿Cómo es posible que un diario como La Razón pudiera acceder a los informes de la policía? ¿Quién lo autorizó o… qué mecanismos fallaron? ¿Se ha llevado a cabo una investigación para saber las causas y depurar responsabilidades? Insisto en la pregunta: ¿Podemos estar orgullosos de la justicia española?

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1 COMENTARIO

  1. Bajo el eufemismo de «derecho a decidir» lo que estaban apoyando los jueces es que los ciudadanos de una autonomía «Cataluña» usurparan la soberanía, al conjunto de los ciudadanos españoles.

    Lo que apoyaban los jueces bajo el eufemismo de «derecho a decidir» es antidemocrático. E ilegal en todas las naciones del mundo.

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