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El Tribunal Supremo que vive en otra realidad

La sala de Lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo la ha emprendido contra el gobierno progresista

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análisis

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Puede ser debido a la situación en que viven. En condiciones precarias. En una permanente incomodidad. Teniendo que doblar trabajos y esfuerzos para sustituir a los compañeros que no están, que no han sido designados para cubrir vacantes. Sean las razones que sean, la sala de Lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo la ha emprendido contra el gobierno progresista dando un fuerte varapalo al ministerio de Cultura y avalando normas de un gobierno en funciones como era el de Mariano Rajoy cuando aprobó la concesión por 60 años más de la planta de celulosas situada en la ría de Pontevedra. Dos sentencias que merecen una conclusión contundente: el Tribunal Supremo vive de espaldas a la realidad.

La Fundación Toro de Lidia recurrió el decreto del ministerio de Cultura de 2022 en el que se regula el bono cultural joven que subvenciona con hasta 400 euros el acceso a la cultura de jóvenes que hayan cumplido 18 años en 2022. En dicho decreto se especificaba que los espectáculos taurinos no son subvencionables.

La sala de Lo Contencioso del TS ha anulado el artículo correspondiente. La alta instancia judicial no entra en valorar si los toros es una manifestación cultural. Pero recuerda que la legislación vigente, incluso la doctrina del Tribunal Constitucional, así lo expresa.  “Ha sido el legislador, y no este tribunal, el que ha declarado la tauromaquia manifestación cultural, algo avalado también, por el Tribunal Constitucional”, dice la sentencia en la que se añade que “el bono cultural joven tiene una proyección de carácter general y, además, puede considerarse cualificada en tanto se dirige a una nueva generación, o sea, mira al futuro representado por los jóvenes, perspectiva que es fundamental cuando de la conservación y promoción del patrimonio cultural se trata. No hay, pues, entre las actuaciones reseñadas y el bono cultural joven la proporción necesaria para concluir que se dispensa a la Tauromaquia un tratamiento equilibrado con la significación que tiene reconocida por el legislador”.

La sentencia colisiona con el principio con el que se elaboró el decreto que no es otro que el fomento de la cultura entre los jóvenes. Por eso se especifican excepciones: “no será subvencionable la adquisición de productos de papelería; libros de texto curriculares, ya sean impresos o digitales; equipos, software, hardware y consumibles de informática y electrónica; material artístico; instrumentos musicales; espectáculos deportivos y taurinos; moda y gastronomía”. Ahora, con esta sentencia en la mano, sí se podrán adquirir entradas para los espectáculos taurinos.

La fundación Toro de Lidia se ha salido con la suya. Ganan su primera batalla en una guerra de acciones judiciales contra las administraciones públicas que están limitando este tipo de espectáculos. La entidad cuenta, entre sus benefactores, con toreros y ganaderos de renombre como son Miguel Báez, “El litri”, Fermín Bohórquez, Manuel Díaz “El Cordobés”, Santiago Domecq, Juan Pedro Domecq, Álvaro Domecq, “El Juli”, Ángel Gómez Escorial,  y Luis Miguel Encabo, entre otros.

Si controvertida es la sentencia que obliga al ministerio de Cultura a incluir en las materias subvencionables del bono cultural joven a los espectáculos taurinos, no lo es menos la que avala la permanencia, hasta 2073, de la fábrica de la Empresa Nacional de Celulosas situada en la marisma de Lourizán, en la ría de Pontevedra.

En 2016, estando en funciones, el gobierno de Mariano Rajoy decidió prorrogar, durante seis décadas más, la permanencia de dicha factoría en una zona de dominio público junto al lecho de la ría de Pontevedra.  La fábrica papelera de ENCE llegó allí en 1959 mediante una concesión del INI, el instituto que reguló la actividad industrial en el franquismo.

La decisión del gobierno de Rajoy le costó al político gallego el haber sido declarado “persona non grata” en su ciudad natal donde empezó su carrera política como presidente de la diputación provincial. Asimismo, los ecologistas llevaron el tema a los tribunales de justicia. La Audiencia Nacional dio la razón a Greenpeace. Incluso el abogado del Estado llegó a insinuar la posibilidad de que la fábrica fuese trasladada de lugar para no afectar al medio ambiente de la ría, “siempre y cuando se pudiera abastecer de agua dulce”, el verdadero motivo por el que se instaló allí.

Pero la sala de Lo contencioso del Tribunal Supremo ha decidido avalar la permanencia de la fábrica de celulosas a pesar de que es de sobra conocido en Pontevedra su impacto ambiental. La vida en la ría, una de las zonas de mayor riqueza piscícola del Atlántico, está prácticamente muerta, y la ciudad de Pontevedra viene soportando un nauseabundo olor procedente de la factoría cuando el viento sopla en determinada dirección.

Todavía se tardará algunos días en conocer la sentencia en su totalidad. Pero, aun así, se conocen algunos detalles de esta. La sala considera que se pueden prorrogar las concesiones anteriores a la Ley General de Costas de 1988, como es el caso, siempre que consten informes medioambientales favorables. “En el asunto analizado, constaban informes favorables de la Administración en esa materia”. Por supuesto, informes elaborados por la administración de Mariano Rajoy como no podía ser de otra manera. Nunca se tuvieron en cuenta las opiniones independientes

La sentencia no ha sido adoptada por unanimidad. La magistrada, Ángeles Huet, ha anunciado un voto particular en contra. Habrá que esperar a conocer sus argumentos para poder analizar con mas profundidad los fundamentos jurídicos en los que se han basado los jueces para acabar con una vieja reivindicación ecologista. A pesar de que esa reivindicación cuenta con la oposición frontal de los 5.100 trabajadores implicados directamente o indirectamente en la producción de papel de la contaminante ENCE.

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