El Tribunal Supremo más pirómano: echa más leña al fuego

La principal consecuencia del auto de la Sala de Lo Penal del TS, cuyo ponente ha sido su presidente, Manuel Marchena, es que se mantiene la judicialización del conflicto. Los esfuerzos que desde Moncloa se llevan a cabo para facilitar la convivencia entre el Estado y Catalunya no han servido para nada. Como dice el president de la Generalitat, Pere Aragonés, el conflicto sigue latente

3
Supremo Manuel Marchena TS
El magistrado del Supremo Manuel Marchena.

El auto del Tribunal Supremo en el que se revisan las condenas de los líderes del Procès advierte que la supresión del delito de sedición contemplada en la reforma del Código Penal  “puede alojar, en el futuro, conductas gravemente atentatorias al sistema constitucional, en las que la observancia de las leyes y el incumplimiento de las resoluciones judiciales, si no fueran acompañados de una violencia preordenada a esos fines o no implicaran actos de violencia o intimidación sobre las personas o las cosas, quedarían impunes”.

En otras palabras, la alta magistratura judicial del país advierte de la posibilidad de una separación del Estado sin violencia, tal y, como, por ejemplo, se hizo en Eslovenia. Y no sería posible reprimirla judicialmente. Es la crítica mas directa que se ha hecho a la modificación legal. De ahí que la sala de Lo Penal haya buscado atajos legales para impedir la rebaja de las condenas impuestas en su día contra los líderes independentistas.

No sólo mantiene las penas de cárcel e inhabilitación, sino que, en su auto, critica duramente al Parlamento por haber reformado el Código Penal creando “un vacío normativo” y “grietas de tipicidad que llevan a que solo haya delito si hay violencia”. Los jueces lo repiten en varias ocasiones: hubo violencia en el Procès “aunque no la suficiente como para hablar de rebelión”. Así pues, todo el trabajo llevado a cabo por el gobierno progresista y los grupos parlamentarios que lo sustentan, en especial ERC, no ha servido de nada. Las cosas se quedan como están.

La principal consecuencia de este auto de la Sala de Lo Penal del TS, cuyo ponente ha sido su presidente, Manuel Marchena, es que se mantiene la judicialización del conflicto. Los esfuerzos que desde Moncloa se llevan a cabo para facilitar la convivencia entre el Estado y Catalunya no han servido para nada. Como dice el president de la Generalitat, Pere Aragonés, el conflicto sigue latente.

El ponente advierte al Gobierno que el cambio legal deja impunes los procesos secesionistas sin violencia o intimidación. Tal vez sea por eso, para buscar atajos legales que permitan mantener la represión sobre los líderes independentistas, por lo que el auto que revisa la sentencia cambia la tipificación delictiva pero busca la fórmula para mantener la pena: ahora ya no se llama “sedición”. Ahora es “desobediencia en concurso con malversación”. El tribunal mantiene al principal de los procesados, Oriol Junqueras,  la pena íntegra de inhabilitación de 13 años, lo que supone que no podrá aspirar a ningún cargo público hasta 2031. El objetivo de ERC en el Congreso, al pactar la modificación del Código Penal en lo referido al delito de malversación, no sirve de nada. El Supremo no rebaja la pena, y argumenta que, al desviar fondos públicos, no se buscó “el ánimo de lucro”. Pero sí se utilizaron esos fondos “para una actividad delictiva, impulsada por ellos mismos”. Coinciden con la tesis del instructor, Pablo Llarena.

A Jordi Sánchez y Jordi Cuixart sí se les sustituye la condena por sedición por una de desórdenes públicos. Se les sigue atribuyendo la ejecución de actos de violencia e intimidación al encabezar las concentraciones masivas del 20 de septiembre de 2017 frente a la Consejería de Economía en Barcelona. Pero se les retira las penas de inhabilitación por lo que se les restablece sus derechos políticos. Algo parecido ocurre con Carme Forcadell, Josep Rull y Joaquim Forn a los que se les castiga por un delito de desobediencia, con penas menores. “La entrada en vigor de la reforma de 2022 determina la extinción total de sus respectivas condenas de inhabilitación”, señala el auto de la sala de Lo Penal.

Pero lo grave de este auto no es la reafirmación de las penas a los condenados independentistas. Algo con lo que ya se contaba después de los autos dictados por el instructor, Pablo Llarena. Sino las advertencias del Tribunal Supremo que van a tener consecuencias políticas. Es muy probable que la reacción de la derecha sea anunciar una nueva modificación del Código Penal si llegan al poder para restablecer el principio de que cualquier acción separatista, se utilice la fórmula violenta o pacífica, será duramente sancionada. Lo ha advertido un órgano que ha criticado duramente la reforma sin, ni siquiera, utilizar el derecho comparado para fundamentar sus argumentos. El Supremo se expresa ambiguamente en torno a la reglamentación de los delitos de desordenes públicos y rebelión en los países de Europa señalando que la normativa española “es insuficiente” comparada con la de los socios de la UE.

El Supremo vuelve a cruzar la “línea roja” que separa el poder judicial del político. Incluso se atreve a calificar de “ruptura de la convivencia” lo que pretendieron los lideres independentistas catalanes con las acciones que llevaron a cabo en 2017. “La autoridad que desoye contumazmente los requerimientos del Tribunal Constitucional, que desatiende las prohibiciones impuestas por el Tribunal Superior de Justicia, que lleva a cabo un proceso legislativo de ruptura… no está simplemente alterando el orden público, Quien promueve un referéndum prohibido judicialmente y moviliza a miles de personas, en la ilusionada creencia de que van a ejercer el imaginario derecho a decidir, está menoscabando, sin duda, las bases constitucionales que definen la convivencia”.

Lo que el Supremo no quiere ver es la realidad de Catalunya en 2017. No lo hizo durante el proceso judicial ni lo ha hecho ahora. Habrá que ver cual es la reacción de la ciudadanía porque la alta magistratura, en lugar de intentar templar gaitas, que es lo que se supone que sería lo más correcto políticamente hablando, echa más gasolina al fuego.

3 COMENTARIOS

  1. El Consejo del Poder Judicial, así como el Tribunal Supremos, son órganos de Poder dentro del Estado, y como tal, deberían ser electos directamente por los ciudadanos. Todo lo demás es usurpación de la soberanía popular. ¡Es el colmo que por haber aprobado unas oposiciones a funcionario, te conviertas en un Poder del Estado con tanta autoridad como los órganos electos directamente por la ciudadanía.

  2. CÓMO SE PUEDE CONSIDERAR QUE BAJARSE LOS PANTALONES ANTE TODO LO QUE TE PIDAN PARA MANTENERSE EN EL PODER SEAN ESFUERZOS PARA FACILITAR LA CONVIVENCIA ??? NOS TOMAS POR TONTOS, NO?

DEJA UNA RESPUESTA

Comentario
Introduce tu nombre