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El Supremo se apoya en una ley franquista para impedir el acceso a la información sobre la venta de armas de España a Arabia Saudí

La venta de armas a países en guerra viola la ley española de control de comercio de armas, así como el Tratado Internacional de Comercio de Armas suscrito por España

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análisis

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Greenpeace ha conocido estos días la sentencia del Tribunal Supremo que desestima el recurso de casación interpuesto por la organización ecologista y de derechos humanos ante la denegación de información sobre la venta de armas a Arabia Saudí por parte del Gobierno de España, al amparo de la franquista Ley sobre Secretos Oficiales.

La organización ecologista considera que esta decisión vulnera el derecho de la ciudadanía a obtener una información veraz y anuncia que seguirá adelante con este litigio con el que planea llegar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Pero antes deberá agotar el último paso procesal: el recurso de la sentencia ante el Tribunal Constitucional.

El actual Gobierno de España, como hicieron los anteriores, vende armas al régimen de Arabia Saudí. Entre otras, exporta el mortero Alakran de 120 mm, desarrollado por la empresa NTGS, cuya sede y laboratorios están ubicados en Collado Villalba (Madrid). Desde que, en el año 2015, la coalición liderada por Arabia Saudí comenzó los bombardeos sobreYemen, se han realizando ataques sistemáticos de artillería en la frontera saudí-yemení que alcanzan a la población civil y Greenpeace demostró el despliegue del mortero Alakran en dicha frontera1. Naciones Unidas ha documentado decenas de miles de civiles muertos y heridos a causa de ese conflicto armado, en el que ya han fallecido más de 85.000 niños y niñas por circunstancias derivadas de la guerra.

Greenpeace lleva tiempo evidenciando una realidad muy preocupante: barcos de la naviera saudí Bahri hacen continuas escalas en distintos puertos españoles (Bilbao, Santander, Sagunto, Motril, etc….) y en todos ellos ha podido acreditarse la carga de material bélico. 

Es importante recordar que la venta de armas a países en guerra no solamente viola la ley española de control de comercio de armas, sino también el Tratado Internacional de Comercio de Armas suscrito por España. 

Por esta razón, el Gobierno no ofrece información sobre estas exportaciones. Las actas de la Junta Interministerial que las autoriza continúan siendo secretas, lo que posibilita que nuestro armamento llegue a países en guerra o que incumplen los criterios del Código de Conducta fijado por la UE, y evita la necesaria rendición de cuentas del Gobierno sobre el cumplimiento de la ley en materia de exportación de armas. ¿Qué oscuros intereses hay detrás de esas exportaciones?

Con ánimo de arrojar luz sobre esta venta de armamento, en agosto de 2020 Greenpeace España solicitó al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo copia del expediente administrativo referido a “las autorizaciones o licencias concedidas para la exportación a Arabia Saudí de porta-morteros Alakran 120 mm, de la empresa NTGS, desde el año 2016 a la actualidad”, que el Ministerio se negó a entregar alegando la protección de la “seguridad nacional”, al amparo de la franquista Ley sobre Secretos Oficiales.

Greenpeace inició entonces un procedimiento judicial ante el TSJ de Madrid contra esta respuesta del Gobierno, por entender que la denegación de la información solicitada vulnera el derecho fundamental al acceso a la información y a su libre divulgación, recogido en los artículos  20.1.d) y 105 de nuestra Constitución. Tras recabar el parecer de la Abogacía del Estado -que en su informe afirmaba que el acceso a la información solicitada por Greenpeace «pondría en peligro tanto los intereses económicos y comerciales de España como los de la entidad exportadora» y “mermaría la confianza hacia España” por parte de Arabia Saudí, “nuestro primer socio comercial en Oriente Próximo”- el TSJM desestimó el recurso.

Dado que anteponer intereses comerciales al respeto debido a los derechos humanos no solo resulta indecente, sino también ilegal según la normativa nacional e internacional en materia de armas, Greenpeace decidió acudir en casación ante el Tribunal Supremo para recurrir la sentencia del TSJ de Madrid que denegaba el derecho de acceso a la información sobre la venta de armas al régimen saudí. Y, finalmente, el Tribunal Supremo, en sentencia de 7 de febrero de 2023, ha resuelto asimismo desestimar el recurso de casación interpuesto, en base a los siguientes razonamientos:

1º- Que el acceso a la información no es un derecho fundamental de los que garantiza nuestro artículo 20.1.d) CE.

2º- Que la entrega de información solicitada por Greenpeace pone en riesgo la “seguridad y defensa del Estado” (aunque no se acredita cómo), así como el interés comercial y económico de la empresa exportadora.

2º- Que no se justifica “suficientemente” el interés público que avale la pretensión de información planteada por Greenpeace.

A la vista del fallo de la referida STS, y con el respeto debido a la misma, Greenpeace España estima oportuno efectuar las siguientes consideraciones:

1º- Las armas vendidas en secreto por el Gobierno español a Arabia Saudí están siendo utilizadas para cometer crímenes execrables en Yemen. Por ello, la información solicitada por Greenpeace responde a un interés público innegable, dada su vinculación con la protección de los derechos humanos.

2º- La Ley de Secretos Oficiales, de 1968, que ampara el silencio sobre el comercio de armas no puede seguir sirviendo de excusa para ocultar negocios realizados a costa de los crímenes cometidos en países en guerra. Esa ley franquista debe de ser reformada con carácter de urgencia, para adaptarse a los estándares democráticos de los países de nuestro entorno. 

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